Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2004 (01/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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TITULO IV TITULO V

PROYECTO NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 1 de junio de 2004

ACTAS E INFORME DE SUPERVISION PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISION Capitulo Nº 1 Procedimientos para la Actividades de Supervision Capitulo Nº 2 Instalacion de equipos

les, tecnicas, administrativas o aquellas contraidas directamente ante OSITRAN por parte de las Entidades Prestadoras, en los aspectos tecnicos, operativos, comerciales y administrativos, en el ambito de su competencia. g) Hallazgo: Identificacion de presunto incumplimiento de obligaciones legales, contractuales, tecnicas o administrativas en que pueden incurrir las Entidades Prestadoras. h) Infraestructura: Es el sistema compuesto por las obras civiles e instalaciones electro-mecanicas u otras, a traves del cual se brinda un servicio de transporte o que permite el intercambio modal. La infraestructura puede ser aeroportuaria, portuaria, ferroviaria y de carreteras. i) Ley Marco: Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, y sus modificatorias. j) Ley de OSITRAN: Ley Nº 26917, Ley de Supervision de la Inversion Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Publico. k) Operador Principal: Es la empresa, o grupo de empresas, que en virtud a un contrato de Operacion, celebrado con una Entidad Prestadora y aprobado por el Estado, brinda directamente los servicios de explotacion de Infraestructura de transporte de uso publico, por cuenta y responsabilidad de esta Entidad. l) Operador Secundario: Es la persona natural o juridica que en virtud a un contrato de operacion celebrado con la Entidad Prestadora, brinda servicios no principales, segun la calificacion y la forma que establezcan las normas legales vigentes, o el respectivo contrato de concesion 2 . m) OSITRAN: Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico. n) Reglamento de Infracciones y Sanciones: Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 023-2003-CD-OSITRAN. o) Reglamento de OSITRAN: Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM. p) Supervisor: Organo de OSITRAN encargado de ejecutar una o mas actividades de supervision para verificar el cumplimiento de una o mas materias de supervision sobre la gestion de las Entidades Prestadoras de acuerdo al Manual de Organizacion y Funciones. q) Usuario final: Es la persona natural o juridica que utiliza de manera final los servicios brindados por una Entidad Prestadora o usuario intermedio. Se considera usuario final a los pasajeros o duenos de la carga que utilizan los distintos servicios de transporte utilizando la infraestructura de transporte de uso publico.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES ANEXOS: Nº 1 Nº 2 Nº 3 Nº 4 MODELO DE ACTA DE REUNION DE TRABAJO MODELO DE ACTA DE INSPECCION MODELO DE ACTA DE INSTALACION DE EQUIPOS MODELO DE ACTA DE RETIRO DE EQUIPOS

PROYECTO DE REGLAMENTO GENERAL DE SUPERVISION DE OSITRAN TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Referencia Cuando en el presente Reglamento se mencione la palabra Reglamento debera entenderse que se hace referencia al presente Reglamento. Cuando en el presente Reglamento se mencione un Articulo Nº sin precisar la MORDAZA legal a la que corresponde, se entendera que esta referido a este Reglamento. Articulo 2º.- Definiciones Para efectos de este Reglamento entiendase por: a) Actividad de Supervision: Acto del personal de OSITRAN o autorizado por este que, bajo cualquier modalidad, tenga por objeto verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales, tecnicas, administrativas o aquellas contraidas directamente ante OSITRAN por parte de las Entidades Prestadoras, sobre aspectos tecnicos, operativos, comerciales y administrativos, en el ambito de su competencia. b) Dias: Son los dias habiles. c) Empresa Concesionaria: Empresa o grupo de empresas que tiene la titularidad contractual para realizar actividades de explotacion de infraestructura de transporte de uso publico y que tiene frente al Estado la responsabilidad por la prestacion de los servicios. d) Empresa Supervisora: Persona natural o juridica contratada por OSITRAN para ejercer funciones especificas de supervision a las Entidades Prestadoras. e) Entidad Prestadora: Empresa o grupo de empresas que tiene la titularidad legal o contractual para realizar actividades de explotacion de infraestructura de transporte de uso publico, sea empresas publica o privada y que tiene frente al Estado la responsabilidad por la prestacion de los servicios. Para efectos del ejercicio de las funciones de supervision de OSITRAN, se considerara tambien Entidad Prestadora a aquella que realiza actividades de explotacion total o parcial de Infraestructura de transporte de uso publico, en calidad de Operador Principal, por merito de la celebracion de un contrato de operacion, asistencia tecnica y similares 1 . f) Funcion Supervisora: Es la funcion que permite a OSITRAN verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractua-

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