Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2004 (20/01/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 20 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 260113

b) Supervisar el nivel cultural y etico de las publicaciones realizadas por el Colegio; c) Gestionar ante organismos publicos y privados, nacionales e internacionales la elaboracion y ejecucion de eventos; d) Programar actividades culturales orientadas al perfeccionamiento del profesorado; y, e) Las demas atribuciones que senale el presente Estatuto y las normas que rige el Colegio. Articulo 46º.- Del Director de Investigacion y Capacitacion Corresponde al Director de Investigacion y Capacitacion: a) Promover la investigacion en apoyo al desarrollo educativo nacional; b) Propiciar la formacion e implementacion de la Biblioteca del Colegio; c) Promover el funcionamiento permanente, la automatizacion y atencion de la Biblioteca y Centro de Informacion; d) Encargarse, en coordinacion con el Decano Nacional y el Director de Asuntos Administrativos, de la adquisicion del material bibliografico actualizado; e) Promover y propiciar becas para estudios de perfeccionamiento, maestria, doctorado y post grado para los miembros del Colegio; f) Promover la practica investigativa a traves de concursos, pasantias, invitaciones especificas y organizacion de eventos, en coordinacion con el Director de Eventos y Difusion; g) Mantener actualizado el archivo de investigaciones y ordenar el Banco de Proyectos; y, h) Las demas atribuciones que senale el presente Estatuto y las normas que rige el Colegio. Articulo 47º.- Del Director de Servicios de Bienestar Corresponde al Director de Servicios de Bienestar: a) Promover programas de asistencia del docente en los casos de enfermedad, accidentes, ancianidad, invalidez y muerte, de acuerdo a la capacidad del Fondo Mutuo; b) Propiciar los lazos de amistad y solidaridad humanas entre los miembros del Colegio; c) Programar actividades recreativas, turisticas, culturales y deportivas, propiciando la participacion de todos los miembros del Colegio; y, d) Las demas atribuciones que senale el presente Estatuto y las normas que rige el Colegio. Articulo 48º.- Del Director de Coordinacion Regional Corresponde al Director de Coordinacion Regional: a) Difundir y promover en los Colegios Regionales del Colegio los acuerdos y decisiones de la Asamblea y del Consejo Nacional; b) Servir de enlace entre los Consejos Regionales y el Consejo Nacional; y, c) Las demas atribuciones que senale el presente Estatuto y las normas que rige el Colegio.

nicacion masiva y de correo certificado, senalando dia, hora y agenda. Asimismo, los acuerdos se tomaran por mayoria simple de sus asistentes, cada miembro tiene derecho a un MORDAZA, actuando el Decano Regional como dirimente. Articulo 52º.- Quorum La Asamblea Regional se llevara a cabo con la asistencia de la mitad mas uno de los asambleistas habiles de cada Colegio Regional en primera citacion, y en MORDAZA citacion con los que asistan, siempre que su numero no sea menor de la tercera parte del total de los miembros de la Asamblea. Articulo 53º.- Atribuciones de la Asamblea Regional Ordinaria Compete a la Asamblea Regional Ordinaria: a) Aprobar la gestion del Decano y del Consejo Regional; b) Aprobar el balance y la cuenta anual del Colegio Regional ; c) Aprobar el presupuesto del Colegio Regional; d) Instalar y recibir el juramento de los integrantes del Consejo Regional que hayan sido proclamados por el Comite Electoral; y, e) Elegir al delegado pleno del Colegio Regional ante la Asamblea Nacional Ordinaria. Articulo 54º.- Asamblea Regional Extraordinaria La Asamblea Regional Extraordinaria se llevara a cabo por solicitud escrita de por lo menos el 10% de los miembros colegiados activos del Colegio Regional respectivo. Sera convocada por el Decano Regional con citacion de sus miembros con quince (15) dias de anticipacion, senalando dia, hora, lugar y agenda. Asimismo, los acuerdos se tomaran por mayoria simple de sus asistentes, actuando el Decano Regional como dirimente. Articulo 55º.- Atribuciones de la Asamblea Regional Extraordinaria Compete a la Asamblea Regional, en sesion extraordinaria: a) Modificar el Estatuto del Colegio, con las formalidades senaladas en el presente Estatuto; b) Ratificar los Reglamentos aprobados por el Consejo Regional; c) Tratar cualquier otro MORDAZA de orden regional e interregional que sea sometido a su consideracion por el Decano o el Consejo Regional; y, d) Pronunciarse en cualquier otro MORDAZA que le competa, de conformidad con el presente Estatuto. Articulo 56º.- Libro de Actas Todas las sesiones de la Asamblea Regional seran registradas en el Libro de Actas de la Asamblea, bajo responsabilidad del Director Secretario del Consejo Regional. El acta de cada Asamblea sera aprobada por mayoria simple de los asambleistas asistentes y firmada por tres de ellos, especialmente elegidos por la Asamblea para dicho efecto.

CAPITULO IV De la Asamblea Regional
Articulo 49º.- La Asamblea Regional La Asamblea Regional es el organo de gobierno a nivel regional del Colegio. Esta conformada por todos los delegados natos y plenos de los Capitulos Provinciales, presidida por el Decano Regional; puede ser ordinaria y extraordinaria. Articulo 50º.- Participantes a la Asamblea Regional Los delegados participantes en la Asamblea Regional son natos y plenos, con derecho a elegir y ser elegido. Nato: Director de cada Capitulo Provincial. Pleno: Asociado elegido en cada Asamblea Provincial. Articulo 51º.- Asamblea Regional Ordinaria La Asamblea Ordinaria se reunira anualmente en la sede regional de cada Colegio Regional del Colegio en la primera quincena de marzo de cada ano. Sera convocada por el Decano Regional, con citacion de sus miembros con quince (15) dias de anticipacion, a traves de medios de comu-

CAPITULO V Del Consejo Regional y de las funciones de sus miembros
Articulo 57º.- El Consejo Regional El Consejo Regional es el MORDAZA organismo ejecutivo de cada Colegio Regional y lo preside el Decano Regional. En caso de ausencia de este, lo presidira el Vicedecano Regional. El Consejo Regional esta integrado por: - El Decano Regional; - El Vicedecano Regional; - El Director Secretario; - El Director de Economia y Finanzas; - El Director de Asuntos Administrativos; - El Director de Asuntos Profesionales; - El Director de Eventos y Difusion; - El Director de Investigacion y Capacitacion; y, - El Director de Servicios de Bienestar. Articulo 58º.- Del Decano Regional El Decano Regional es el cargo de mayor rango en cada Colegio Regional del Colegio. Tiene como funciones:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.