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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G37/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 9 de febrero de 2004 des o actividades supervisadas o de cualquier otra obli- gación que se encuentre a cargo de las personas o activi-dades supervisadas y que sea materia de verificación porOSINERG. b) Supervisar el cumplimiento de las disposiciones nor- mativas y/o reguladoras dictadas por OSINERG en el ejer- cicio de sus funciones, así como la facultad de verificar el cumplimiento de cualquier mandato o resolución emitidapor OSINERG. c) Supervisar la estricta aplicación y observancia de las disposiciones técnicas y legales referidas a la conser-vación y protección del medio ambiente en los subsecto- res de electricidad e hidrocarburos. d) Supervisar los niveles de calidad, seguridad y efi- ciencia, definidos en la normatividad correspondiente, enla prestación del servicio público de electricidad y en losservicios de hidrocarburos, incluyendo las relaciones delas personas supervisadas con los usuarios y el cumpli- miento de las obligaciones de cobertura y expansión del servicio. e) Supervisar el cumplimiento de las demás disposicio- nes vinculadas a las materias de su competencia en lossub sectores de electricidad e hidrocarburos. TÍTULO III MODALIDADES DE SUPERVISIÓN Artículo 5º.- HIDROCARBUROS 5.1.- La supervisión puede ser:a) Supervisión Preoperativa b) Supervisión Operativa c) Supervisión de Plan de Abandono de Actividadesd) Supervisión Especial 5.2.- Supervisión Preoperativa es aquella supervisión que se realiza para obtener la conformidad del OSINERG sobre una instalación, unidad, sistemas o equipos con los que se va realizar actividades relacionadas al sub sectorHidrocarburos. 5.3.- Supervisión Operativa es aquella que se realiza a instalaciones o unidades que se encuentran autorizadas aoperar para determinar si conservan las características establecidas por la normatividad vigente del subsector hi- drocarburos. 5.4.- Supervisión de Plan de Abandono de Actividades son aquellas que determinan si el abandono de una insta-lación o unidad se ha realizado de conformidad con la nor-matividad vigente. 5.5.- Supervisión Especial es aquella que se realiza con fines específicos, destinada a comprobar si ciertas carac-terísticas de la operación, instalación o equipamiento tie-nen las condiciones requeridas por las normas, o que lasacciones efectuadas se han realizado correctamente, asícomo hechos circunstanciales como: a) Informalidad. b) Accidentes : incendios, explosiones, accidentes in- dustriales, etc. c) Contaminación de cuerpos receptores por derrames, emisiones, etc. d) Denuncias El presente listado es enunciativo y no taxativo.Artículo 6º.- ELECTRICIDAD 6.1.- La supervisión puede ser: a) Supervisión Regular b) Supervisón Especial 6.2.- La supervisión Regular es aquella que se realiza a instalaciones o unidades que se encuentran autorizadas a operar y a concesionarias para determinar si conservanlas características que les permiten una operación de acuer-do a lo dispuesto por la normatividad vigente del subsectorelectricidad. 6.3.- La Supervisión Especial es aquella que se realiza con fines específicos o circunstanciales, determinados a comprobar si ciertas características de la operación, insta-lación, equipamiento o comercialización de la energía eléc-trica tienen las condiciones requeridas por las normas o asupervisar que las acciones efectuadas se han realizado correctamente. TÍTULO IV CAPÍTULO I DE LOS SUPERVISORES Artículo 7º.- Supervisores OSINERG realizará las acciones de supervisión a tra- vés de Supervisores que podrán ser personal de OSINERGo de Empresas Supervisoras, contratados al amparo de la Ley de Creación de OSINERG - Ley Nº 26734, la Ley de Fortalecimiento Institucional de OSINERG Nº 27699 y elReglamento General de OSINERG. CAPÍTULO II EMPRESAS SUPERVISORAS Naturaleza y Ámbito de Aplicación de las Empresas Supervisoras Artículo 8º.- Naturaleza y Fines Las Empresas Supervisoras se encuentran facultadas para ejercer la función supervisora por encargo de OSI- NERG, conforme a lo señalado en el artículo 4º y siguien- tes del presente Reglamento y a lo indicado en el Regla-mento General de OSINERG. El ámbito de dicha supervi-són se circunscribirá a las actividades dentro de la compe-tencia de OSINERG y se realizará con sujeción a las Di-rectivas emanadas de las Gerencias de Fiscalización o área equivalente correspondiente. Artículo 9º.- Ámbito de aplicación Las disposiciones del presente Capítulo se aplican a las personas naturales o jurídicas que se encuentran inscritasen el Registro de Empresas Supervisoras de OSINERG. Artículo 10º.- Características del Contrato de Super- visión Los Contratos de Supervisión tendrán las siguientes ca- racterísticas: 10.1.- La contratación de Supervisores, se realizará en forma directa con las personas naturales o jurídicas inscri-tas en el Registro de Empresas Supervisoras de OSINERG.Los contratos podrán ser anuales. Sólo podrán ser contra-tados como Empresas Supervisores, aquellas que se en-cuentren habilitadas en el Registro de Empresas Supervi- soras de OSINERG. 10.2.- Las personas naturales o jurídicas contratadas para realizar la Supervisión por cuenta de OSINERG nopodrán prestar ningún tipo de asesoría, consultoría ni rea-lizar labores directas ni indirectas para entidades supervi-sadas, durante el plazo que dure su contrato. 10.3.- La resolución de contratos por reducción en los programas de supervisión, bajo rendimiento del supervi-sor u otras causas diferentes de la imposición de sancio-nes, serán comunicadas a los contratados con un mes deanticipación a la fecha de resolución. 10.4.- La Gerencia General de OSINERG, a propuesta de las Gerencias de Fiscalización, dispondrá la contrata- ción, por cuenta de los Supervisores, de las pólizas deseguros que cubran los diversos riesgos a los que esténexpuestos en el desarrollo de sus funciones. Artículo 11º.- Confidencialidad Las Empresas Supervisoras en el cumplimiento de su función deberán actuar guardando absoluta confidenciali-dad y objetividad. Esta obligación permanece vigente aúndespués del vencimiento de sus contratos. El incumplimien-to de esta obligación conlleva la imposición de la corres-pondiente sanción administrativa, sin perjuicio de las res- ponsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar. Capítulo III Inscripción en el Registro Artículo 12º.- Acceso al Registro de Empresas Su- pervisoras 12.1.- El acceso al Registro de Empresas Superviso- ras será permanente y abierto y la inscripción en él será