Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2004 (09/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 9 de febrero de 2004

actual situacion de sequia que, de manera imprevisible, viene afectando a toda la region, ocasionando una restriccion de agua de regadio y agua potable; por lo que es necesaria la inmediata contratacion de un servicio de riego a traves de camiones cisterna de 5,000 galones de capacidad, requiriendo la cantidad de S/. 1,620,000 galones mensuales de agua; Que, a traves del Informe Nº 018-SGA-GA/MM la Subgerencia de Abastecimientos, senala que el valor referencial de MORDAZA del servicio requerido, tiene un costo estimado de S/. 35,000.00 mensuales, lo cual implicaria realizar un MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, cuya duracion, considerando todos los actos preparatorios para la convocatoria y los plazos establecidos por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, incluyendo el consentimiento y firma del contrato, es de aproximadamente cuarenta (40) dias; Que, en tal sentido, es posible que la Municipalidad de Miraflores no pueda efectuar debidamente el mantenimiento de las areas verdes y parques del distrito conforme a las funciones de su competencia, durante un periodo de tiempo considerable, con el consiguiente perjuicio y las consecuencias negativas que tal situacion implica, en menoscabo de la salubridad y conservacion del medio ambiente de la comunidad miraflorina, teniendo en cuenta, ademas, que en plena estacion de MORDAZA, se viene atravesando por una etapa de restriccion de agua, debido a las condiciones climatologicas actuales; Que, por consiguiente, es necesario declarar en Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Riego por Cisterna y autorizar la realizacion de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, para tal efecto, por un valor referencial total de S/. 35,000.00 y por el periodo de un (1) mes en tanto dure y se culmine el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva correspondiente, con cargo a la fuente de financiamiento de Otros Impuestos Municipales, en concordancia con los Articulos 19º, 20º y 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM); Que, mediante Informe Nº 098-2004-GAJ/MM, la Gerencia de Asesoria Juridica ha emitido opinion legal favorable respecto de declaracion de Situacion Urgencia y exoneracion planteadas; Que, el Articulo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 20º de la MORDAZA MORDAZA senalada, las exoneraciones de los procesos de Adjudicacion Directa, se realizan en los gobiernos locales, mediante Acuerdo del Concejo Municipal; De acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Riego por Cisterna; exonerandola del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva. Articulo Segundo.- Autorizar la realizacion de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, para la contratacion del Servicio de Riego por Cisterna; hasta por un monto referencial total de S/. 35,000.00 (Treinticinco Mil y 00/100 Nuevos Soles), financiados con la fuente de Otros Impuestos Municipales, por el periodo de un (1) mes, en tanto se convoque y culmine con el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva correspondiente. Articulo Tercero.- Disponer que el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, sera conducido por el Comite Especial que debera ser designado para tal efecto, conforme al Articulo 34º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM que aprueba el Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Articulo Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial y remitir MORDAZA del mismo y los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02634 ACUERDO DE CONCEJO Nº 012 Miraflores, 3 de febrero del 2004 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Miraflores, es un organo de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, con autonomia politica, economica y administrativa de acuerdo a lo dispuesto por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades; Que, en el mes de MORDAZA de 2003, se implemento en la Central de Seguridad Ciudadana como parte del Servicio de Asesoria en Comunicaciones, el uso de una plataforma tecnologica (Modulo de Seguridad Ciudadana), la cual permite recopilar, procesar y analizar la informacion proveniente de los vecinos y del equipo de seguridad de la Municipalidad, proporcionando informacion oportuna para la toma de decisiones; y, cuyos objetivos planteados al inicio fueron los de establecer un MORDAZA de comunicacion directo con el vecino que permita integrarlos a una red conjunta, haciendolos parte de la solucion del problema; asi como contribuir a mejorar la percepcion del vecino respecto al Sistema de Seguridad Ciudadana, estableciendo un protocolo de atencion que resalte su eficiencia, siendo el proposito principal, reducir notablemente los indices de delincuencia en el distrito de Miraflores; habiendo obtenido importantes resultados; Que, actualmente se cuenta con una base de datos representativa de las ocurrencias producidas en el distrito durante el ano 2003, segmentadas y zonificadas en mapas de riesgo, asi como clasificadas estadisticamente; asimismo, se ha previsto para el 2004, la implementacion y, en algunos casos, el desarrollo de modulos adicionales, bajo las mismas condiciones economicas con que se ha venido prestando el servicio; Que, los beneficios de esta nueva plataforma seran, entre otros, los de utilizar una tecnologia de inclusion que permitira disponer oportunamente del valor de la informacion; priorizar las acciones y optimizar los recursos de la Municipalidad, proporcionando informacion oportuna a las personas que toman decisiones; determinar diagnosticos de situacion, planeamiento de politica de seguridad y de acciones coordinadas directamente con otras instituciones; llevar un registro automatizado y verificable de la llamada del vecino, lo cual elevara los niveles de eficiencia en las acciones de seguridad y servicio al vecindario; reduccion de costos en equipos de alto rendimiento, infraestructura tecnologica y personal especializado necesarios para mantener este MORDAZA de aplicacion en optimo funcionamiento y de manera confiable, con sistemas de redundancia y escalable de acuerdo a los requerimientos de la Municipalidad; Que, mediante Informe Tecnico Nº 002-SGACO/MM, la Subgerencia de Control Operativo, VOXIVA SRL, es una empresa privada internacional que provee soluciones practicas, utilizando avanzada tecnologia de telefonia y de web; habiendo obtenido reconocimientos internacionales por proyectos que viene realizando con instituciones militares del Peru y de Estados Unidos de MORDAZA, que confirman el prestigio y la confiabilidad de su servicio y la responsabilidad que sus funcionarios adquieren cuando inician los proyectos;

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