Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (15/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 55

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G33/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, como resultado de la mencionada acción de control, la Comisión Auditora ha determinado que la Obra"Construcción Lagunas de Estabilización San Miguel"correspondiente al Proyecto "Tratamiento de Aguas Residuales - Emisor y Lagunas de Estabilización San Miguel", se ejecutó en base a un expediente técnico queomitió considerar el estudio geológico - geotécnico deingeniería básica, que hubiera permitido garantizar laseguridad requerida respecto a la ubicación de la obra,generando con dicha omisión que la obra se realizara sobre un terreno dinámicamente inestable por los cons- tantes deslizamientos y hundimientos registrados en lazona de las lagunas, por lo cual se dispuso su reubica-ción a otro lugar, desechándose por tanto la obra cons-truida, ocasionando perjuicio económico ascendente aS/. 249 219,17 por concepto de gastos incurridos en dicha obra, que debe ser resarcido de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Repú-blica, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinen- tes en forma inmediata, por parte del Procurador Público,en los casos en que, en la ejecución directa de una acciónde control se encuentre daño económico o presunción deilícito penal, correspondiendo autorizar al señor Procura-dor Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contra- loría General de la República, el inicio de las acciones lega- les pertinentes contra los presuntos responsables com-prendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y repre- sentación del Estado, inicie las acciones legales corres-pondientes contra los presuntos responsablescomprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele parael efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 22580 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G61/G6C/G20/G65/G78/G43/G54/G41/G52/G20/G41/G4E/G43/G41/G53/G48 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 517-2004-CG Lima, 13 de diciembre de 2004 Visto, el Informe Especial Nº 253-2004-CG/ZC, resul- tante del Examen Especial efectuado al Consejo Tran-sitorio de Administración Regional Ancash - CTAR AN- CASH, período enero - diciembre 2002, considerando operaciones anteriores y posteriores, relacionadas conlos objetivos del citado Examen Especial; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control 2003 de la Gerencia de Gobiernos Locales, este Ente TécnicoRector del Sistema Nacional de Control, dispuso unaacción de control en el Consejo Transitorio de Admi-nistración Regional Ancash - CTAR ANCASH, cuyo ob- jetivo fue determinar la legalidad de las adquisiciones debienes y servicios, evaluar si los procesos de ejecuciónde obras públicas se realizaron en concordancia con lanormativa aplicable, determinando el grado de cumpli-miento de los objetivos previstos, y si la entidad imple- mentó mecanismos adecuados de control para salvaguardar los bienes de su propiedad; Que, de la revisión a la documentación de la obra "Cons- trucción Puente Pomas", la Comisión de Auditoría ha eviden-ciado la irregular prórroga del plazo de ejecución en 10 díascalendario, que motivó la inaplicación de la penalidad por incumplimiento del plazo ofertado, así como la demora en la recepción de la obra que generó el reconocimiento de mayo-res gastos generales; ocasionando un perjuicio económicoal CTAR ANCASH por la suma de S/. 7 401,10, que debe serresarcido, conforme a lo establecido en el Artículo 1321º delCódigo Civil; Que, asimismo, la Comisión de Auditoría ha determinado deficiencias en la ejecución de la obra "Construcción Reser-vorio Elevado 250 m3", al haberse prorrogado irregularmenteel plazo de ejecución por 20 días calendario, habiendo otorga-do el Inspector de Obra la conformidad en la compensaciónde trabajos adicionales y deductivos sin considerar las condi- ciones previstas en el contrato y en el expediente técnico que rigen para una obra bajo el sistema de contratación a sumaalzada, generando un pago indebido al contratista; así comola irregular recepción de la obra, que motivaron la inaplicaciónde penalidades y reconocimiento de mayores gastos genera-les; ocasionando un perjuicio económico al CTAR ANCASH por la suma de S/. 30 117,24, que debe ser resarcido, confor- me a lo establecido en el Artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Repú-blica, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinen- tes en forma inmediata, por parte del Procurador Público,en los casos en que en la ejecución directa de una acciónde control se encuentre daño económico o presunción deilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Pú-blico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables compren-didos en el Informe de Visto; De conformidad con el Artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con-traloría General de la República, Ley Nº 27785, y el De- creto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representacióndel Estado, inicie las acciones legales correspondientes,por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsa- bles comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosepara el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 22581 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G55/G74/G63/G75/G62/G61/G6D/G2D /G62/G61/G20/G2D/G20/G42/G61/G67/G75/G61/G20/G47/G72/G61/G6E/G64/G65 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 518-2004-CG Lima, 13 de diciembre de 2004