Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2004 (17/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, sabado 17 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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corregir con una adecuada orientacion y representacion judicial especializada; asi como definitivamente se realice una exhaustiva revision de los legajos del personal sujeto al regimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530; Que, del Informe Nº 032-2004-MDSJM-OAJ, emitido por la Gerencia de la Oficina de Asesoria Juridica, que a la fecha la institucion no cuenta con un especialista en materia laboral, pensionario y previsional; asimismo unido al hecho que resulta abundante la carga procesal en dicha materia si como analizada y contrastada la informacion brindada por el Dr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA respecto de su labor prestada del ano 2003, cabe concluir de que su labor en el ano referido resulta satisfactoria por lo que existe el debido sustento factico para continuar contando con sus servicios MORDAZA si es un profesional que ya se encuentra familiarizado con la problematica institucional, precisandose ademas que el Dr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, ha brindado un valioso apoyo aclarando conceptos legales ante dudas surgidas de la interpretacion de normas del ordenamiento legal y variados aspectos, por lo que dicho letrado cuenta con reconocida capacidad profesional; Que, igualmente mediante Informe Nº 032-2004-MDSJMOAJ de fecha 6.1.2004, la Gerencia de la Oficina de Asesoria Juridica, senala que dada las caracteristicas particulares y especiales del Dr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, constituira un servicio personalisimo, que se encuentra dentro de los alcances del articulo 111º del D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, el articulo 111º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por el articulo 1º del D.S. Nº 041-2003-PCM, publicado el 16.4.2003, senala que: "De conformidad con el inciso h) del articulo 19º de la Ley, se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio..."; Que, el articulo 20º de la acotada MORDAZA senala que: "Las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo precedente, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del articulo 19º se aprobaran mediante: (...) c) Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los gobiernos locales (...) Las Resoluciones o Acuerdos senalados en los incisos precedentes, requieren obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano"; Que, asimismo, el articulo 115º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que: "Las Resoluciones o Acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, conforme al articulo 19º de la Ley, salvo los previstos en los incisos b) y d), son publicados en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles de su emision o adopcion, segun corresponda"; Que, el articulo 116º indica que: "Las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el articulo 19º de la Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el articulo 105º. La autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion"; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del articulo 19º y el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, debatido en el Pleno del Concejo y con el MORDAZA Mayoritario; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa para la contratacion del Abogado MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, a fin de que preste a la Municipalidad el Servicio de Asesoria Externa en materia Laboral, pensionario y previsional, bajo la modalidad de Servi-

cios Personalisimos a que se refiere en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Comite Especial Permanente llevar a cabo el MORDAZA de Exoneracion via Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y articulo 105º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM respectivamente senalado en el articulo primero, por un monto ascendente a S/. 72,000.00 (SETENTA Y DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) incluido impuestos de ley, durante el Ejercicio Fiscal 2004, con cargo a la fuente de financiamiento "5.3.11.33 - Servicio de Consultoria" - Recursos Propios. Articulo Tercero.- PONER el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion. Articulo Quinto.- Dispensese la lectura y aprobacion del Acta. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00839

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan beneficio de regularizacion tributaria y administrativa denominada Amnistia Especial Navidena
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2004-MDSL San MORDAZA, 9 de enero de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA VISTA: La Ordenanza Nº 019-2003-MDSL, mediante la cual se aprobo un Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa, denominada "Amnistia Especial Navidena", y el Informe Nº 006-2004-GR/MDSL de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 021-2003-MDSL, se amplio el plazo de vigencia de la Ordenanza de vistos hasta el 9 de enero del 2004; Que, mediante Informe Nº 006-2004-GR/MDSL, la Gerencia de Rentas solicita la prorroga del Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa denominada "Amnistia Especial Navidena", por cuanto el mes de enero representa el periodo mas critico en la economia de los contribuyentes, como resultado de los gastos propios de las MORDAZA navidenas y de fin de ano; Que, es necesario dar una oportunidad al deudor tributario para que hasta el dia 2 de febrero del 2004 pueda cumplir con el pago atrasado de sus tributos, MORDAZA si el articulo 1º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 establece que los Gobiernos Locales existen para velar por el bienestar de la colectividad; De conformidad con las facultades otorgadas por Ordenanza Nº 021-2003-MDSL y, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- Prorroguese hasta el dia 2 de febrero del 2004 la denominada "Amnistia Especial Navide-

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