Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2004 (09/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, lunes 9 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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supervisaran. Las bases tambien estableceran los criterios tecnicos y economicos que se tendran en cuenta para la designacion y contratacion. 19.2.- Concluida la labor de la empresa Supervisora, su desempeno sera evaluado por el Comite Permanente de la correspondiente Gerencia de Fiscalizacion. Dicha evaluacion se efectuara de acuerdo a los criterios que para el efecto establezca la Gerencia General y servira como base para las futuras contrataciones que se puedan realizar. 19.3.- En caso que OSINERG requiera la contratacion de personas juridicas, las personas naturales inscritas podran participar en el concurso constituyendo consorcios, asociaciones o cualquier otra forma societaria. Articulo 20º.- Resultados del MORDAZA de Seleccion El resultado del MORDAZA de seleccion sera comunicado a todas las partes que participaron del mismo y solo podra ser materia del recurso impugnativo de reconsideracion. Tambien sera publicado en la pagina Web de OSINERG. Capitulo IV Facultades, Obligaciones e Incompatibilidades de las Empresas Supervisoras Articulo 21º.- Facultades de las Empresas Supervisoras OSINERG, a traves de documento escrito emitido por cada Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente, podra otorgar a los supervisores las facultades que considere pertinentes para el ejercicio de sus funciones, de acuerdo al MORDAZA legal vigente y a las especificaciones tecnicas de su contrato, pudiendo considerar las siguientes: a) Realizar inspecciones, con o sin previa notificacion a las entidades supervisadas. b) Llevar a cabo los actos necesarios para obtener o reproducir impresos, fotocopias, facsimiles, planos, MORDAZA, dibujos, fotografias, radiografias, cintas cinematograficas, micro formas, tanto en la modalidad de microfilm como en la modalidad de soportes informaticos, y otras reproducciones de audio o video, la telematica en general y demas objetos que recojan, contengan o representen algun hecho, actividad humana o su resultado, que MORDAZA pertinentes con el objetivo de la supervision contratada. c) Exigir a las personas naturales o juridicas supervisadas la exhibicion o MORDAZA de documentos, incluyendo libros contables, facturas, recibos, comprobantes de pago, registros magneticos y en general todo lo necesario para su labor de supervision. d) Tomar MORDAZA de los archivos fisicos o magneticos, asi como de cualquier otro documento que sea necesario para los fines de la accion de supervision. e) Efectuar pruebas, analizar las caracteristicas de los equipos, revisar las instalaciones, y, en general, llevar a cabo cualquier diligencia que conlleve al cumplimiento del objeto de la accion supervisora. Las diligencias dentro de las instalaciones del supervisado estaran sujetas al cumplimiento de condiciones de seguridad, tales como el uso de implementos de seguridad y prevencion de riesgos, verificando la no existencia de condiciones sub estandar que los incrementen. f) Tomar y registrar declaraciones de las personas que puedan brindar informacion relevante sobre la supervision que se lleva cabo. g) Instalar equipos propios en las instalaciones de las Entidades Prestadoras para realizar monitoreos siempre que no dificulte la prestacion de los servicios involucrados. h) En el caso de los Supervisores Regionales, la Gerencia General podra delegar en ellos funciones de supervision general y fiscalizacion La presente enumeracion es meramente enunciativa y no taxativa. Articulo 22º.- Obligaciones de las Empresas Supervisoras Las empresas supervisoras tienen las siguientes obligaciones: a) Cumplir con realizar las acciones de supervision en forma oportuna cuando les MORDAZA requeridas por OSINERG.

b) Realizar la supervision con los profesionales calificados e inscritos en el Registro. c) Desempenar las acciones de supervision unicamente en los temas para las cuales ha sido designado. d) Realizar previamente a la supervision encomendada la revision exhaustiva de la documentacion de informacion relacionada con la unidad o instalacion a fiscalizar que se encuentra a disposicion en la autoridad encargada, en concordancia con el inciso c) precedente. e) Guardar reserva sobre la informacion obtenida en la supervision. f) Absolver dentro del plazo establecido, las observaciones y requerimientos que la autoridad encargada le formule sobre los informes de supervision. g) Identificarse ante quien lo solicite, presentando la credencial otorgada por OSINERG. h) Conservar los documentos, informes, material audiovisual, y notas relacionadas a la fiscalizacion, por lo menos durante tres (3) anos a partir de la fecha de MORDAZA del informe de supervision. En el caso que OSINERG proceda a la cancelacion de su Registro, deben entregar dicha documentacion a la Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente, dentro de las 72 horas de notificada la cancelacion, para su custodia. i) Entregar con el Informe de la Supervision Pre-operativa los documentos relacionados a esta. j) Actualizar permanentemente los datos generales contenidos en el Registro de Empresas Supervisoras, comunicando cualquier cambio a la Gerencia Legal de OSINERG dentro de los diez dias de haberse producido algun cambio. k) Disponer de equipos y demas instrumentos necesarios para el cumplimiento eficiente de las acciones de supervision. l) Las empresas deberan contar con los implementos de seguridad basicos al momento de realizar la labor de supervision. Articulo 23º.- Incompatibilidades de las empresas supervisoras A las Empresas Supervisoras y a los profesionales que las conformen le son aplicables las causales de abstencion establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 y las prohibiciones, incompatibilidades y responsabilidades de los funcionarios establecidos en el Reglamento General de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM o la MORDAZA que lo modifique. TITULO V DEL PROCEDIMENTO ADMINISTRATIVO DE SUPERVISION Articulo 24º.- Programa Anual de Supervision 24.1.- La Gerencia General de OSINERG, mediante resolucion y a propuesta de las Gerencias de Fiscalizacion encargadas de la Supervision o area equivalente, aprobara el "Programa Anual de Supervision" que deberan ejecutar las Empresas Supervisoras. 24.2.- El Programa Anual de Supervision debera contener: a.- Los elementos que se requiere para la ejecucion a realizarse para cada actividad que sera supervisada. b.- La indicacion MORDAZA y precisa de los objetivos y metas trazadas con la Supervision. c.- Otros que se consideren necesarios. d.- Cronograma base. Articulo 25º.- Asignaciones 25.1.- Designadas las Empresas Supervisoras para la ejecucion del Programa Anual de Supervision, la respectiva Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente procedera a asignarles las funciones a realizar y las actividades y empresas materia de supervision y, de ser el caso, realizar la debida MORDAZA, para que esta les brinde las facilidades que MORDAZA necesarias, bajo responsabilidad. 25.2.- En caso que las Empresas Supervisadas se negaran a brindar las facilidades, tales como: el ingreso a sus instalaciones, la entrega de informacion y las demas

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