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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2004 (15/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G39/G38/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de enero de 2004 DECLARACIÓN JURADA COMPROMISO DEL PETICIONARIO (Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 042-2003-EM.) I. COMPROMISO De conformidad con lo estipulado en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 042-2003-EM, cum(plo) (plimos) con DECLARAR BAJO JURAMENTO, que en el caso de de-sarrollar proyectos mineros en el área de mi petitorio deno- minado .........................................................................., me comprometo a: 1. Realizar actividades productivas en el marco de una política que busca la excelencia ambiental. 2. Actuar con respeto frente a las instituciones, autoridades, cultura y costumbres locales, manteniendo una relación propicia con la población del área de influencia de la operación minera. 3. Mantener un diálogo continuo y oportuno con las auto- ridades regionales y locales, la población del área de influen- cia de la operación minera y sus organismos representativos,alcanzándoles información sobre sus actividades mineras. 4. Lograr con las poblaciones del área de influencia de la operación minera una institucionalidad para el desarrollo lo-cal en caso se inicie la explotación del recurso, elaborando al efecto estudios y colaborando en la creación de oportunida- des de desarrollo más allá de la vida de la actividad minera. 5. Fomentar preferentemente el empleo local, brindan- do las oportunidades de capacitación requeridas. 6. Adquirir preferentemente los bienes y servicios locales para el desarrollo de las actividades mineras y la atención del personal, en condiciones razonables de calidad , oportunidad y precio, creando mecanismos de concertación apropiados. II. DATOS DEL PETICIONARIO (S) 1 PERSONAS NATURALES APELLIDOS, Nombres DNI / CE FIRMA PERSONAS JURÍDICAS Representante legal/Razón Social RUC FIRMA Lugar día mes año 1 Los declarantes son los peticionarios; en el caso que fuese más de una persona, todos deben indicar sus datos y firmar la presente Declaración Jurada. 00676 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G72/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G2D /G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6D/G69/G6E/G65/G72/G61/G73/G20/G63/G75/G79/G6F/G73/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G73/G20/G66/G75/G65/G72/G6F/G6E/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G63/G69/G65/G6D/G2D /G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G33 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 003-2004-INACC/J Lima, 12 de enero de 2004CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, actuali- zado mediante Decreto Supremo Nº 053-2002-EM, modifi- cado por Decreto Supremo Nº 002-2003-EM, se denominaa partir de la fecha como Instituto Nacional de Concesio- nes y Catastro Minero - INACC, al Organismo Público Des- centralizado del Sector Energía y Minas encargado de lasfunciones de tramitar las solicitudes y otorgar las conce- siones mineras, así como la administración del Derecho de Vigencia y Catastro Minero; Que, el artículo 5º de la norma legal antes citada, dis- pone que a partir de su vigencia, las menciones al Regis- tro Público de Minería existentes en el Texto Único Orde-nado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y demás normas legales y regla- mentarias relacionadas, se entenderán como referidas alInstituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - IN- ACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, pu-blicará mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyo tí- tulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección General de Concesio- nes Mineras y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese, en el Diario Oficial El Pe- ruano, las concesiones mineras cuyos títulos fueron apro- bados en el mes de diciembre del 2003, de acuerdo a larelación adjunta que forma parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artícu- los 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º delDecreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS BARCELLOS M. Jefe Institucional 00660 INADE /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G42/G69/G6E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G4C/G61/G67/G6F/G20/G54/G69/G74/G69/G63/G61/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G72/G61/G93/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6E/G61/G6C/G20/G50/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G79/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G69/G65/G67/G6F/G20/G44/G72/G65/G6E/G61/G6A/G65/G20/G4D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G20/G43/G61/G2D/G62/G61/G6E/G61/G20/G49/G20/G45/G74/G61/G70/G61/G94 INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 239-2003-INADE-1100 Lima, 31 de diciembre del 2003 VISTO: El Oficio Nº 1026-2003-INADE/PELT-7340, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio del exordio, el Director Ejecuti- vo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca solicita la exoneración del proceso de selección para la ejecución de la obra “Construcción del Canal Principal y Sistemas deRiego Drenaje Modelo Cabana I Etapa”, la misma que se