TEXTO PAGINA: 14
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G32/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 4 de febrero de 2004 na Legal de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, dirigido a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judicialesdel Ministerio de Justicia, emite opinión, señalando que delanálisis y revisión de los documentos que se han tenido ala vista, se establece que respecto a la inscripción de losasientos 3, 4, 5 y 6 de fojas 307, 308 y 309 del tomo 993del Registro de Propiedad Inmueble, existen indicios de lacomisión del Delito Contra la Fe Pública, tipificado en elartículo 427º del Código Penal; agregando que, habiéndo-se determinado las citadas irregularidades, al amparo delo establecido en el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº27785 - Ley del Sistema Nacional de Control y de la Con-traloría General de la República, que dispone que los infor-mes respectivos, resultados de una acción de control, conel debido sustento técnico y legal, constituyen prueba pre-constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que sean recomendadas en dichos informes (HojaInformativa Nº 043-2003-SUNARP-Z.R.NºIX/OCI); reco-mendando se solicite la expedición de la Resolución Minis-terial que autorice que en nombre e interés del Estado seinterpongan las acciones legales contra quienes resultenresponsables por el Delito Contra la Fe Pública en agraviode la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, previsto en el artí-culo 427º del Código Penal; Que, en estricta atención a lo solicitado por la Procura- duría Pública del Ministerio de Justicia en su Oficio Nº 1982-2003-JUS-PPMJ, de fecha 27 de octubre de 2003, al precita-do oficio, y en virtud a los hechos que se desprenden de ladocumentación adjunta, y con el objeto de reunir las pruebasde la realización del delito citado en los mismos, y las cir-cunstancias en que se ha realizado, corresponde recurrir a lavía judicial para establecer la distinta participación que hayantenido los autores y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacióny Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientescontra Dominique Ghariani Aguirre de Ghio, en su calidadde representante legal de VORTIX S.A., Lucien GharianiPadovani y Rosa Aguirre Quiñonez, y los que resulten res-ponsables, conforme a los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso a la Procuradora Pública men-cionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 02203 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G2D /G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61 /G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2004-JUS Lima, 30 de enero de 2004 Visto el Oficio Nº 1063-2002-JUS/PPMJ de fecha 12 de julio de 2002, de la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 361-2002-ORLC-GBM, de fecha 26 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de Lima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº4252, de fecha 8 de enero de 2002, presentada por donVicente Cárdenas Gibias, ante el Registro de PropiedadVehicular, la cual está referida al Contrato de Compra Ven-ta del vehículo de Placa UQ-5107 suscrito entre don Ho-norato Hurtado Cárdenas como vendedor, y de la otra par-te don Vicente Cárdenas Gibias como comprador, por lasuma de US$ 3,000.00 (Tres Mil y 00/100 Dólares Ameri-canos), documentos supuestamente certificados por elNotario Público de Lima, Dr. Aníbal Corvetto Romero, quienmediante Oficio s/n de fecha 20 de marzo de 2002, mani-fiesta que los sellos y la firma que aparecen en dicha cer-tificación no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 360-2002-ORLC-GBM, de fecha 26 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº16318, de fecha 24 de enero de 2002, presentada por donVictoriano Encarnación Malpartida, ante el Registro de Pro-piedad Vehicular, la cual está referida al Contrato de Com-pra Venta del vehículo de Placa RGY 919, suscrito entredon José Oswaldo Ormeño Roca como vendedor y de laotra parte don Luis Guillermo Ormeño Roca como com-prador, por la suma de US$ 2,000.00 (Dos Mil y 00/100Dólares Americanos), documento supuestamente certifi-cado por el Notario Público de Lima, Dr. Aurelio Díaz Ro-dríguez, quien mediante Oficio de fecha 13 de febrero de2002, manifiesta que la firma y sellos que aparecen en di-cho documento no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 359-2002-ORLC-GBM, de fecha 26 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº25620, de fecha 6 de febrero de 2002, presentada por donGilberto Muñoz Rodríguez ante el Registro de PropiedadVehicular, la cual está referida al contrato de Compra Ventadel vehículo de Placa DG-8875, suscrito de una parte pordon Juan José Oviedo Dancuart como vendedor y de laotra parte doña Paola Lucia Muñoz Noriega como compra-dora, por la suma de US$ 300.00 (Trescientos y 00/100Dólares Americanos), documento certificado supuestamen-te por el Notario Público de Lima, Dr. Aurelio Díaz Rodrí-guez, quien mediante Oficio s/n de fecha 13 de febrero de2002, manifiesta que los sellos y la firma que aparecen endicha certificación no corresponden a su despacho nota-rial; Que, mediante Memorándum Nº 358-2002-ORLC-GBM, de fecha 26 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº34379, de fecha 19 de febrero de 2002, presentada pordon Jesús Genaro Tagle Huamán, ante el Registro de Pro-piedad Vehicular la cual está referida al Contrato de Com-pra Venta del vehículo de Placa LQ-2884, suscrito entre elGimnasio Nautilus S.R.L. representado por don Miguel Vi-cente Maurtua Castañeda como vendedor y de la otra par-te don Agustin Fernando Maurtua Tweddle como compra-dor, por la suma de US$ 1,298.00 (Mil Doscientos Noven-tiocho y 00/100 Dólares Americanos), documento certifi-cado supuestamente con fecha por el Notario Público deLima, Dr. Jorge Velarde Sussoni, quien mediante Oficio s/nde fecha 8 de marzo de 2002, manifiesta que los sellos y lafirma que aparecen en dicha certificación no correspon-den a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 357-2002-ORLC-GBM, de fecha 26 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficial Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº36247, de fecha 21 de febrero de 2002, presentada pordon Roger Ruiz García, ante el Registro de Propiedad Ve-hicular, referida al Contrato de Compra Venta del vehículode Placa HO-7253, suscrito entre doña Patricia AbantoBueno como vendedora y de la otra parte don Roger RuizGarcía como comprador, por la suma de US$ 1,800.00 (MilOchocientos y 00/100 Dólares Americanos), documento