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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G32/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de julio de 2004 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G45/G4E/G41/G50/G55/G20/G53/G2E/G41/G2E FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 001-2004/012-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, apro- bado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas mo- dificatorias, la designación de los Directores de las empre- sas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de dicha Empresa, asimismo la designación deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionis- tas; Se comunica que, por Acuerdo de Directorio de FONA- FE Nº 001-2004/012-FONAFE, de fecha 23 de julio de 2004, se ha designado como miembros del directorio de la Em- presa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., a las per- sonas que se señala a continuación: NOMBRE CARGO SECTOR QUE EN REEMPLAZO DE PROPONE JORGE ANDUJAR GORRI TI DIRECTOR MTC WALTER GAGO RODRIGUEZ GUILLERMO ALEJANDRO RAFFO DIRECTOR MTC JU AN CARLOS CICALA IBARRA COLLAZOS SALVADOR CARMONA DIRECTOR MEF CARLOS CASAS BERNASCONI TRAGODARA HILDA SANDOVAL CORNEJO Directora Ejecutiva 13888 OSIPTEL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G6F/G67/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G54/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 100-2004-PD/OSIPTEL Lima, 21 de julio del 2004 MATERIA : Participación de la Dra. María Margarita Arellano Arellano, Abogado II, en el Curso Presencial: Regulación en Telecomunica- ciones, organizado por la Oficina Regional para las Américas de la Unión Internacio- nal de Telecomunicaciones en la ciudad de Brasilia, del 2 de agosto al 3 de septiem- bre de 2004. VISTA:El oficio de invitación BDT/RO/F/252/04 cursado al Or- ganismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomu- nicaciones (OSIPTEL), por el Jefe de la Oficina Regional de la UIT para las Américas, para que participe en el Cur- so Presencial "Regulación en Telecomunicaciones" orga- nizado por la Oficina Regional de la UIT para las Américas. El curso se desarrollará en Brasilia, Brasil, del 2 de agosto al 3 de septiembre de 2004. CONSIDERANDO: Que, es importante la participación de OSIPTEL en el referido curso por cuanto se está en permanente coordi- nación en materia de telecomunicaciones en los procesos de negociación en los que participa el Estado Peruano; Que, es de interés institucional la participación de la doctora María Margarita Arellano Arellano, Abogado II de la Gerencia Legal, en el evento mencionado;Que, la Oficina Regional de la UIT para las Américas ha concedido una beca integral a la Dra. María Margarita Arellano Arellano, para su participación en el referido evento; Que, la asistencia al evento de la mencionada funcio- naria no generará gasto alguno al Estado Peruano, por cuanto los gastos ocasionados por pasajes aéreos y viáti- cos serán cubiertos por la UIT; Que, de conformidad con el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el artículo 17º de la Directi- va Nº 004-2004-EF/76.01, aprobada por Resolución Direc- toral Nº 047-2003-EF-76.01, los viajes al exterior que no irroguen gasto alguno con cargo al Presupuesto de las Entidades, serán autorizados mediante Resolución del Ti- tular de la entidad correspondiente; De acuerdo con lo dispuesto en la Directiva Nº 001- 2004-PD/OSIPTEL, Directiva de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria de OSIPTEL para el ejercicio 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Dra. María Marga- rita Arellano Arellano, Abogado II del Organismo Supervi- sor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIP- TEL), a la ciudad de Brasilia, del 1 de agosto al 4 de sep- tiembre del 2004, para los fines expuestos en la parte con- siderativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni dará derecho de exo- neración o liberación de impuestos y/o derechos aduane- ros, cualesquiera fuese su denominación o clase a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 3º.- La funcionaria antes mencionada, deberá presentar a la institución un informe detallado de las activi- dades realizadas en su viaje dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 13734 PROINVERSIÓN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G2D /G63/G69/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G2D /G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G2D /G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73 DIRECTIVA Nº 006/2004/DE/PROINVERSIÓN LINEAMIENTOS PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA DE PROINVERSIÓN EN LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA DE PROYECTOS DESCENTRALIZADOS 1. OBJETIVOLa presente Directiva tiene como objetivo aprobar los nuevos lineamientos para la asistencia técnica que brinda- rá PROINVERSIÓN a los Gobiernos Regionales y Loca- les, en el marco de la normatividad vigente sobre promo- ción de la inversión descentralizada, así como a otras enti- dades del Estado; y dinamizar la realización las activida- des de asistencia técnica de PROINVERSIÓN, a fin de hacer más eficiente su respuesta a las solicitudes de los Gobiernos Regionales o Locales, como de otras entidades del Estado. 2. BASE LEGAL 2.1. Decreto Legislativo Nº 674: Ley de Promoción de la Inversión Privada de las Empresas del Estado y Decreto Supremo Nº 059-96-PCM: Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en conce- sión al Sector Privado de las Obras Públicas de Infraes- tructura y de Servicios Públicos. 2.2. Ley Nº 26440: Precisa que proyectos y organis- mos que están bajo responsabilidad de órganos estatales