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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2004 (20/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G31/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 20 de enero de 2004 5. DISPOSICIONES FINALES a) Las discrepancias que pudieran surgir entre las enti- dades participantes y los terceros por cuenta de quieneséstas efectúen transacciones con BONOS SOBERANOS,serán resueltas sin generar obligación o responsabilidadpara el MEF. b) La participación en las subastas o la adquisición de BONOS SOBERANOS por cuenta propia o de terceros,presupone que tanto las entidades participantes así comolos terceros tienen pleno conocimiento del presente Re-glamento y se someten a él sin reserva alguna. c) El MEF se reserva el derecho de suspender o decla- rar desierta la subasta, sin expresión de causa. d) Los BONOS SOBERANOS se sujetan a las Leyes y Tribunales de la República del Perú. 1/ Si la modalidad escogida fuera distinta a la Holandesa, el procedimiento de adjudicación será descrito en la Resolución Directoral respectiva. 01087 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E /G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G6E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C/G69/G62/G72/G65/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2004-EF Lima, 19 de enero de 2004 Visto el Memorando Nº 004-2004-EF/15, del Vicemi- nistro de Economía, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO:Que, los días 22 y 23 de enero de 2004, se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, lareunión de coordinación con el equipo técnico de negocia-dores de Colombia, cuyo objetivo es reunir a los dos equi-pos técnicos para poder adelantar el trabajo sobre los dis-tintos temas que se presentarán en la negociación para unTratado de Libre Comercio con los Estados Unidos deAmérica; Que, en tal sentido se requiere la participación del Sec- tor en dicha reunión, para lo cual se propone al señor JA-VIER ILLESCAS MUCHA, Asesor II del Despacho del Vi-ceministro de Economía; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del mencionado funcionario, debiendo el Ministerio de Eco-nomía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, losgastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128 y el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor JAVIER ILLES- CAS MUCHA, Asesor II del Despacho del Viceministro deEconomía, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia,del 21 al 23 de enero de 2004, para los fines expuestos enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuestode la Unidad Ejecutora 001 - Administración General delPliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo alsiguiente detalle: Pasajes : US$ 311,31 Viáticos : US$ 600,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Artículo 3º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cual-quier clase o denominación a favor del funcionario cuyoviaje se autoriza.Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 01079 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G61/G63/G72/G65/G65/G6E/G2D /G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G2D/G62/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G65/G6D/G62/G6F/G6C/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G73/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G4E/GBA/G20/G32/G37/G30/G34/G35 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 011-2004-EF/10 Lima, 16 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27045 transfiere a favor del Estado el derecho de las personas naturales beneficiarias depréstamos del Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI y facultaal Ministerio de Economía y Finanzas a ejercer, en represen-tación del Estado, todos los derechos y acciones que corres-pondan a dichas personas ante las Entidades Prestadoras deServicios de Saneamiento, para el cobro de contribucionesreembolsables dispuestas dentro del marco de la Ley Nº 26338,Ley General de Servicios de Saneamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 272-2003-EF/ 10 se designó al Ingeniero César Tapia Gamarra como re-presentante de las acreencias del Estado por concepto decontribuciones reembolsables en obras de saneamiento, aque se refiere el artículo 2º de la Ley Nº 27045; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia a la representación señalada en el considerando anterior,la que es pertinente aceptar; siendo necesario designar ensu reemplazo al funcionario que desempeñará las accio-nes dispuestas por la citada Ley; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el Inge- niero César Tapia Gamarra al cargo de representante delas acreencias del Estado, por concepto de contribucionesreembolsables en obras de saneamiento, a que se refiereel artículo 22º de la Ley Nº 27045, dándosele las graciaspor los servicios prestado al Estado. Artículo 2º.- Designar al doctor Julio Alfonso Vidal Villa- nueva como representante de las acreencias del Estado, porconcepto de contribuciones reembolsables en obras de sanea-miento, a que se refiere el artículo 2º de la Ley Nº 27045. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 01030 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G31/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D /G50/G43/G4D RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 012-2004-EF/10 Lima, 16 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2004-PCM, se dispone la formulación del Plan de Paz y Desarrollo para