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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G39/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de enero de 2004 Artículo 5º .- FORMA DE PAGO : 1. Al contado. 2. En parte.- Los contribuyentes que paguen bajo esta forma, deberán cancelar la deuda tributaria restante, inde-fectiblemente hasta la fecha del vencimiento de la presente ordenanza. Su incumplimiento producirá la pérdida auto- mática del beneficio, debiendo pagarse el saldo con losajustes e intereses de ley. Artículo 6º.- Aquellos contribuyentes que tengan pen- dientes de resolver, recursos de reclamación, reconside- ración o apelación, deberán previamente desistirse de los procedimientos indicados, a cuyo efecto utilizarán el for-mato de solicitud que se les entregará gratuitamente. Artículo 7º.- BENEFICIO POR EL PAGO FRACCIO- NADO. Para esta modalidad, se acogerán los contribuyentes cuyas obligaciones se encuentren pendientes de pago al31/12/2003, para lo cual el monto de la deuda a fraccionar estará constituida por el monto de la deuda que aparece en su estado de cuenta corriente a la fecha de su solicitud,aplicándoles las rebajas en el 60% de reajustes, 100% en los intereses moratorios 2004 y las costas y gastos del procedimiento de ejecución coactiva. Aquellos contribuyentes que hayan suscrito convenios de fraccionamiento y se encuentren pendientes de cance- lación, podrán realizar un nuevo fraccionamiento, incluyen-do las cuotas impagas, los períodos y tributos pendientes de pago; en este caso la nueva Resolución que aprueba el fraccionamiento sustituye a la anterior. Artículo 8º.- PAGO FRACCIONADO - CONDICIONES Y REQUISITOS 8.1 Condiciones 8.1.1 Cuota Inicial .- La cuota inicial será el 20% del monto total a que asciende la deuda tributaria al momento de suscribirse el convenio de fraccionamiento y el montode las cuotas restantes será el resultado de dividir el saldo entre el número de cuotas otorgadas. 8.1.2 Número de Cuotas .- El pago fraccionado de la deuda podrá realizarse hasta en un máximo de (20) cuo- tas, deducida la cuota inicial, como se detalla en el cuadro inserto. En ningún caso, la cuota mensual de fracciona-miento será menor a S/. 50.00. 8.1.3. Fecha de vencimiento .- El plazo para el pago de las cuotas de fraccionamiento, tendrá como fechade vencimiento, el que aparezca en el compromiso de pago. 8.1.4. Tasa de Interés de Fraccionamiento. - La tasa de interés aplicable a la cuota del Fraccionamiento Espe- cial será el 80% de la tasa de interés moratorio (TIM), vi- gente a la fecha de aprobación del fraccionamiento. Condiciones del Fraccionamiento Período Monto a Cuota Nº de Interés de Fraccionar Inicial Cuotas Fraccionamiento Hasta el 2003 Hasta 1 UIT 20% De 2 a 12 80% de la TIM Más de 1 UIT 20% De 2 a 15 80% de la TIM hasta 4 UITMás de 4 UIT 20% De 2 a 20 80% de la TIM Excepcionalmente, la Oficina de Administración Tribu- taria en coordinación con la Unidad de Recaudación y siem-pre que el caso lo amerite, autorizará la disminución de la cuota inicial y/o ampliación del número de cuotas. 8.2 Requisitos: 1. Firmar la Solicitud y el acuerdo de Fraccionamiento. 2. Pagar la Cuota inicial. 3. Adjuntar copias del documento de identidad del deu- dor tributario y cuando se trate de persona distinta al deu-dor, se deberá acompañar poder simple con certificación de firmas ante el fedatario de la Municipalidad. 4. Acreditar domicilio fiscal vigente. 8.3 Presentación de Garantías: De acuerdo a lo esta- blecido en el Código Tributario vigente.8.4 Aprobación del Fraccionamiento La administración tributaria aprobará el fraccionamien- to de la deuda, una vez cumplida las condiciones y requisi- tos establecidos en la presente Ordenanza, mediante Re- solución Directoral. 8.5 Pérdida del Fraccionamiento El recurrente incurrirá en causal de pérdida del fraccio- namiento, cuando incumpla con el pago íntegro de dos (2) cuotas consecutivas. Producida la pérdida del fracciona- miento, dará lugar a que se den por vencidos todos losplazos, siendo exigibles las cuotas de fraccionamiento pen- dientes de pago e intereses moratorios correspondientes, aplicándose la tasa de interés moratorio (TIM) vigente so-bre el total de la deuda pendiente de pago. Asimismo, se procederá a dar inicio al procedimiento de cobranza coac- tiva de la deuda. La pérdida del fraccionamiento se decla-rará mediante Resolución Directoral. Artículo 9º.- BENEFICIO ADMINISTRATIVO Otorgar un beneficio de descuento del 80% en el monto de las multas administrativas impuestas hasta el año 2003. Los infractores que hayan efectuado pagos a cuenta porlas multas administrativas en monto inferior al 20% de la misma, deberán abonar el saldo con el 80% de descuento. Para aquellos contribuyentes que a la vigencia de la pre- sente Ordenanza hayan efectuado pagos a cuenta por el 20% del total de la multa, se considerará cancelada automá- ticamente; sin que esto genere devoluciones a los que ha-yan efectuado pagos que superen el porcentaje indicado. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo Primero.- Los contribuyentes que hasta el pre- sente ejercicio fiscal, se encontraran en condición de omi-sos o subvaluantes a la presentación de la declaración ju- rada del Impuesto Predial, pueden efectuarla sin pago de sanción alguna (Multa Tributaria), durante el plazo de vi-gencia de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- El ámbito de aplicación de la pre- sente Ordenanza, comprende a las deudas de naturalezatributaria y multas administrativas que se encuentren en cobranza ordinaria o coactiva. Artículo Tercero.- Para aquellos contribuyentes que ha- yan cumplido con cancelar o fraccionar la deuda en co- branza coactiva en su totalidad, con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente Ordenanza, se les condonarálas Costas y Gastos del Procedimiento de Ejecución Co- activa. Asimismo, se condonará las Costas y Gastos pen- dientes para aquellos vecinos que hasta la fecha de vigen-cia de la presente Ordenanza hayan sido objeto de algún procedimiento coactivo sobre obligación de hacer. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza rige a partir del 19 de enero al 31 de enero del 2004. Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administra- ción Tributaria, Oficina de Informática y Oficina de Ejecu-ción Coactiva, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina de Comunicación Social su difusión y a la Ofi- cina de Administración, su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 00917 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G2D /G62/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G61/G63/G75/G6D/G75/G6C/G61/G64/G61/G73/G20/G68/G61/G73/G74/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F /G32/G30/G30/G33 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000001 San Juan de Miraflores, 10 de enero del 2004