Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2004 (28/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2004

quisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado citado, prescribe que las adquisiciones y contrataciones que se efectuen en situacion de urgencia, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego; Que, el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, se sustentaran necesariamente en un informe tecnico - legal previo, que contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion y contratacion; Que, el Proyecto Especial Pichis Palcazu, tiene dentro de sus metas programadas la construccion de la obra "Encauzamiento y defensa Riberena Rio Chanchamayo V Etapa -I", la ejecucion de esta obra se inicio el ano 1999 y esta constituida por un dique enrocado de 2.37 km. de longitud, actualmente se tiene ejecutado 0.84 km, en el ejercicio 2004 se ha programado ejecutar 0.61 km, priorizando su continuidad debido a las inundaciones que produce el Rio Chanchamayo, en algunos casos por MORDAZA margenes, sobre todo en epocas de maximas avenidas, ocasionando danos a las viviendas ubicadas en estas areas, en su mayoria construidas en situaciones precarias, para lograr este objetivo el PEPP ha gestionado ante los organismos correspondientes, el presupuesto necesario ascendente a S/. 1, 216,245.00 nuevos soles de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y programo ejecutar la obra bajo la modalidad de Ejecucion Presupuestaria Directa (EPD), por un periodo de 5 meses, iniciando los trabajos en el mes de marzo; Que, con fecha 26 de MORDAZA del 2004, despues de un MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica se MORDAZA el contrato por el suministro de MORDAZA para la obra "Encauzamiento y defensa Riberena Rio Chanchamayo V Etapa -I" Nº0062004-INADE-PEPP/6201, con la empresa C & S MORDAZA S.R.L., para el abastecimiento de 8,731.70 m3 de MORDAZA angulada puesta en obra de dimension minima de 0.8 metros de diametro, por el monto ofertado de S/. 270,730.31 nuevos soles, material que debia ser entregado en un plazo de sesenta dias calendario; Que, ante el incumplimiento total de parte de la empresa C & S MORDAZA S.R.L. con la entrega de rocas, la direccion Ejecutiva del PEPP mediante la carta notarial Nº 0592004-INADE-PEPP/6201 de fecha 9 de MORDAZA del presente ano, resolvio el referido contrato por causal de incumplimiento contractual atribuido al contratista; Que, para ejecutar 0.61 km. de Defensa Riberena que es la meta programada para el presente periodo 2004, se requiere la cantidad de 8,731.70 m3 de MORDAZA angulada, material que ha solicitado en reiteradas oportunidades el Residente de la Obra Ing MORDAZA MORDAZA Tembladera, mediante Informes Nºs. 038, 040, 043, 047-2004-PEPP/ EDRRCHV/VLT, donde advierte de posibles ampliaciones de plazo e incrementos en el costo de la obra, debido al retraso en el abastecimiento de MORDAZA para conformar la Defensa Riberena; Que, con la ejecucion de la defensa Riberena se controlara en parte, el desborde del Rio Chanchamayo sobre todo en epocas de maximas Avenidas, las cuales estan proximas a iniciarse, previniendo posibles danos a las viviendas ubicadas en las riberas del rio Chanchamayo, construidas en situaciones precarias, evitando de esta manera el atraso economico, social y cultural de la zona; Que, en este contexto legal, la Direccion de Obras del y Supervision del Proyecto Especial, ha emitido el Informe Tecnico Nº 057-2004-INADE/6213, indicando que la obra "Encauzamiento y Defensa Riberena Rio Chanchamayo V Etapa - 1", se inicio el 1 de MORDAZA del 2004 y que la partida de enrocado segun el cronograma debia ejecutarse a partir del 1 de junio con un plazo de ejecucion de tres meses; la Direccion de Obras en el mes de MORDAZA, solicito la ejecucion del MORDAZA de seleccion de dicha partida la misma que se llevo a cabo el 23 de MORDAZA otorgandose la buena pro a la Empresa C&S MORDAZA S.R.L., suscribiendose el contrato el 26 de mayo. Dicha empresa no cumplio con lo estipulado en el contrato, resolviendose el mismo el 12 de MORDAZA del 2004; Que, en tal sentido, la Direccion de Obras senala que la demora en la adquisicion del material MORDAZA indi-

