Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2004 (02/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 271628
Nº Registro Nombre comercial

NORMAS LEGALES
Elaborador Procedencia
(HOLANDA) REINO UNIDO ALEMANIA PERU USA PAISES BAJOS (HOLANDA) VENEZUELA

MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2004
Importador Fecha de registro
24/05/2004 24/05/2004 24/05/2004 24/05/2004 25/05/2004 25/05/2004

F0101I0476 F1601I0089 F0304N121 A0105I133 B01101I155 F0320I0770

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Sanidad Animal 12319

DEFENSA
Modifican articulos del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por D.S. Nº 002-2004-DE/SG
DECRETO SUPREMO Nº 008-2004-DE/SG CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, se aprobo el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, es conveniente reducir y estandarizar los conceptos contemplados como gastos de traslado para el Personal Militar y Civil que es nombrado en Mision de Estudios y Comision de Servicio, con la finalidad de adecuarlos a las medidas de austeridad y racionalizacion en el gasto publico adoptadas por el Gobierno, siendo necesario modificar el citado Reglamento de Viajes; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Disposicion modificatoria Modificar los articulos 7º inciso (c) y 10º inciso (c) del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, de acuerdo a la redaccion siguiente: "Articulo 7º.- Autorizacion en Mision de Estudios c) Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero. Cuando la Mision de Estudios sea igual o mayor a 30 dias calendario, se abonara la compensacion extraordinaria establecida en el literal B) del anexo del presente Reglamento. Asimismo, cuando la Mision de Estudios dure entre NUEVE (9) meses y UN (1) ano, le correspondera al Titular, dos compensaciones extraordinarias por servicio en el extranjero, que comprende los gastos por equipaje, bagaje e instalacion. El pago de esta compensacion se efectuara de acuerdo a lo establecido en el literal B) del anexo del presente Reglamento." "Articulo 10º.- Autorizacion en Comision de Servicio c) Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero. Cuando la Comision de Servicio sea igual o mayor a 30 dias calendario, se abonara la compensacion extraordinaria establecida en el literal B) del anexo del presente Reglamento. Asimismo, cuando la Comision de Servicio dure entre NUEVE (9) meses y UN (1) ano, le correspondera al Titular, dos compensaciones extraordinarias por servicio en el extranjero, que comprende los gastos por equipaje, bagaje e instalacion. El pago de esta compensacion se efectuara de acuerdo a lo establecido en el literal B) del anexo del presente Reglamento."

Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 12410

Nombran a oficial EP para prestar servicios como Adjunto al Agregado Militar a la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 265-2004-DE/EP
MORDAZA, 30 de junio de 2004 Visto la Hoja de Recomendacion Nº 020-2004/DP/SDAPE/INF-6 de fecha 20 de MORDAZA del 2004, de la Direccion de Personal del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la designacion del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que preste servicios como Adjunto al Agregado Militar a la Embajada del Peru en la Republica MORDAZA, del 1 de MORDAZA al 31 de diciembre del 2004; Que, la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, y Ley Nº 28128, regulan la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; asi mismo el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero del 2004, regula los conceptos que se abonan al personal militar y civil de las Fuerzas Armadas que viajan al exterior en Mision Diplomatica; y, Estando a lo opinado por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP Nº 110749600, para que preste servicios como Adjunto al Agregado Militar a la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA, a partir del 1 de MORDAZA al 31 de diciembre del 2004. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Lima-Buenos Aires-Lima: US$ 860.00 X 1 persona. Gastos de Traslado (Equipaje, bagaje y gastos de instalacion) Ida. US$ 6,300.00 X 1 persona.

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