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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (04/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G32/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 4 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, de la Recomendación Nº 4.1 del Informe Nº 038-2002- 02-0191-EE-IGS/OECAF "Examen Especial sobre adquisición y transferencia de 880 vehículos a entidades del sector público y no público a nivel nacional" se desprende la necesidad de que los ex funcionarios involucrados en los hechos descritos en dicho informe sean sometidos a proceso administrativo disciplinario, en razón a que habría ausencia de programación en la adquisición de 800 vehículos y del procedimiento de licitación pública, gastos adicionales no programados y no evidenciados, falta de docu- mentación que pruebe el ingreso a los almacenes de la Adminis- tración Central del Ministerio de Salud de 351 vehículos, la asig- nación de 300 vehículos, así como la transferencia de 699 vehí- culos y falta de conciliación y regularización contable con las en- tidades receptoras; incumpliendo los deberes contenidos en los literales a) y b) del artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, lo que genera la existencia de faltas adminis- trativas disciplinarias debidamente tipificadas en los incisos a) y d) del Art. 28º de la norma acotada; Que, según lo expresa el Inc. "f" del Art. 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, son atribuciones del Sis- tema Nacional de Control el "emitir, como resultado de las ac- ciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento técnico y legal, constituyendo prueba precons- tituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que sean recomendadas en dichos informes"; Que, por otro lado, las recomendaciones establecidas en un informe de control emitido por cualquier Órgano del Sistema Nacional de Control, como es el caso, son de obligatoria imple- mentación, bajo responsabilidad, según lo dispone el Art. 11º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, tales hechos deben de ser analizados y examina- dos dentro de un proceso administrativo disciplinario don- de se pueda discernir la responsabilidad administrativa de los citados ex funcionarios; De conformidad con lo establecido en el artículo 163º, 166º y 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Regla- mento de la Carrera Administrativa; y, Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ramo en el Informe Nº 041-2004-OGAJ; SE RESUELVE:Artículo Primero.- INSTAURAR proceso administrativo dis- ciplinario contra los ex funcionarios: Mario Cieza Cuba - ex Direc- tor General de Administración del Ministerio de Salud, José Ra- mos Muñoz - ex Director General de Administración del Ministerio de Salud, Ángel Héctor Solano Vargas - ex Director Ejecutivo de Logística, Juana María Altamirano Flores - ex Directora Ejecutiva de Logística y César Coronado Ramírez - ex Director Ejecutivo de Logística, a fin de que se ventilen las eventuales responsabili- dades que les atañen, previa verificación de los descargos correspondientes y demás requerimientos de ley. Artículo Segundo.- Proceder a efectuar la notificación correspondiente en forma personal, o, en su defecto, con las formalidades contempladas por la ley. Regístrese y comuníquese.YSMAEL F. NÚÑEZ SÁENZ Viceministro de Salud 02311 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9 /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G2D/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G53/G65/G67/G75/G2D/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G73/G63/G61/G64/G6F/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 024-2004-TR Lima, 3 de febrero de 2004VISTO: La carta de fecha 20 de enero de 2004, de la doctora Gisella Díaz Alegre; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 27766, se declaró en emergencia la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP), disponiendo su reestructuración integral; Que, el artículo 2º de la mencionada Ley crea el Comité Especial Multisectorial de Reestructuración que se encar- gará de plantear, dirigir y ejecutar la reestructuración de la CBSSP, el mismo que estará integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 238-2002-TR, de fecha 12 de setiembre de 2002, se designó a la doctora Gisella Díaz Alegre, Asesora del Despacho Viceministerial de Trabajo, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Comité Especial Multisec- torial de Reestructuración de la Caja de Beneficios y Segu- ridad Social del Pescador (CBSSP); Que, habiendo dicha funcionaria dejado de prestar ser- vicios al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, es necesario dar por concluida su designación, designando al nuevo representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Comité Especial Multisectorial referido; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombra- miento y designación de funcionarios públicos; el artículo 2º de la Ley Nº 27766, Ley de Reestructuración Integral de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador; y el lite- ral d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo apro- bado por Resolución Ministerial Nº 173-2003-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dáse por concluida, a partir de la fecha, la designación de la doctora GISELLA DÍAZ ALEGRE, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Comité Especial Multisectorial de Rees- tructuración de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP), dándosele las gracias por los ser- vicios prestados. Artículo 2º.- Desígnase, a partir de la fecha, al señor HERNÁN SANDOVAL COLQUICOCHA, Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima - Callao, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Comité Especial Multisectorial de Rees- tructuración de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP), creada por Ley Nº 27766. Artículo 3º.- Déjase sin efecto la Resolución Ministe- rial Nº 238-2002-TR, de fecha 12 de setiembre de 2002. Artículo 4º.- Remítase copia de la presente Resolu- ción Ministerial al Ministro de Economía y Finanzas, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN DE DIOS RAMÍREZ CANCHARI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 02309 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G2D /G74/G65/G6D/G61/G20/G50/G6F/G72/G74/G75/G61/G72/G69/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C DECRETO SUPREMO Nº 003-2004-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27943, Ley del Sistema Por- tuario Nacional, se regulan las actividades y servicios