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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (15/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G33/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004 Profesional, tanto para el caso de los Colegios de Abo- gados, así como para los otros Colegios Profesiona-les, y en ningún caso con menos de cien (100) adhe-rentes, considerando exclusivamente los padronespresentados ante la ONPE. Se consideran miembrosactivos, para los efectos del presente proceso al elec- tor profesional hábil de acuerdo con las normas esta- tutarias de cada Colegio Profesional. Artículo 7º.- Inscripción de candidatos Las solicitudes de los candidatos se presentarán en la ONPE o en el lugar que ella designe, en la fecha que señale en la convocatoria y en los formatos de adherentes proporcionados por aquella. Artículo 8º.- Publicación de candidatos inscri- tos Vencido el plazo de presentación de candidatos, la ONPE inscribe a los candidatos que cumplan con los requisitos establecidos en este reglamento, y publicapor una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y enotro de circulación nacional la relación de los candida-tos inscritos. Artículo 9º.- Tachas e impugnaciones Los candidatos podrán ser tachados en forma es- crita y documentada dentro del plazo de diez (10) díascalendario a partir del día siguiente de la publicación. Las tachas se presentan a la ONPE y elevadas por ésta, serán resueltas por el Jurado Nacional de Eleccio- nes en un plazo de cinco (5) días calendario. Capítulo 4 Del proceso eleccionario Artículo 10º- Sufragio El elector, para sufragar debe presentar el carné del Colegio Profesional al que pertenece y su documento deidentidad con la constancia de haber sufragado en lasúltimas elecciones o, en su caso, la dispensa respecti- va. Artículo 11º.- Mesas de sufragio En base a los padrones electorales, la ONPE deter- mina el número de mesas de sufragio y su ubicación, asícomo designa por sorteo a tres miembros titulares y suplentes de las mismas, publicando en el Diario Oficial El Peruano la información correspondiente. Artículo 12º.- Omisos a la votación Los omisos al sufragio son sancionados por su correspondiente Colegio Profesional, con la medida disciplinaria establecida en su Estatuto para este caso. Artículo 13º.- Elección nominal El elector podrá optar hasta por dos nombres de can- didatos declarados aptos en el caso de los Colegios de Abogados del país y hasta por cuatro nombres de can- didatos declarados aptos en el caso de los demás Cole-gios Profesionales. Artículo 14º - Personeros Los candidatos podrán nombrar un personero, para cada una de las mesas de sufragio. Artículo 15º.- Resultados de la votación Concluida la votación de inmediato se realiza el es- crutinio en mesa y se levantará el acta respectiva portriplicado con sus resultados, la que será firmada por los tres miembros de la mesa y por los personeros que deseen hacerlo. Artículo 16º.- Remisión de actas Dos de las actas serán remitidas inmediatamente por el Presidente de Mesa bajo responsabilidad al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y la tercera copia al Jurado Nacional de Elecciones.Artículo 17º.- Cómputo final Con los resultados a nivel nacional, inmediatamente, la ONPE elabora el cuadro resumen de acuerdo a lavotación obtenida. Una copia de las actas y el informerespectivo con los resultados lo elevará al Jurado Na-cional de Elecciones. Artículo 18º.- Proclamación Serán proclamados por el Jurado Nacional de Elec- ciones, los candidatos que obtengan la primera y segun-da más alta votación, como Consejero Titular y Suplenterespectivamente, en el caso de los Colegios de Aboga- dos del país; y en el caso de los demás Colegios Profe- sionales del país, serán proclamados como ConsejerosTitulares, los dos primeros candidatos que obtengan másalta votación y como Suplentes, los dos siguientes, res-pectivamente. El Jurado Nacional de Elecciones comunicará tal pro- clamación al Consejo Nacional de la Magistratura parasu incorporación. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- El Jefe de la ONPE, está facultado para dictar las disposiciones necesarias referidas a la organización ydesarrollo del proceso electoral. Segunda.- La ONPE, solicitará el presupuesto respectivo a la entidad correspondiente. DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente FERMÍN CHUNGA CHÁVEZ Vicepresidente JORGE A. ANGULO IBERICO TEOFILO IDROGO DELGADO LUIS FLORES PAREDESJORGE LOZADA STANBURY RICARDO LA HOZ LORA JORGE MATIENZO LUJÁN Secretario General 22563 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G2D/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G69/G67/G75/G65/G6C/G20/G79/G20/G50/G61/G64/G72/G65/G20/G41/G62/G61/G64 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 515-2004-CG Lima, 13 de diciembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 251-2004-CG/ORCA, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de San Miguel - Cajamarca, período comprendi-do entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República dispuso la ejecución de una acción de control a la Municipalidad