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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2004 (02/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G36/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de julio de 2004 Washington D.C., del 7 al 10 de julio de 2004, conformada por los siguientes funcionarios: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Jorge Dante Federico Chávez Soto, Asesor del señor Mi-nistro. - Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República, Marisol Agüero Colunga. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución, serán cubiertos concargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un pla-zo no mayor de quince (15) días al término de la referidacomisión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Tarifa aeropuerto US$ US$ US$ Jorge Dante Federico Chávez Soto 987.62 1,100.00 28.00 Marisol Agüero Colunga 987.62 1,100.00 28.00 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días ca- lendario siguientes al término de la citada comisión, losmencionados funcionarios deberán presentar ante el se-ñor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de lasacciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 12395 /G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G20/G45/G63/G6F/G6E/GF3/G2D /G6D/G69/G63/G6F/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G4D/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G44/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G61/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0499-2004-RE Lima, 1 de julio de 2004 CONSIDERANDO:Que es de interés nacional la promoción de las exporta- ciones y del turismo, así como la captación de las inversionesextranjeras, como medios necesarios para fomentar el desa-rrollo económico y social y la superación de la pobreza; Que la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exterio- res, Decreto Ley Nº 26112, de fecha 29 de diciembre de 1992,en los incisos e) y m) del artículo 5º se dispone que es funcióndel Ministerio de Relaciones Exteriores proteger, cautelar ypromover los intereses del Estado y de los nacionales en elexterior y nombrar a todas las personas que deban desempe-ñar funciones oficiales en el extranjero, respectivamente; Que el inciso m) del artículo 9º de la Ley del Servicio Diplomático de la República, Ley Nº 28091, establece quees deber y obligación de los funcionarios diplomáticos elpromover y consolidar la presencia de la oferta de produc-tos y servicios peruanos en los mercados internacionales; Que el inciso d) del artículo 2º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República señala que los fun-cionarios diplomáticos tienen entre sus funciones el promovery cautelar los derechos e intereses económicos y comercia-les del Perú en el exterior; y que, del mismo modo, el inciso m)del artículo 21º de dicho Reglamento establece que son debe-res y obligaciones de los funcionarios del Servicio Diplomáti-co promover y consolidar la presencia de la oferta de produc-tos y servicios peruanos en los mercados internacionales; Que el Reglamento Consular, aprobado por Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, del 17 de enero de 1979, modifi-cado por Decreto Supremo Nº 045-2002-RE del 26 de abrilde 2002, dispone en su artículo 403 que la promoción eco-nómica constituye acción fundamental de los funcionariosconsulares y es intrínseca a su misión, por lo que estánobligados a fomentar el comercio nacional de exportacióny a procurar la captación de capitales y tecnología que con-tribuyan a la política nacional de desarrollo; Que el artículo 5º de la Ley del Servicio Diplomático de la República dispone que sus miembros reciben unaformación y especialización en diversas áreas, entre lasque se encuentra el campo económico y comercial; asi- mismo, el artículo 6º de dicha Ley establece que el Es-tado asegura la capacitación y perfeccionamiento de losmiembros del Servicio Diplomático para el mejor des-empeño de sus funciones de acuerdo con los requeri-mientos de la política exterior del Estado y su gestiónexterna; Que una de las prioridades de la política exterior es la de ejecutar una activa diplomacia económica que tiene enla promoción de exportaciones, inversiones y el turismometas esenciales; Que es indispensable organizar el trabajo de promo- ción económica de los consulados y embajadas en fun-ción de una estrategia que permita una permanente evalua-ción del rendimiento de las oficinas en el exterior en fun-ción de los resultados; Que en una visión integrada de la gestión de las relacio- nes económicas exteriores es indispensable que la Canci-llería ejecute sus políticas de promoción de las exportacio-nes, las inversiones y el turismo con una activa presenciay participación del sector privado, particularmente las em-presas exportadoras, así como en estrecha coordinacióncon PROMPEX, PROMPERÚ, el Viceministerio de Turis-mo y PROINVERSIÓN; De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y el artículo2º de su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asignarles las funciones de Conse- jero Económico Comercial a los siguientes funcionariosdiplomáticos en las Misiones Diplomáticas y Consularesen las que actualmente prestan servicios: - Ministro Carlos César Alberto Gonzáles Elías, en la Embajada del Perú en Serbia y Montenegro. - Ministro Gustavo Adolfo Peña Chamot, en la Embaja- da del Perú en la República Árabe de Egipto. - Ministro Consejero Carlos Francisco Bernardo Gar- cía-Yrigoyen, en la Embajada del Perú en Malasia. - Ministra Consejera Ruth Jeanet Saif de Préperier, en el Consulado General del Perú en Frankfurt. - Ministro Consejero Agustín Francisco de Madalengoi- tia Gutiérrez, en la Embajada del Perú en Nueva Zelanda. - Ministro Consejero Gustavo Felipe José Lembcke Hoyle, en la Embajada del Perú en la República de Corea. - Ministro Consejero Oscar Guillermo Barrenechea Núñez Del Arco, en la Embajada del Perú en la Repúblicade El Salvador. - Ministro Consejero Tomas Carril Romero, en la Embaja- da del Perú en la República de Nicaragua. - Ministro Consejero Felix Germán Vásquez Solís, en la Embajada del Perú en la República de Cuba. - Ministro Consejero Octavio Guillermo Vizcarra Pache- co, en la Embajada del Perú en la Santa Sede. - Ministro Consejero Eduardo Carlos Reusche Lummis, en la Embajada del Perú en la República de Colombia. - Ministro Consejero Carlos Daniel Chávez-Taffur Sch- midt, en la Embajada del Perú en Canadá. - Consejero Jaime Enrique Burgos Morales, en la Emba- jada del Perú en el Reino de los Países Bajos. - Consejero Jesús Raúl Ponce Bravo, en la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica. - Consejero Luis Alberto Campana Boluarte, en la Emba- jada del Perú en el Reino de España. - Consejero Javier Antonio Cuadros Gallegos, en el Consulado General del Perú en Vancouver. - Consejera María del Pilar Castro Barreda, en el Consu- lado General del Perú en Turín. - Consejero Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, en la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América. - Consejero Pablo Enrique Jesús Albarracín Borda en la Embajada del Perú en la República Helénica. - Consejera Roxana Castro de Bollig, en el Consulado General del Perú en Hamburgo. - Consejero Augusto Clemente Soto Moreno en la Emba- jada del Perú en República de Paraguay. - Consejero Javier Raúl Martín Yépez Verdeguer, en la Embajada del Perú en la República Bolivariana de Vene-zuela. - Consejero Pablo Antonio Cisneros Andrade, en la Embajada del Perú en la República Italiana. - Consejero Luis Chang Boldrini, en la Embajada del Perú en la República de Sudáfrica. - Primer Secretario Jorge Ismael León Collantes, en el Consulado General del Perú en Milán.