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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G32/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de julio de 2004 Artículo 4º.- El registro y la inscripción a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución no implica que CO- NASEV recomiende la inversión en los valores u opine fa- vorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los do- cumentos e información para una evaluación complemen- taria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a Yura S.A. en su calidad de emisor; al Banco de Crédito del Perú en su calidad de entidad estructuradora y Representante de los Obligacionistas; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CLAUDIO HIGA TAMASHIRO Gerente General 13581 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C /G50/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74/G20/G79/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G72/G74/G75/G64/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 074-2004-EF/94.10 Lima, 21 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM,dispone que dicha norma tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo con el principio de publicidad regula- do en el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas por el artículo 15º de la citada Ley, debiendo la entidad pública designar al funcionario responsable de entregar la infor- mación solicitada; Que, el artículo 5º del referido Texto Único Ordenado dispone que las entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente la difusión a través de Inter- net de la información que se consigna en dicho dispositivo, para lo cual la entidad pública deberá identificar al funcio- nario responsable de la elaboración de los portales de In- ternet; Que, el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acce- so a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, artículo 4º dispone que la designación de los funcionarios responsables de la entre- ga de la información y de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima au- toridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución CONASEV Nº 055-2003-EF/ 94.10 del 12 de agosto de 2003, se designó a la señora Sonia Talledo Espinosa, como responsable de la elabo- ración del Portal de Internet de la Comisión Nacional Su- pervisora de Empresas y Valores y responsable de la en- trega de información, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, el Directorio de CONASEV en sesión de fecha 12 de agosto de 2002 acordó designar al Jefe del Centro de Documentación e Información (CENDOC) como funciona- rio responsable para atender los requerimientos de infor- mación que se formulen, así como funcionario responsa- ble del portal de internet de CONASEV; Que, habiéndose designado a la señorita Nery Salas Acosta como Jefa del Centro de Documentación e Infor-mación - CENDOC; se considera necesario designarla como responsable de la elaboración del Portal de Internet de CONASEV y responsable de la entrega de información en virtud de lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Ac- ceso a la Información Pública; Estando a lo dispuesto en el artículo 4º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado por Decre- to Ley Nº 26126, los artículos 3º y 5º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, apro- bado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, así como lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional reunido en sesión de fecha 19 de julio de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación de la se- ñora Sonia Talledo Espinosa, como responsable de la ela- boración del Portal de Internet de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores y responsable de la entrega de información en virtud de lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dán- dosele las gracias por el desempeño de sus funciones du- rante su gestión. Artículo 2º.- Designar a la señorita Nery Salas Acosta, como responsable de la elaboración del Portal de Internet de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valo- res y responsable de la entrega de Información en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente 13768 ESSALUD /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 /G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G61/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G72/G61/G64/G69/G6F/G67/G72/GE1/G66/G69/G63/G6F/G73 SEGURO SOCIAL DE SALUD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 617-PE-ESSALUD-2004 Lima, 19 de julio del 2004 VISTAS: La Carta Nº 1009-GCA-ESSALUD-2004, mediante la cual la Gerencia Central de Adquisiciones solicita que se declare de oficio la nulidad del ítem 1 de la Licitación Públi- ca Internacional según relación de items Nº 0399L00011 "Adquisición de Materiales e Insumos Radiográficos"; y, la Carta Nº 1977-OCAJ-ESSALUD-2004, de la Oficina Cen- tral de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante aviso publicado el 13 de julio del 2003 en el Diario Oficial El Peruano, se realizó la Convocatoria de la Licitación Pública Internacional según relación de ite- ms Nº 0399L00011, con el objeto de contratar el suminis- tro de materiales e insumos radiográficos a nivel nacional; por un período de 12 (doce) meses y por un valor referen- cial de S/. 7'281,908.68 (Siete millones doscientos ochen- ta y un mil novecientos ocho con 68/100 Nuevos Soles); Que, de acuerdo a las correcciones y precisiones efectuadas a las Bases según lo indicado por CONSUCO- DE en el Pronunciamiento Nº 145-2003(GTN), concorda- do con el Oficio Nº 426-2003 (GTN/ATN), las mismas que fueron comunicadas a los adquirentes de Bases mediante Carta Nº 032-CE-LPI Nº 0399L00011 del 5 de febrero del 2004; se modificó, entre otros, el calendario del proceso