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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (23/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G33/G30/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de febrero de 2004 A tal, efecto el CONACS en representación del Estado, cede- rá el uso de la marca VICUÑA - PERÚ y/o VICUÑA PERÚ -ARTESANÍA o la autorizada por los convenios internacionales a un plazo determinado, a las empresas transformadoras y comercializadoras de productos de vicuña, a que se contrae elpárrafo precedente, mediante convenio específico y debidamente aprobado por Resolución Ministerial del Sector Agricultura". "Artículo 31º.- Del acopio de fibra de camélidos sud- americanos silvestres Las comunidades campesinas y otras personas jurídi- cas de origen comunal titulares del manejo de camélidossudamericanos silvestres serán las encargadas del aco- pio de la producción de fibra, obtenida para su registro y posterior transformación y comercialización. Para el acopio de fibra de vicuña, se establecerán por cuenta de las comunidades campesinas centros de aco-pio, los cuales deberán ser debidamente autorizados y su- pervisados por el CONACS". "Artículo 32º.- De la gestión para la transformación y comercialización Los procesos de transformación de fibra y comerciali- zación de telas y productos de vicuña serán gestionadosdirectamente por las comunidades campesinas u otras personas jurídicas de origen comunal titulares del manejo de camélidos sudamericanos silvestres, o a través de lasorganizaciones regionales representativas de las comuni- dades campesinas y otras personas jurídicas de origen comunal, titulares del manejo de camélidos sudamericanossilvestres, bajo la supervisión del CONACS y el INRENA". "Artículo 33º.- De la Comercialización conjunta La comercialización de toda la producción de la fibra de vicu- ña registrada a nivel nacional podrá efectuarse en un solo acto mediante los mecanismos aprobados por las comunidades cam- pesinas y otras personas jurídicas de origen comunal, titularesdel manejo de camélidos sudamericanos silvestres. El proceso de comercialización deberá ser supervisado hasta su culmina- ción por el CONACS e INRENA, respectivamente". "Artículo 34º.- De la comercialización conjunta a nivel del convenio andino de la vicuña En el caso de comercialización conjunta entre los países sig- natarios autorizados al comercio internacional de fibra de vicuña y sus derivados, los productores peruanos deberán designar a sus representantes, quienes integrarán la Parte peruana a efectode la elaboración de las bases técnicas para la transformación y comercialización prevista por la Resolución Nº 24E del Convenio para la Conservación y Manejo de la Vicuña". Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 03733 MINCETUR /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G79/G20/G43/G75/G6C/G2D /G74/G75/G72/G61/G20/G45/G78/G70/G6F/G72/G74/G61/G64/G6F/G72/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2004-MINCETUR-DM Lima, 20 de febrero de 2004CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 093-2002-MIN- CETUR/DM, de fecha 19 de octubre de 2002, se designó a doña ROSSANA MONTERO SANTOS, como DirectoraNacional de Descentralización de Comercio y Cultura Ex- portadora del Viceministerio de Comercio Exterior, cargo al cual ha formulado renuncia; Que, en consecuencia es necesario aceptar la renun- cia al cargo que ha venido desempeñando la citada funcionaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comer- cio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado median-te Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por doña ROS- SANA MONTERO SANTOS, al cargo de Directora Nacional de Descentralización y Cultura Exportadora del Viceministerio deComercio Exterior, con efectividad al 31 de enero del presente año, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar al señor JUAN CARLOS MA- THEWS SALAZAR, Director Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exte- rior, las funciones correspondientes a la Dirección Nacio-nal de Descentralización de Comercio y Cultura Exporta- dora, con retroactividad al 1 de febrero de 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 03686 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G2D /G74/G6F/G20/G54/G75/G72/GED/G73/G74/G69/G63/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G43/G68/G61/G76/GED/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2004-MINCETUR/DM Lima, 20 de febrero de 2004 Visto el Oficio Nº 1514-2003-INC/DN, del Director Na- cional del Instituto Nacional de Cultura - INC; CONSIDERANDO: Que, el señor Víctor Pimentel Spissu, ha formulado re- nuncia al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto TurísticoCultural Chavín, para el que fuera designado mediante Resolución Ministerial Nº 255-2003-MINCETUR; Proyecto que el MINCETUR lleva a cabo en el departamento deAncash, con apoyo de Fundación Telefónica; Que, es necesario aceptar dicha renuncia y designar al funcionario que ocupará el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comer- cio Exterior y Turismo y Ley Nº 27594 - Ley que regula laparticipación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; De acuerdo con la propuesta formulada mediante el documento del Visto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del señor Víctor Pi- mentel Spissu, al cargo de Director Ejecutivo del ProyectoTurístico Cultural Chavín, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Nemesio Benjamín Morales Arnao, como Director Ejecutivo del Proyecto Tu- rístico Cultural Chavín. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 03687