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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2004 (20/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G31/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 20 de enero de 2004 e) Pronunciarse por cualquier otro asunto que le com- peta, de conformidad con el presente Estatuto; f) Elegir a los miembros del Comité Electoral;g) Aprobar el texto de la iniciativa legislativa que el De- cano Nacional presentará al Congreso de la República ennombre del Colegio; h) Autorizar al Decano Nacional la interposición de la acción de inconstitucionalidad en materia de la especiali-dad del Colegio. Artículo 34º.- Libro de Actas Todas las sesiones de la Asamblea Nacional serán re- gistradas en el Libro de Actas de la Asamblea, bajo res-ponsabilidad del Director Secretario. El acta de cada Asam-blea será aprobada por mayoría simple de los asambleís-tas asistentes y firmada por tres de ellos, especialmenteelegidos por la Asamblea para dicho efecto. CAPÍTULO III Del Consejo Nacional y de las funciones de sus miembros Artículo 35º.- El Consejo Nacional El Consejo Nacional es el máximo organismo ejecutivo del Colegio y será presidido por el Decano Nacional. Encaso de ausencia de éste, lo presidirá el Vicedecano. El Consejo Nacional está integrado por: - El Decano; - El Vicedecano;- El Director Secretario;- El Director de Economía y Finanzas;- El Director de Asuntos Administrativos;- El Director de Asuntos Profesionales;- El Director de Eventos y Difusión;- El Director de Investigación y Capacitación;- El Director de Servicios de Bienestar; y,- El Director de Coordinación Regional. Artículo 36º.- Del Decano El Decano Nacional es el cargo de mayor rango en el Colegio. Tiene como funciones: a) Representar al Colegio en toda actividad que parti- cipe; b) Velar por el prestigio permanente de la institución;c) Presidir las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias y toda asamblea, consejo, junta directiva y comisión a laque asista; d) Promover la observancia de los deberes y derechos que corresponden a todos los miembros del Colegio en elejercicio de sus funciones; e) Suscribir conjuntamente con el Director Secretario la correspondencia oficial del Colegio; f) Suscribir con los Directores de Economía y Finanzas y Asuntos Administrativos los documentos o escrituras queel Colegio otorgue de conformidad con lo establecido en elpresente Estatuto; g) Realizar todas las acciones que coadyuven al desa- rrollo profesional de los colegiados; h) Velar por el cumplimiento del Estatuto del Colegio; y,i) Cumplir con las demás atribuciones que le señalen las leyes, el presente Estatuto y demás normas que rigenen el Colegio; j) Presentar ante el Congreso de la República la inicia- tiva legislativa aprobada previamente por la Asamblea Na-cional Extraordinaria; k) Interponer acción de inconstitucionalidad en materia de la especialidad del Colegio previa autorización acorda-da en Asamblea Nacional Extraordinaria. Artículo 37º.- Suplencia En caso de licencia o vacancia del Decanato Nacional, asu- mirá el cargo el Vicedecano hasta completar el período y devacar el Vicedecanato, el cargo será asumido de igual formapor el miembro del Consejo Nacional que le siga en el ordenestablecido en el artículo 35º del presente Estatuto. En caso delicencia y vacancia de los demás cargos del Consejo Nacional,el reemplazo se realizará internamente en el mismo orden. Artículo 38º.- Vacancia Son causales de vacancia del Decanato Nacional: a) La renuncia aceptada por la Asamblea Nacional. b) Impedimento físico, mental o moral debidamente com- probado ante la Asamblea Nacional, que lo incapacite parael desempeño del cargo;c) Incurrir en infracción grave del Código de Ética del Colegio; y, d) Sufrir condena por delito doloso. Estas causales son aplicables para los demás miem- bros del Consejo Nacional. Artículo 39º.- Renuncia La renuncia del Decano Nacional será presentada al Vicedecano, quién convocará a la Asamblea Nacional Ex-traordinaria dentro de los treinta (30) días siguientes a lapresentación de la renuncia. Los demás cargos se presen-tarán ante el Decano Nacional. Artículo 40º.- Del Vicedecano Corresponde al Vicedecano: a) Reemplazar interinamente al Decano Nacional; b) Cumplir con las funciones que le encomiende el De- cano y la Asamblea Nacional: y, c) Las demás funciones que le señale el presente Es- tatuto y el Reglamento del Colegio. Artículo 41º.- Del Director Secretario Corresponde al Director Secretario: a) Suscribir con el Decano Nacional la corresponden- cia oficial; b) Mantener actualizados los Libros de Actas de Asam- bleas, así como el Libro de Acuerdos del Consejo Nacio-nal y el archivo de documentos; c) Mantener al día las matrículas de los miembros del Colegio, publicarla y darla a conocer a los poderes o de-pendencias públicas, comunicando cualquier modificaciónproducida; d) Expedir los documentos que refrenda el Decano;e) Llevar la correspondencia del Colegio; y,f) Las demás funciones que le señale el presente Esta- tuto y Reglamento del Colegio. Artículo 42º.- Del Director de Economía y Finanzas Corresponde al Director de Economía y Finanzas: a) Elaborar los proyectos del presupuesto del Colegio; b) Supervisar el cumplimiento del presupuesto y que la contabilidad del Colegio esté al día; c) Supervisar la cobranza de las rentas del Colegio;d) Manejar conjuntamente con el Decano Nacional las cuentas del Colegio; e) Las demás atribuciones que señale el presente Es- tatuto y las normas que rige el Colegio. Artículo 43º.- Del Director de Asuntos Administrati- vos Corresponde al Director de Asuntos Administrativos: a) Administrar el Patrimonio y al personal del Colegio; b) Suscribir en representación del Colegio convenios y contratos con otras instituciones; c) Las demás atribuciones que señale el presente Es- tatuto y las normas que rige el Colegio. Artículo 44º.- Del Director de Asuntos Profesiona- les Corresponde al Director de Asuntos Profesionales: a) Velar, coordinar y coadyuvar en la defensa de los miembros del Colegio proponiendo al Consejo Directivo laaplicación de las medidas pertinentes que sean compati-bles con los fines institucionales; b) Adoptar las medidas y acciones pertinentes para el ejercicio legal del profesorado; c) Representar al Colegio en los asuntos judiciales y administrativos, previa autorización del Consejo Nacionale informando periódicamente las gestiones, llevando el re-gistro correspondiente; d) Las demás atribuciones que señale el presente Es- tatuto y las normas que rige el Colegio; y e) Otorgar las habilitaciones para el ejercicio de la fun- ción docente. Artículo 45º.- Del Director de Eventos y Difusión Corresponde al Director de Eventos y Difusión: a) Promover y editar la publicación oportuna de ar- tículos, ensayos, textos, libros, revistas e investigacio-nes de los miembros del Colegio;