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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G36/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de julio de 2004 INTERIOR /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 271-2004-IN-1501 Lima, 1 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Prefecto en el departamento de Puno, cargo considerado de confianza; De conformidad con el artículo 1º inciso 11), de la Ley Nº 27594, de fecha 13 de diciembre del 2001 y lo dispues-to en el artículo 24º del Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a don José Arcangel MENGOA SALCEDO, en el cargo pú-blico de confianza de Prefecto en el departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 12416 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G31/G35/G35/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G49/G4E/G2C /G71/G75/G65/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/GF3/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G76/G69/G64/G65/G6F/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G70/G72/G65/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G6C/G75/G2D /G63/G68/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G74/G72/GE1/G66/G69/G63/G6F/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G72/G6F/G67/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1164-2004-IN Lima, 1 de julio del 2004 VISTA, la Carta de fecha 1 de julio de 2004 remitida por el señor Alejandro Guerrero, en su calidad de DirectorGerente de la Empresa Producciones Alcaraván S.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1155-2004- IN, de fecha 28 de junio del 2004, publicada en el DiarioOficial El Peruano el 30 de junio del presente año, se exo-neró al Ministerio del Interior del proceso de selección co-rrespondiente para la contratación de los servicios espe-cializados del señor Alejandro Guerrero, para la elabora-ción de un video documental para la prevención y luchacontra el tráfico ilícito de drogas, así como, para la elabo-ración de spots informativos de radio y televisión; Que, dicha exoneración se sustentó en el literal h) del ar- tículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el Decre-to Supremo Nº 012-2001-PCM, y el artículo 111º de su Re-glamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, los cuales establecen la exoneración del respectivoproceso de selección, respecto de los contratos de locaciónde servicios celebrados con personas naturales o jurídicascuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta comorequisito esencial a la persona del locador, ya sea por suscaracterísticas inherentes, particulares o especiales o por sudeterminada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, mediante Carta de fecha 1 de julio de 2004, el señor Alejandro Guerrero, ha puesto en conocimiento delMinisterio del Interior su imposibilidad de cumplir con elencargo de realizar el video documental antes referido,debido a motivos personales; Que, asimismo, el contrato que debía celebrarse con el señor Alejandro Guerrero, sobre la base de la exoneraciónautorizada mediante la Resolución Ministerial Nº 1155-2004-IN, hubiera sido uno de naturaleza personalísima, porlo que la imposibilidad manifestada por el señor AlejandroGuerrero torna imposible también la celebración el contra-to respectivo;Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado señala que el Titular del Pliegopuede declarar de oficio la nulidad del proceso de selección si sepresenta alguna de las causales establecidas en el artículo 57ºde dicha Ley, hasta antes de la celebración del contrato; Que, en este orden de ideas, es aplicable el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, en el que se establece que laimposibilidad jurídica es causal de nulidad de los actosadministrativos expedidos por las Entidades; Estando a la visación de la Oficina General de Aseso- ría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar NULA y sin efecto la Resolución Ministerial Nº 1155-2004-IN, de fecha 28 de junio de 2004, pu-blicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de junio del presen-te año, mediante la cual se exoneró al Ministerio del Interior delproceso de selección correspondiente para la contratación delos servicios especializados del señor Alejandro Guerrero, parala elaboración de un video documental para la prevención y lu-cha contra el tráfico ilícito de drogas, así como, para la elabora-ción de spots informativos de radio y televisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 12412 JUSTICIA /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 290-2004-JUS Lima, 1 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 206-2002-JUS, de fecha 13 de junio de 2002, se designó al señor abogadoJUAN FELIPE GUILLERMO ISASI CAYO, como DirectorNacional, Nivel F-6, de la Dirección Nacional de AsuntosJurídicos del Ministerio de Justicia; Que el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25993 y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renun- cia formulada por el señor abogado JUAN FELIPE GUI-LLERMO ISASI CAYO, al cargo de Director Nacional, Ni-vel F-6, de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos delMinisterio de Justicia, dándosele las gracias por los impor-tantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 12369 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2004-JUS Lima, 1 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Director Nacio- nal, Nivel F-6, de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídi-cos del Ministerio de Justicia; Que es necesario designar al funcionario que desem- peñe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25993 y la Ley Nº 27594;