Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2004 (23/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, lunes 23 de febrero de 2004

A tal, efecto el CONACS en representacion del Estado, cedera el uso de la MORDAZA VICUNA - PERU y/o VICUNA PERU ARTESANIA o la autorizada por los convenios internacionales a un plazo determinado, a las empresas transformadoras y comercializadoras de productos de vicuna, a que se contrae el parrafo precedente, mediante convenio especifico y debidamente aprobado por Resolucion Ministerial del Sector Agricultura". "Articulo 31º.- Del acopio de fibra de camelidos sudamericanos silvestres Las comunidades campesinas y otras personas juridicas de origen comunal titulares del manejo de camelidos sudamericanos silvestres seran las encargadas del acopio de la produccion de fibra, obtenida para su registro y posterior transformacion y comercializacion. Para el acopio de fibra de vicuna, se estableceran por cuenta de las comunidades campesinas centros de acopio, los cuales deberan ser debidamente autorizados y supervisados por el CONACS". "Articulo 32º.- De la gestion para la transformacion y comercializacion Los procesos de transformacion de fibra y comercializacion de telas y productos de vicuna seran gestionados directamente por las comunidades campesinas u otras personas juridicas de origen comunal titulares del manejo de camelidos sudamericanos silvestres, o a traves de las organizaciones regionales representativas de las comunidades campesinas y otras personas juridicas de origen comunal, titulares del manejo de camelidos sudamericanos silvestres, bajo la supervision del CONACS y el INRENA". "Articulo 33º.- De la Comercializacion conjunta La comercializacion de toda la produccion de la fibra de vicuna registrada a nivel nacional podra efectuarse en un solo acto mediante los mecanismos aprobados por las comunidades campesinas y otras personas juridicas de origen comunal, titulares del manejo de camelidos sudamericanos silvestres. El MORDAZA de comercializacion debera ser supervisado hasta su culminacion por el CONACS e INRENA, respectivamente". "Articulo 34º.- De la comercializacion conjunta a nivel del convenio MORDAZA de la vicuna En el caso de comercializacion conjunta entre los paises signatarios autorizados al comercio internacional de fibra de vicuna y sus derivados, los productores peruanos deberan designar a sus representantes, quienes integraran la Parte peruana a efecto de la elaboracion de las bases tecnicas para la transformacion y comercializacion prevista por la Resolucion Nº 24E del Convenio para la Conservacion y Manejo de la Vicuna". Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de febrero del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 03733

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 093-2002-MINCETUR/DM, de fecha 19 de octubre de 2002, se designo a MORDAZA ROSSANA MORDAZA MORDAZA, como Directora Nacional de Descentralizacion de Comercio y Cultura Exportadora del Viceministerio de Comercio Exterior, cargo al cual ha formulado renuncia; Que, en consecuencia es necesario aceptar la renuncia al cargo que ha venido desempenando la citada funcionaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por MORDAZA ROSSANA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Directora Nacional de Descentralizacion y Cultura Exportadora del Viceministerio de Comercio Exterior, con efectividad al 31 de enero del presente ano, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA MATHEWS MORDAZA, Director Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, las funciones correspondientes a la Direccion Nacional de Descentralizacion de Comercio y Cultura Exportadora, con retroactividad al 1 de febrero de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 03686

Designan Director Ejecutivo del Proyecto Turistico Cultural Chavin
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-2004-MINCETUR/DM MORDAZA, 20 de febrero de 2004 Visto el Oficio Nº 1514-2003-INC/DN, del Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura - INC; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA Spissu, ha formulado renuncia al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Turistico Cultural Chavin, para el que fuera designado mediante Resolucion Ministerial Nº 255-2003-MINCETUR; Proyecto que el MINCETUR lleva a cabo en el departamento de MORDAZA, con apoyo de Fundacion Telefonica; Que, es necesario aceptar dicha renuncia y designar al funcionario que ocupara el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; De acuerdo con la propuesta formulada mediante el documento del Visto; SE RESUELVE:

MINCETUR
Encargan funciones de Director Nacional de la Direccion Nacional de Descentralizacion de Comercio y Cultura Exportadora
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-2004-MINCETUR-DM MORDAZA, 20 de febrero de 2004

Articulo 1º.- Aceptar la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA Spissu, al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Turistico Cultural Chavin, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director Ejecutivo del Proyecto Turistico Cultural Chavin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 03687

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