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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (01/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G35/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de junio de 2004 h) Atender las denuncias que pudieran presentar per- sonas naturales o jurídicas, relacionadas a posibles incum-plimientos con respecto a obligaciones relacionadas a lasobligaciones de inversiones. Artículo 23º.- Supervisión de aspectos administra- tivos y financieros Las actividades consideradas para la supervisión de los aspectos administrativos están orientadas a: a) Verificar que los documentos correspondientes a las obligaciones contractuales referidas a la entrega de las pólizas de seguro, cartas fianza, información financiera, inventario de bienes y similares, hayan sido emitidos deacuerdo a lo contractualmente establecido; b) Verificar en forma periódica la conformación del ac- cionariado de las Entidades Prestadoras, y que las trans-ferencias de propiedad se hayan realizado de acuerdo a lo estipulado en el contrato de concesión; c) Monitorear las transacciones que no requieren apro- bación, relacionadas con el capital de las Entidades Pres-tadoras; d) Verificar que el registro contable de las Mejoras se realice de acuerdo al contrato y a la Ley de Concesiones; e) Verificar el cumplimiento de la Contabilidad Regula- toria; f) Verificar que los contratos correspondientes a endeu- damientos, hipotecas, fideicomisos, gravámenes y simila-res, cumplan con los requisitos contenidos en los contra-tos de concesión; g) Monitorear las transacciones mencionadas en el lite- ral anterior, que no requieran aprobación; h) Verificar la correcta aplicación de las garantías de tráfico y garantías tarifarias contenidas en los contratos deconcesión; i) Verificar la vigencia de los procedimientos relaciona- dos con los aspectos administrativos de los Certificados de Calidad, en los casos que corresponda de acuerdo alos Contratos de Concesión; j) Atender las denuncias que pudieran presentar perso- nas naturales o jurídicas, relacionadas a posibles incum-plimientos con respecto a obligaciones relacionadas a as- pectos administrativos; k) Verificar el pago oportuno de los aportes por regula- ción; y, l) Verificar el pago oportuno de las retribuciones al Es- tado por las concesiones de la infraestructura de transpor-te de uso público. Capítulo Nº 3 Hallazgos por incumplimientos Artículo 24º.- Presunción de incumplimiento de una obligación En los casos que se identifiquen indicios que permitan presumir el incumplimiento de una o más obligaciones le-gales, contractuales, técnicas o administrativas por partede una Entidad Prestadora, se deberá emitir un Informe deHallazgo con las características establecidas en el presenteReglamento. Artículo 25º.- Plazo para emitir un Informe de Ha- llazgo El Informe de Hallazgo deberá ser emitido en un plazo máximo de 20 días a partir de que la supuesta conductainfractora haya sido debidamente comprobada por el Su- pervisor. Artículo 26º.- Informe de Hallazgo Un Informe de Hallazgo deberá tener las siguientes características: a) En el objeto se deberá identificar con precisión la obligación legal o contractual supuestamente incumplida; b) En los antecedentes se describirá brevemente el ín- tegro de los hechos y documentos vinculados a la supues-ta comisión de la infracción; c) Analizar los hechos ocurridos y/o la documentación recibida; d) Mencionar y sustentar, en los casos que corres- ponda, la existencia de supuestos afectados con la in-fracción (usuarios finales, usuarios intermedios, el Es-tado, etc.), así como la existencia de beneficios obteni- dos por la Entidad Prestadora, cuantificando los mismoscuando sea posible; e) Concluir de forma tal que se identifique de manera precisa la conducta o el hecho por el cual se afirma la exis-tencia de la supuesta infracción; f) Recomendar el inicio del procedimiento administrati- vo sancionador que pudiera corresponder; y, g) Anexar copia de los documentos mencionados en los antecedentes de su informe. Capítulo Nº 4 Registros y Reportes Artículo 27º.- Registro de obligaciones OSITRAN mantendrá un registro actualizado de las obligaciones contractuales, legales, técnicas y administra-tivas, bajo el ámbito de competencia de OSITRAN, que corresponda cumplir a cada Entidad Prestadora que servi- rá para la elaboración del Plan Anual de Supervisión. Artículo 28º.- Contenido del Registro de Obligacio- nes. Para cada obligación, el registro deberá contener: a) Identificación de la obligación, b) Base legal o contractual,c) Fecha de vencimiento de la obligación, de ser el caso,d) Identificación de órgano responsable,e) Clasificación por materia de supervisión. Artículo 29º.- Registro de Acciones de Supervisión. OSITRAN mantendrá asimismo un registro de las ac- ciones de supervisión, que permita efectuar un seguimien-to adecuado de la implementación de las recomendacio-nes efectuadas. Artículo 30º.- Contenido del Registro de Acciones de Supervisión. El Registro de Acciones de Supervisión tendrá como contenido mínimo: a) Las actividades previstas en el Plan Anual de Super- visión. b) Las actividades de Supervisión realizadas por OSI- TRAN. c) Las recomendaciones efectuadas en las inspeccio- nes. d) El cumplimiento de las obligaciones de las Entida- des Prestadoras. e) La implementación de las recomendaciones efectua- das por OSITRAN. Artículo 31º.- Registro de bienes de la concesión. OSITRAN tendrá un registro electrónico de los bienes de la concesión, por cada empresa concesionaria, de talmodo que facilite su control. Artículo 32º.- Reporte Anual de Supervisión. Dentro de los cuatro primeros meses de cada año, OSITRAN emitirá el Reporte Anual de Supervisión por cada Entidad Prestadora que contiene una evaluación del cum-plimiento de sus obligaciones, la implementación de lasrecomendaciones efectuadas por OSITRAN así como co-mentarios sobre la conducta de la Entidad durante el añoanterior. Artículo 33º.- Contenido del Reporte Anual de Su- pervisión El Reporte Anual de Supervisión tendrá como conteni- do mínimo: a) Obligaciones cumplidas y no cumplidas por la Enti- dad Prestadora en el año del Reporte. b) Recomendaciones implementadas y pendientes de implementar en el año del Reporte. c) Sanciones aplicadas en el año del Reporte.d) Evaluación sobre la conducta de la Entidad Pres- tadora relacionada a la aplicación de tarifas, acceso a la infraestructura, calidad de servicio, atención de recla-mos entre otros aspectos, en función a la supervisiónefectuada./G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F