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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (23/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G33/G30/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de febrero de 2004 la aprobación de los inf ormes de actividad técnicos y fi- nancieros , semestr ales y an uales. Estos informes serán completados por el presupuesto aproximado de las activi- dades que deberán ser realizadas durante el semestre si- guiente. 5.3. Duración y sede del Programa El Programa tendrá una duración de 6 años a partir de la constitución de la Unidad de Gestión. La sede del Programa será la ciudad de Pucallpa. Se instalarán oficinas operativas descentralizadas en los cen- tros urbanos de Ciudad Constitución, Puerto Inca, Codo del Pozuzo e Iscozacín. El conjunto del personal residirá de manera permanen- te en su lugar de trabajo, de acuerdo con los términos de referencia de cada puesto fijados por la codirección. 5.4. Otras modalidades de ejecución a. Tipo de cambio Para la transferencia de fondos necesarios para los gastos locales, el tipo de cambio será el aplicado por el banco a la operación de cambio en la fecha de esta tran- sacción. En lo que se refiere a los reembolsos, la conversión de otras monedas en EUROs se efectuará sobre la base del tipo de cambio publicado en el suplemento del Diario Ofi-cial de las Comunidades Europeas posterior al décimo día del mes en el cual se efectuaron los gastos. Para las divisas no publicadas en el Diario Oficial, las conversiones se harán según los tipos de cambio publica- dos en el "Financial Times" el primer martes del mes en cuestión. b. Contabilidad Todos los gastos cubiertos por la contribución comuni- taria deberán ser justificados por medio de facturas, reci- bos, estados de cuentas bancarios y auditorías de cuen-tas. Estos justificantes, así como los libros contables, se guardarán durante un período de cinco años después del final del Programa. En los libros contables del Programa, se aplicará el sis- tema de doble entrada y se indicarán tanto los ingresos como cada gastos efectuados. Los resultados contables de estoslibros deberán presentarse en un libro contable general del Programa donde los intereses producidos por las cuentas bancarias del Programa serán objeto de una rúbrica conta-ble separada. La Comisión exige la aplicación de los crite- rios mínimos del sistema de contabilidad analítico. c. Modalidades de desembolso Sobre la base de los presupuestos definidos en cada Plan Operativo Anual y de los Estados por adelantado pre- sentados en los informes periódicos, y a la solicitud de la Unidad de Gestión, la Comisión podrá autorizar transferen-cias de fondo a su cargo a la cuenta bancaria del Programa. Para facilitar el arranque del Programa, a petición de la Unidad de Gestión, antes de la presentación del Plan Ope-rativo General y del primer Plan Operativo Anual, pero bajo condición de la presentación previa de un plan provisional que abarcará los primeros meses de actividad, la Comisiónpodrá autorizar la transferencia a la cuenta central del Pro- grama de un importe que podrá ascender al 20% del total de los gastos locales hasta un máximo de 200.000 EUROs. Los pagos según el primer anticipo solicitado con el primer Plan Operativo Anual se efectuarán a continuación previa presentación de una certificación efectuada por unaauditoría de los importes utilizados. La empresas de con- trol será contratada por la Unidad de Gestión después de acuerdo de las autoridades tutelares. d. Modalidades de licitación Los bienes y los servicios prestados al Programa so- bre la base de la contribución de la Comunidad Europeadeben ser originarios de los países de la Unión Europea o la Comunidad Andina. La adquisición de los mismos bienes y servicios a car- go de los fondos de la cooperación financiera y técnica de la Comunidad Europea se efectuará por medio de licitacio-nes internacionales abiertas en igualdad de condiciones, a todas las personas físicas o jurídicas de estos países. Sin embargo, en función de las necesidades, características yel importe debidamente justificados, la Comunidad Euro- pea podrá autorizar licitaciones locales y/o consultas res- tringidas. En estas licitaciones internacionales, el expedien-te de licitación, la publicación y la adjudicación deberán recibir la aprobación deliberada de la Comunidad Europea. Los codirectores firmarán los contratos de equipamien- tos e infraestructuras que resultarán de licitaciones inter- nacionales, pero la Comisión efectuará los pagos directa- mente sobre la base de justificantes emitidos por la Unidadde Gestión (actos de recepción o aceptación). El conjunto de los bienes y equipos, suministros loca- les, infraestructura, material y factores de producción se-rán de propiedad del Programa hasta su final y no podrán destinarse a ninguna otra tarea que no esté directamente en relación con la ejecución del presente Programa. e. Visibilidad comunitaria Se concederá una importancia máxima a esta función en las manifestaciones, acontecimientos y actos públicos organizados en el marco del presente Programa, así comoen la realización de todos los documentos con carácter público u oficial en relación con el mismo. Las realizacio- nes físicas, los equipamientos y la documentación utiliza-dos en la realización de las acciones deberán claramente llevar el símbolo europeo (bandera azul con 12 estrellas amarillas) en la lengua oficial de los beneficiarios. Cuandoproceda, el símbolo que identifica a la Comunidad estará de la misma dimensión que el de los organismos partici- pantes. Con el fin de garantizar a la cooperación desarrollada por la Comunidad Europea la máxima visibilidad, se lanza- rán, a cargo del Programa, acciones de relaciones públi-cas y publicidad para hacer conocer y desarrollar el Pro- grama. Se concertarán todas estas acciones en estrecha cola- boración con la Delegación de la Comisión. 6. Medidas a aplicar6.1 Aplicación de los distintos componentes Algunos operadores locales realizarán los componen- tes indicados a los apartados 3.3, 3.5, 3.6 y 3.7 (activida- des productivas, desarrollo comunitario, acceso al merca-do y promoción femenina) propuestas por la Codirección y seleccionadas sobre la base de su competencia, experien- cia y capacidad de ejecución. Los contratos de estos operadores respetarán los pro- cedimientos vigentes en el país. La comisión aprobará la escala de salarios.Los componentes indicados a los apartados 3.1 y 3.2 (estudios, infraestructuras) se realizarán a través de licita- ciones o directamente por la propia administración. La aplicación del fondo de crédito se hará de acuerdo con las modalidades descritas en el apartado 3.4. 6.2. Las medidas humanas a. La asistencia técnica europeaSe estima en 305 H/M, e incluirá: - un codirector/a europeo/a (60 H/M). Será responsa- ble, con su homólogo nacional, de la ejecución del conjun- to del Programa. - un director para el Departamento Administración (60 H/M). - un director para el Departamento Infraestructuras (60 H/M). - un zootécnico (50 H/M)