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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (15/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G33/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 254-2004-CG/ORMO, resultante del Examen Especial practicado a la Munici-palidad Provincial de Utcubamba - Bagua Grande, Re-gión Amazonas, período comprendido 2001-2003, inclu-yendo operaciones anteriores y posteriores al períodocitado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de una acción de control a la MunicipalidadProvincial de Utcubamba - Bagua Grande, con relación, entre otros, a la verificación de denuncias referidas a irregularidades en la utilización de los recursos asigna-dos a dicha Comuna; Que, como resultado de la Acción de Control practicada, la Comisión de Auditoría ha determinado que al 31 de diciem-bre del 2003, existen saldos pendientes por rendir y liquidar, por parte del titular de la citada entidad desde el año 2000, que ascienden a S/. 66,684,52, por concepto de viáticos,encargos otorgados a rendir, préstamos y, adelantos desueldo; hechos que han contravenido la normativa aplicable,ocasionando perjuicio económico a la entidad por dichomonto, que requiere ser resarcido de conformidad con lo previsto en el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, cons-tituye atribución de este Organismo Superior de Control,disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público a car- go de los asuntos judiciales de la Contraloría General dela República, el inicio de las acciones legales respecti-vas contra los presuntos responsables comprendidosen el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Repú-blica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y representación delEstado, inicie las acciones legales correspondientes por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente resolución, contra los presuntos responsables com- prendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efec- to los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 22582 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G45/G4E/G41/G53/G41/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G2D/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 519-2004-CG Lima, 13 de diciembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 255-2004-CG/MAC, resultante de la Auditoría de Gestión Ambiental efectua-da al Servicio Nacional de Sanidad Agraria, en el ámbito del valle del río Lurín, período 2003; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, a través de la Gerencia de Medio Ambiente y Patrimonio Cultural, dispu-so una acción de control al Servicio Nacional de SanidadAgraria, en el ámbito del valle del río Lurín, por el período comprendido entre el 1.Ene al 31.Dic.2003, incluyendo he-chos anteriores y posteriores de acuerdo a las circunstan-cias; Que, como resultado de la acción de control efectuada, la Comisión de Auditoría ha evidenciado que funcionarios de la Dirección General de Sanidad Animal y de la Dirección Desconcentrada SENASA Lima-Callao, otorgaron las Re-soluciones Directorales Nºs. 015-2000-AG-SENASA-DGSAdel 9.Mar.2000 y 129-2000-AG-SENASA LIMA CALLAO del5.Set.2000, aprobando el Proyecto de Construcción y auto-rización de Apertura y Funcionamiento Provisional de un camal, en una zona urbana, excediéndose en sus funcio- nes, contraviniendo el Reglamento Tecnológico de Carnes,el mismo que señala que los camales estarán ubicados enáreas rurales, fuera del radio urbano; y no obstante quedicho establecimiento colindaba con centros educativos yse encontraba próximo a un Asentamiento Humano, así como existir pronunciamientos expresos que señalaban tal situación, hechos que constituyen indicios razonables quehacen presumir la comisión de los delitos de Responsabilidadde Funcionario Público por Otorgamiento Ilegal de Licenciapara Actividad Industrial, Autorización Ilícita de HabilitaciónUrbana, Usurpación de Autoridad, y Aprovechamiento Inde- bido de Cargo, previstos y penados por los artículos 306º, 312º, 361º, y 397º del Código Penal, respectivamente; Que, posteriormente, los funcionarios del Servicio Na- cional de Sanidad Agraria - SENASA, pese a conocer lasirregularidades de las indicadas Resoluciones, no adopta-ron las medidas correctivas correspondientes a fin de su- perar dicha situación, hechos que constituyen indicios ra- zonables que hacen presumir la comisión del delito Omi-sión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, pre-visto y penado por el artículo 377º del Código Penal; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Repú- blica, constituye atribución de este Organismo Superior deControl disponer el inicio de las acciones legales pertinen-tes en forma inmediata, por parte del Procurador Público,en los casos en que la ejecución directa de la acción decontrol se encuentre presunción de ilícito penal, corres- pondiendo autorizar al Procurador a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el iniciode las acciones legales respectivas contra los respon-sables comprendidos en el informe de Visto; y, De conformidad, con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y represen-tación del Estado, inicie las acciones legales, por loshechos expuestos, contra los presuntos responsablescomprendidos en el Informe de Vistos, remitiéndose parael efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 22583 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G45/G73/G70/G65/G72/G61/G6E/G2D/G7A/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 521-2004-CG Lima, 13 de diciembre de 2004