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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G32/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 4 de febrero de 2004 certificado supuestamente por el Notario Público de Lima, Dr. Francisco Banda Gonzalez, quien mediante Oficio Nº32-FBG-SEC-2002, de fecha 26 de febrero de 2002, mani-fiesta que los sellos y la firma que aparecen en dicha cer-tificación no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 356-2002-ORLC-GBM, de fecha 26 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº47012, de fecha 8 de marzo de 2002, presentada por donDavid Carrión Gallegos, ante el Registro de Propiedad Ve-hicular, la cual está referida al Contrato de Compra Ventadel vehículo de Placa QI-2001, suscrito por la EmpresaImportaciones Arriola S.A. representado por don NicasioManuel Arriola Vasquez como vendedor y de la otra partedon David Carrión Gallegos como comprador, por la sumade US$ 2,800.00 (Dos Mil Ochocientos y 00/100 DólaresAmericanos), documento certificado supuestamente confecha 6 de setiembre de 1999 por la Notaria Pública deLima, Dra. Silvia Samaniego de Mestanza, quien medianteOficio s/n de fecha 12 de marzo de 2002, manifiesta quelos sellos y la firma que aparecen en dicha certificación nocorresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 341-2002-ORLC-GBM, de fecha 22 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº26869, de fecha 7 de febrero de 2002, presentada por donJulio Carruitero Méndez, ante el Registro de PropiedadVehicular, la cual está referida al contrato de Compra Ventadel vehículo de Placa RGL 807, suscrito por la EmpresaAvituallamiento S.A. representado por don Germán Casti-llo Soriano como vendedor y de la otra parte don RomuloLuis Ricardo Guidino Loredo como comprador, documentocertificado supuestamente con fecha 15 de febrero de 2001,por el Notario Público de Lima, Dr. Jorge Velarde Sussoni,quien mediante Oficio s/n de fecha 20 de marzo de 2002,manifiesta que los sellos y la firma que aparecen en dichacertificación no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 335-2002-ORLC-GBM, de fecha 21 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº42601 de fecha 4 de marzo de 2002, presentada por donGuillermo Gonzalo León Guerrero ante el Registro de Pro-piedad Vehicular, la cual está referida al Contrato de Com-pra Venta del vehículo de Placa LI-7376, suscrito por donMiguel Angel Maradiegue Fernández como vendedor y dela otra parte don Guillermo Gonzalo León Guerrero comocomprador, por la suma de US$ 700.00 (Setecientos y 00/100 Dólares Americanos), documento supuestamentecertificado por el Notario Público de Lima, Dr. Aurelio DíazRodríguez, quien mediante Oficio s/n de fecha 14 de mar-zo de 2002, manifiesta que el sello y la firma que aparecenen dicha certificación no corresponden a su despacho no-tarial; Que, mediante Memorándum Nº 334-2002-ORLC-GBM, de fecha 21 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº44679 de fecha 6 de marzo de 2002, presentada por donFranco Calvo Tirado, ante el Registro de Propiedad Vehi-cular, en el que se adjunta el formulario del Colegio deNotarios de Lima Nº 004682, donde se solicita el cambiode características del Vehículo de Placa CI-5703, solicita-do por don Ernesto Mora Marich, documento supuestamen-te certificado por el Notario Público de Lima, Dr. AurelioDíaz Rodríguez, quien mediante Oficio s/n de fecha 14 demarzo de 2002, manifiesta que el sello y la firma que apa-recen en dicha certificación no corresponden a su despa-cho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 328-2002-ORLC-GBM, de fecha 19 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX -Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del TítuloNº 38798, de fecha 26 de febrero de 2002, presentada pordon Adalio Adalberto Prado Vidalon ante el Registro de Propiedad Vehicular, la cual está referida al Contrato deCompra Venta del vehículo de Placa II-9912, suscrito pordon Timoteo Carhuancho Yupanqui como vendedor, y de laotra parte don Adalio Adalberto Prado Vidalon como com-prador, por la suma de US$ 350.00 (Trescientos Cincuentay 00/100 Dólares Americanos), documento supuestamen-te certificado por el Notario Público de Acobamba, Dr. Os-car Saez Ochoa, quien mediante Oficio Nº 025-050-NA/JRP.V-L-P-02, de fecha 7 de marzo de 2002, manifiestaque los sellos y la firma que aparecen en dicha certifica-ción no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 318-2002-ORLC-GBM, de fecha 18 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº216380, de fecha 14 de diciembre de 2001, presentada pordoña Verónica Carmen Monzón Valencia ante el Registrode Propiedad Vehicular, la cual está referida al contrato de Compra Venta y levantamiento de Prenda del Vehículo dePlaca AGA-388, suscrito por ABICAL Motor S.A., repre-sentado por don Elmer Espinoza Carmen como vendedory de la otra parte don Santiago Gustavo Aranda Castañe-da como comprador, por la suma de US$ 1,200.00 (MilDoscientos y 00/100 Dólares Americanos), documentosupuestamente certificado por el Notario Público de Lima,Dr. Elvito Rodríguez Domínguez, quien mediante Oficio s/n de fecha 4 de febrero de 2002, manifiesta que los sellos yla firma que aparecen en dicha certificación no correspon-den a su despacho notarial; Que, mediante Memorándum Nº 291-2002-ORLC-GBM, de fecha 12 de marzo de 2002, la Gerencia de Bienes Mue-bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral deLima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX- Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº21662 de fecha 31 de enero de 2002, presentada por doñaManuela Jesús Natividad Pinto Reyes ante el Registro dePropiedad Vehicular, referida a la cláusula adicional del 5de marzo de 2002, suscrita por don Carlos Alberto CalvoValderrama, en la venta del vehículo de Placa HO-9568,celebrado con doña Manuela Jesús Natividad Pinto Re-yes, por la suma de US$ 2,400.00 (Dos Mil Cuatrocientosy 00/100 Dólares Americanos), documento supuestamen-te certificado por el Notario Público de Lima, Dr. Luis Dan-non Brender, quien mediante oficio s/n de fecha 20 de mar-zo de 2002, manifiesta que los sellos y la firma que apare-cen en dicha certificación no corresponden a su despachonotarial; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y ar-tículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación yDefensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto LeyNº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientes enforma individual contra las siguientes personas: 1. Vicente CARDENAS GIBIAS 2. Victoriano ENCARNACION MALPARTIDA3. Gilberto MUÑOZ RODRIGUEZ4. Jesús Genaro TAGLE HUAMAN5. Roger RUIZ GARCIA6. David CARRION GALLEGOS7. Julio CARRUITERO MENDEZ8. Guillermo Gonzalo LEON GUERRERO9. Franco CALVO TIRADO10. Adalio Adalberto PRADO VIDALON11. Verónica Carmen MONZON VALENCIA12. Manuela Jesús Natividad PINTO REYES; y, los demás que resulten responsables por la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsificaciónde documentos, conforme a los fundamentos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución.