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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (30/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G33/G36/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 30 de diciembre de 2004 Con la instalación del IT y la capacitación, el UIF de Perú podrá ingresar y analizar los ITS en los bancos de datos electrónicos y utilizar el programa de enlace para aplicar la ley con un análisis de investigación debidamente formulado. Otra meta vital para el UIF del Perú será el de hacer y responder a las demandas de información no evidente desus análogos en más de 80 países. Este procedimiento le permitirá al Perú examinar las listas de entidades e indivi- duos terroristas en el USG y la ONU y bloquear sus recur-sos en las instituciones financieras de Perú. Meta eventual: la aceptación en el Grupo de Egmont de UIF y el acceso al Egmont Secure Website. UIF podrá entonces jugar un papel importante oponiéndose a la fi- nanciación del narco-terrorismo y otro terrorismo más alláde sus propias fronteras. PLAN DE EVALUACIÓNLos representantes del Gobierno de los Estados Unidos y del Gobierno del Perú se reunirán por lo menos dos veces alaño para analizar el progreso alcanzado en la consecución de la meta y de los objetivos del Proyecto. Los avances serán evaluados de conformidad con las mediciones de éxito descri-tas en el párrafo anterior. La información a ser considerada para establecer una conexión entre estas evaluaciones inclui- rá los indicadores cualitativos y cuantitativos. De manera conjunta, se preparará un informe en el que deberá resumirse los resultados de estas evaluaciones. Estasevaluaciones se llevarán a cabo adicionalmente a la actual supervisión del programa y de las actividades que vienen sien- do conducidas por personal idóneo de ambos gobiernos. 23569 SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G45/G78/G70/G65/G72/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G4C/G6F/G67/GED/G73/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G45/G71/G75/G69/G70/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1242-2004/MINSA Lima, 28 de diciembre del 2004 Visto los Memorándums Nºs. 431-2004-DVM/MINSA, 1938 y 2126-2004-OGA/MINSA; CONSIDERANDO: Que el cargo de Experto en Sistema Administrativo I de la Oficina Ejecutiva de Logística de la Oficina General de Administración, se encuentra vacante por renuncia del Ing. José Luis Paco Fernández, por lo que resulta convenientedesignar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legisla- tivo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la CarreraAdministrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 y el inciso l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con eficacia al 9 de noviem- bre de 2004, al Ing. Alcides HORNA MARÍN, Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, en la Oficina Ejecutivade Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, asignándole las funciones de Coordi- nador de Equipo de Programación y Adquisiciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 23611TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G2D/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G61/G62/G6C/G65/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 962-2004-MTC/03 Lima, 22 de diciembre de 2004 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2003- 019062 por la empresa TELEVISIÓN MINERA S.R.L., para que se le otorgue concesión para la prestación del serviciopúblico de distribución de radiodifusión por cable en el distrito de Yauli, provincia de Yauli, del departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde alMinisterio de Transportes y Comunicaciones otorgar conce- siones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, esta-blece que los servicios públicos de difusión se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumpli- miento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley ysu Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Re- glamento General de la Ley de Telecomunicaciones, esta- blece que entre los servicios públicos de difusión se en-cuentra el servicio público de distribución de radiodifusión por cable; Que, mediante Informe Nº 290-2004-MTC/17.01.ssp., la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Teleco- municaciones, de la Dirección General de Gestión de Tele- comunicaciones, señala que, habiéndose verificado el cum-plimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servi- cio público de distribución de radiodifusión por cable, esprocedente la solicitud formulada por la empresa TELEVI- SIÓN MINERA S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordena- do del Reglamento General de la Ley de Telecomunicacio-nes, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Su-premo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio, aproba- do por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comuni- caciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELEVISIÓN MI- NERA S.R.L., concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende eldistrito de Yauli, de la provincia de Yauli, del departamen- to de Junín. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la empresa TELEVISIÓN MINERA S.R.L., para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulas ytres (3) anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprue-