Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2004 (24/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2004

forme detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/OC-PE, debiendo asumir esta Superintendencia, unicamente, los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) Tarifa CORPAC US$ 438,21 28,24

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 13820

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Aprueban renovacion de tramite anticipado y disponen registro de MORDAZA prospecto MORDAZA informativo del "Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda Yura" de Yura S.A.
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 064-2004-EF/94.11 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2002008860 presentado por Yura S.A. y el Memorandum Nº 2851-2004-EF/94.45 de fecha 16 de MORDAZA de 2004 de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones; Que, mediante Junta General de Accionistas de Yura S.A. de fecha 6 de MORDAZA de 2002, se aprobo realizar un programa de emision de instrumentos representativos de deuda hasta por Cuarenta Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 40 000 000,00), o su equivalente en Nuevos Soles, delegando en el Directorio la facultad de decidir todos los terminos, las condiciones, tipos, modalidades de inscripciones y las caracteristicas del programa, incluyendo a sus emisiones y series; Que, en merito a las atribuciones delegadas, el Directorio en sesion de fecha 9 de MORDAZA de 2002 acordo delegar a los senores MORDAZA Columbo MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA Pilkington MORDAZA, para que ejerzan las facultades delegadas al Directorio en la Junta MORDAZA referida respecto al programa; en tal sentido, actuando conjuntamente dos cualesquiera de los MORDAZA mencionados senores, pueden determinar los terminos, caracteristicas y condiciones de las emisiones a realizarse dentro de este programa, sus modificaciones y precisiones, asi como suscribir todos y cada uno de los actos, contratos y demas documentos publicos y privados que resulten necesarios para llevar a cabo la emision, registro, oferta, negociacion, colocacion o venta de los valo-

res a emitirse y la inscripcion de los valores tanto el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV como en la Bolsa de Valores de Lima; Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 057-2002-EF/94.11 de fecha 16 de agosto de 2002 se aprobo el tramite anticipado, se dispuso el registro del prospecto MORDAZA correspondiente, y se inscribio el programa denominado "Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda Yura" de Yura S.A., hasta por un monto MORDAZA de Cuarenta Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de Norteamerica (US$ 40 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, con fecha 7 de junio de 2004, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Pilkington MORDAZA, autorizados por delegacion del Directorio acordada en su sesion del 9 de MORDAZA de 2002, han dispuesto la prorroga del plazo de vigencia del programa por dos anos adicionales; Que, con fecha 9 de junio de 2004, Yura S.A. ha solicitado la renovacion del tramite anticipado del denominado "Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda Yura", asi como el registro del MORDAZA Prospecto MORDAZA correspondiente; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, modificado por Resolucion CONASEV Nº 059-2001-EF/94.10, asi como las disposiciones aprobadas mediante Resolucion Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53º y siguientes del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, el articulo 14º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, asi como al acuerdo del Directorio de CONASEV de fecha 6 de MORDAZA de 1999, que faculta al Gerente General de CONASEV para aprobar tramites anticipados, disponer la inscripcion de valores y/o registro de prospectos derivados de tramites anticipados, asi como disponer la inscripcion de programas de emision de valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la renovacion del tramite anticipado correspondiente al programa de instrumentos representativos de deuda de Yura S.A., y disponer el registro del MORDAZA prospecto MORDAZA informativo correspondiente al programa denominado "Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda Yura" de Yura S.A. hasta por un monto MORDAZA de Cuarenta Millones de Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 40 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- En tanto Yura S.A. mantenga su condicion de entidad calificada, la inscripcion del programa y el registro de los prospectos a utilizar en el programa a que se refiere el articulo 1º precedente se entenderan realizados en la fecha de entrada en vigencia de la presente resolucion. En su defecto, la inscripcion de los valores y registro de prospectos se sujetaran a lo dispuesto en el articulo 14º, literal b) numeral 2 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 3º.- La oferta publica de valores a realizarse en el MORDAZA del programa a que se refiere el articulo 1º debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25º y, de ser el caso, en el articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/ 94.10. Asimismo, el emisor debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º de dicho reglamento. La colocacion de los valores a que se refiere el presente articulo debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, y siempre y cuando el plazo del programa y del tramite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga, en ningun caso, podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion.

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