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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G36/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 30 de diciembre de 2004 ba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Públi- ca del referido contrato y de las Addendas que se suscri- ban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de con-cesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripcióndeberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión, así como el pago de publicación de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 23485 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G6F/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G62/G75/G65/G6E/G61 /G70/G72/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/GED/G74/G65/G6D/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G53/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G4E/GBA /G30/G30/G39/G33/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G54/G43/G2F/G32/G32 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 966-2004-MTC/02 Lima, 27 de diciembre de 2004 VISTO: El recurso de apelación interpuesto por la em- presa FERREYROS S.A.A. contra el otorgamiento de laBuena Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0093- 2004-MTC/22; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Acta del Comité Especial, con fecha 7 de diciembre de 2004 a la empresa COREFIL CUSCO IMPORTACIONES S.R.L. se le adjudicaron los items 1, 2, 3, 4 y 5 en la Adjudicación Directa Selectiva Nº0093-2004-MTC/22, convocada para seleccionar a la empresa que se encargue de proveer cuchillas, cantone- ras, sobrecantoneras y portauñas para tractores, carga-dores frontales y motoniveladoras de la Obra: Mejora- miento y Rehabilitación de la Carretera: Ollantaytambo - Quillabamba - Kiteni, Tramo I: Ollantaytambo - Abra Mála-ga; Que, con fecha 15 de diciembre de 2004, la empresa FERREYROS S.A.A. interpone recurso de apelación con-tra el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0093-2004-MTC/22, solicitando se declare nulo el otorgamiento de la Buena Pro y desierto elproceso de selección, argumentado lo siguiente: a) que la propuesta presentada por la empresa COREFIL CUS- CO IMPORTACIONES S.R.L., adjudicatario de la BuenaPro, no cumplió con las condiciones de las especificacio- nes técnicas señaladas en el Anexo 2 de las Bases y b) que la empresa FERREYROS S.A.A. sólo ofertó acceso-rios para el ítem 1 y la empresa RINAI REPUESTOS S.A. ofertó accesorios para los items 1, 3 y 4 y sin embargo se les ha asignado puntaje en la propuesta técnica de lositems que no ofertó, contraviniéndose el ordenamiento legal; Que, mediante Oficio Nº 055-2004-MTC/22.07.02/OAM/ CE se corre traslado del recurso de apelación interpuesto al adjudicatario de la Buena Pro; Que, con fecha 17 de diciembre de 2004, el adjudica- tario de la Buena Pro absuelve el traslado del recurso de apelación interpuesto; Que, de acuerdo al numeral 4.2 de las Bases, las especificaciones técnicas referidas a la adquisición de los accesorios para tractores, cargadores frontales y motoni- veladoras que se detallan en el Anexo 2 de las Bases soncondiciones o características mínimas de cumplimiento obligatorio, por lo tanto las propuestas pueden superar- las; Que, el Anexo 2 de las Bases referido a las Especifi- caciones Técnicas establece que las partes ofertadas de- berán cumplir con las siguientes condiciones: cumplir conlas especificaciones del fabricante del equipo original, que todos los accesorios deben de ser respaldados poruna Garantía de Fábrica para que de esta manera en el supuesto que hubiera alguna falla en el momento de la operación del equipo, el contratante no se viera perjudi- cado en la operatividad de sus equipos y que todos losaccesorios deben de haber sido homologados por el fa- bricante del equipo original; Que, el numeral 1 del literal A del Anexo 12 de las Bases: Factores de Evaluación de Propuestas, señala que se verificará si la propuesta presenta los documentos conforme a lo solicitado en el numeral 5.6 de las Bases,de lo contrario será desestimada; Que, el literal i) del numeral 5.6 de las Bases referido a la oferta técnica, señala que se deberá indicar las ca-racterísticas del producto que oferta, en concordancia con las especificaciones técnicas del Anexo 2 de las Ba- ses y asimismo se deberá indicar las condiciones y eltratamiento operativo de la entrega; Que, según se observa del Cuadro de Evaluación de Propuestas Técnicas y Económicas, en la etapa de eva-luación económica participaron los postores FERREYROS S.A.A. para el ítem 1, RINAI REPUESTOS S.A. para los items 1, 3 y 4 y el postor COREFIL CUSCO IMPORTACIO-NES S.R.L., para los items 1, 2, 3, 4 y 5; Que, de acuerdo a la referida Acta se adjudicaron los items 1, 2, 3, 4 y 5, materia de la convocatoria, al postorCOREFIL CUSCO IMPORTACIONES S.R.L.; Que, sin embargo, de la revisión de la propuesta téc- nica del adjudicatario de la Buena Pro, se observa que nopresenta la Garantía de Fábrica y asimismo no acredita la homologación por el fabricante del equipo original, ya que presenta a fojas 22 una Garantía de Comercializadorde Productos Metisa Metalurgia Timboense S/A, otorga- da por el propio postor, y a fojas 23 presenta un Certifica- do extendido por la Entidad Certicadora TÜV CERT parasistemas de calidad de la RWTÜV Systems GMBH que certifica conforme al procedimiento TÜV CERT que la empresa METISA - Metalurgia TIMBOENSE S/A ha im-plantado y aplicado un Sistema de Calidad en el área: fabricante de repuestos para maquinarias viales de movi- miento de tierra, discos e implementos para máquinasagrícolas, herramientas manuales, láminas para corte de granito, accesorios ferroviarios, arandelas planas de ace- ro y piezas para equipos camineros y que cumple con lasexigencias recogidas en la norma ISO 9001: 2000/EN ISO 9001: 2000, lo que constituye un certificado de cali- dad, emitido por una empresa certificadora. En tal senti-do, los referidos documentos no cumplen con los términos exigidos en las Bases; Que, el propio adjudicatario de la Buena Pro en la absolución del traslado del recurso de apelación inter- puesto al referirse a la Garantía de Fábrica exigida en las Bases, señala que la garantía que el referido postor hapresentado es mejor que la Garantía de Fábrica, ya que quien debe garantizar no es el fabricante sino el propio postor. Igualmente, con respecto a la homologación delfabricante del equipo original reconoce que el certificado otorgado por la empresa certificadora es mucho mejor del que pueda otorgar el propio fabricante, lo que corroboraque efectivamente no cumplió con las exigencias requeri- das por las Bases; Que, en tal sentido, la oferta técnica del adjudicata- rio de la Buena Pro no ha cumplido con las condiciones establecidas en el Anexo 2 de las Bases, que constitu- yen de conformidad con el numeral 4.2 de las Basesexigencias mínimas de cumplimiento obligatorio como requisito de admisibilidad de la propuesta técnica, por lo que no debió ser admitida y por lo tanto debió ser desca-lificada; Que, por otro lado, se advierte que el impugnante solamente presentó oferta técnica y económica para elítem 1. Asimismo, el postor RINAI REPUESTOS S.A. pre- sentó oferta técnica y económica para el {item 1, 3 y 4; sin embargo, en el Cuadro de Evaluación de PropuestasTécnicas y Económicas se observa que a ambos postores se le asignó puntaje técnico y total en los items que no participaron, es decir en los items 2, 3, 4 y 5 en el caso delpostor FERREYROS S.A. y en los items 2 y 5 en el caso del postor RINAI REPUESTOS S.A.; Que, en tal sentido, los items 2 y 5 debieron ser decla- rados desiertos, en aplicación del artículo 32º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, ya que no existía ninguna propuestapara los referidos items y la propuesta presentada por COREFIL CUSCO IMPORTACIONES S.R.L debió ser des- calificada;