cado pone en riesgo la culminacion en el plazo programado de la ejecucion de la obra; a la fecha la conformacion del terraplen esta culminado al 100%, la retroexcavadora ya se encuentra en obra para la ejecucion de la una de alimentacion y el acomodo de la MORDAZA, es preocupacion de los pobladores de la MORDAZA Baja el retraso del suministro de MORDAZA considerando que se avecina la temporada de invierno, tal es asi que a la fecha se han producido tres ocasiones de lluvias fuertes y en una de ellas se ha producido la crecida del Rio Chanchamayo ocasionando el colapso del dique provisional del desvio del cauce del indicado rio; del mismo modo, las lluvias en la MORDAZA Central se inician en el mes de agosto a diciembre y la MORDAZA precipitacion llega a los 2,500 mm y de ocurrir dicha situacion el dique sin el enrocado correria el riesgo de perderse. Por todo lo expuesto, dicha Direccion solicita que el enrocado debe declararse en situacion de urgencia; Que, de otro lado, la Oficina de Asesoria Juridica del Proyecto Especial ha emitido el Informe Legal Nº0602004-PEPP-INADE/6205, senalando que los hechos tecnicamente descritos configuran una situacion de urgencia, en los terminos senalados en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM; Que, mediante Memorandum Nº 0195-2004-INADE5201-GPSS e Informe Tecnico Nº 010-2004-JZM la Gerencia de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA del INADE, opina favorablemente para la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion de 8,713.70 m3 de MORDAZA, por la via de menor cuantia, considerando que la obra "Encauzamiento y defensa Riberena Rio Chanchamayo V Etapa I" consiste en asegurar un tramo critico y mas urgente del Rio Chanchamayo, en salvaguarda de la integridad fisica, economica y social de la poblacion asentada en la zona; Que, en merito de los hechos expuestos y conclusiones de los organos pertinentes del Proyecto Especial Pichis Palcazu y de la Sede Central del INADE, a que se refieren los informes precedentes, la Oficina General de Asesoria Juridica del INADE, estima que la situacion descrita permite la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion de 8,713.70 m3 de MORDAZA para la obra "Encauzamiento y Defensa Riberena Rio Chanchamayo V Etapa - 1", con un valor refencial de S/. 353,895.80; proveniente de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, para tal efecto se debe dictar la Resolucion Presidencial que apruebe la referida exoneracion, en razon a que el Presidente Ejecutivo del INADE es el Titular del Pliego, conforme se encuentra senalado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA; Estando al Informe Tecnico Nº 057-2004-INADE/6213 de la Direccion de Obras y Supervision e Informe Legal Nº 060-2004-PEPP-INADE/6205, respectivamente, del Proyecto Especial Pichis Palcazu; Memorandum Nº 01952004-INADE-5201-GPSS e Informe Nº 010-2004-JZM de la Gerencia de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA e Informe Legal Nº 101-2004-INADE-3201-OGAJ; Con las visaciones de la Gerencia de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el inciso c) del articulo 19º, articulos 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM; articulos 105º,113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº013-2001-PCM, Decreto Legislativo Nº599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº017-93PRES, modificado por Decreto Supremo Nº003-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial Pichis Palcazu del MORDAZA de seleccion correpondiente para adquisicion de 8,713.70 m3 de MORDAZA para la obra "Encauzamiento y Defensa Riberena Rio Chanchamayo V Etapa - 1", con un valor referencial de S/. 353,895.80; proveniente de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Pichis Palcazu, a fin de que proceda a cele-

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