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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2004 (15/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G39/G38/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de enero de 2004 sustenta en el hecho de que la ejecución de la obra men- cionada, debe contratarse con la Universidad Nacional deIngeniería, en tanto ofrece las condiciones más favorables y ventajosas en comparación con los precios del mercado; Que, los artículos 19º, inciso a) y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen que están exoneradas de los pro- cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi-cación Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre entidades del Sector Público, las mis- mas que se realizarán mediante el proceso de Adjudica-ción de Menor Cuantía, debiendo aprobarse la exonera- ción por Resolución del Titular del Pliego, previo Informe Técnico-Legal; Que, el artículo 106º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado por el artí-culo 3º del Decreto Supremo Nº 029-2001-PCM, señala que en tal caso deberá emitirse un Informe Técnico Econó- mico que demuestre, cuando menos que la adquisición ocontratación resulta más favorable y ventajosa en compa- ración con los precios del mercado, así como que, en ra- zón de costos de oportunidad, resulta más eficiente adqui-rir o contratar con otra Entidad del Estado, debiendo resul- tar la adquisición o contratación técnicamente idónea y via- ble; Que, asimismo, la referida modificatoria exige que la Entidad que participe como postor no realice actividad em- presarial de manera habitual o actúe bajo alguna formasocietaria, motivo por el cual la Universidad Nacional de Ingeniería ha presentado su Declaración de No Habituali- dad, de fecha 30 de diciembre del 2003; Que, el Informe Técnico Económico elaborado por el Ingeniero Hernán Basurco Chambilla, y el Informe Legal Nº 076-2003-INADE/PELT-7316, de la Direcciónde Obras y la Oficina de Asesoría Jurídica, respectiva- mente, del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca, se han pronunciado a favor de la exoneración del pro-ceso de selección correspondiente, para contratar con la Universidad Nacional de Ingeniería, la ejecución de la obra: “Construcción del Canal Principal y Sistemasde Riego Drenaje Modelo Cabana I Etapa”, por un monto de S/. 2 552 337,28 (Dos Millones Quinientos Cincuen- ta y Dos Mil Trescientos Treinta y Siete y 28/100 Nue-vos Soles), por encontrarse acreditado que la contrata- ción mencionada resulta ser la más favorable y venta- josa en comparación con los precios del mercado, re-sultando técnicamente idónea y viable, existiendo ade- más un Convenio Marco suscrito entre el INADE y di- cha Universidad, con fines de servicios compatibles conla ejecución de obras; Que, por Memorándum Nº 491-2003-INADE-5201/ GPSS, la Gerencia de Proyectos de Sierra y Selva ha ma-nifestado su opinión favorable para la exoneración del pro- ceso de selección para la construcción de la obra “Cons- trucción del Canal Principal y Sistemas de Riego DrenajeModelo Cabana I Etapa”, por reunir los requisitos estable- cidos por el artículo 106º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la exoneración está referida al proceso de Licita- ción Pública, en razón a que el monto total previsto ascien- de a S/. 2 552 337,28 (Dos Millones Quinientos Cincuentay Dos Mil Trescientos Treinta y Siete y 28/100 Nuevos So- les); Que, de acuerdo al artículo 6º del Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA, el Presidente Ejecutivo del INADE es la más alta autoridad de la institución y es el Titular del Pliego Presupuestal, razón por la cual resulta ser la autori-dad competente para aprobar la exoneración; Que, mediante Informe Legal Nº 253-2003-INADE-3201- OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opi-nión legal en el sentido de que resulta procedente la exo- neración del proceso de Licitación Pública para la contra- tación de la ejecución de la obra “Construcción del CanalPrincipal y Sistemas de Riego Drenaje Modelo Cabana I Etapa” con la Universidad Nacional de Ingeniería, por es- tar comprendida en la causal contemplada en el inciso a)del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con las visaciones de la Gerencia de Proyectos en Sie- rra y Selva y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Estando a lo dispuesto en el inciso a) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y los artículos 105º, 106º, 113º y 116ºde su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 029-2001- PCM; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 599, Ley de Organización y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2003- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial Bina- cional Lago Titicaca del proceso de Licitación Pública para la contratación de la ejecución de la obra “Cons- trucción del Canal Principal y Sistemas de Riego Dre-naje Modelo Cabana I Etapa”, a celebrarse con la Uni- versidad Nacional de Ingeniería, autorizándolo a efec- tuar dicha contratación por el proceso de Adjudicaciónde Menor Cuantía, por un monto total de S/. 2 552 337,28 (Dos Millones Quinientos Cincuenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Siete y 28/100 Nuevos Soles),conforme al expediente técnico que, adjunto, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección Ejecutiva del Proyecto Es- pecial Binacional Lago Titicaca queda encargada de la con- tratación a que se refiere la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución será puesta en conocimiento de la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, con remisión de copia de los Informes sus-tentatorios, disponiéndose su publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano y notificándose al Proyecto Especial Bina- cional Lago Titicaca, así como a las Gerencias y OficinasGenerales del INADE que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.FEDERICO VARGAS CENTENO Presidente Ejecutivo 00711 INDECOPI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G54/G50/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6D/G69/G2D /G74/GE9/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G2C/G20/G55/G73/G6F/G20/G52/G61/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G2C/G20/G42/G65/G62/G69/G64/G61/G73/G20/G41/G6C/G63/G6F/G68/GF3/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G73/G65/G67/G75/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0115-2003/CRT-INDECOPI Lima, 4 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funcionesdel INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técni- cos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacionalde Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomen- dables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben reali- zarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Téc-nicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislati- va Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementadopor la Comisión a través del Sistema Peruano de Norma- lización, del cual forman parte el Reglamento de Elabo- ración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas yel Reglamento de Comités Técnicos de Normalización,