Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (01/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G39/G35/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 1 de junio de 2004 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G64/G65/G20/G66/G61/G63/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G64/G20/G69/G6E/G74/G65/G6C/G69/G67/G65/G6E/G74/G65 El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideración del público interesado el con- tenido del referido proyecto, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Secretaríade Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Av. 28 de Julio Nº 800 - Lima o vía fax al 332-4084, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, o vía correo electrónico a jpena@mtc.gob.pe, de acuerdo al formato siguiente: Formato para la presentación de comentarios al Proyecto Artículo del Pro yecto Comentarios 1º 2º Comentarios Generales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº Lima,CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC de fecha 31 de agosto de 2002, se aprobó el Plan Técnico Fundamental de Numeración (PTFN); Que, en el numeral 3.4.2 del Plan Técnico Fundamental de Numeración se definen las Facilidades de Red Inteli- gente; Que, el numeral 3.4.2 del referido Plan Técnico estable- ce que el Ministerio, mediante resolución ministerial, podrá ampliar, excluir o modificar las definiciones y configuracio-nes de numeración de Facilidades de Red Inteligente; Que, con la finalidad de adecuar las definiciones de las Facilidades de Red Inteligente a los avances de la tecnologíay precisar que las mismas resultan aplicables a los servicios públicos de telefonía fija local y a los servicios públicos móvi- les definidos como tales en el Reglamento de los ServiciosPúblicos Móviles, resulta necesario modificar las definiciones de Facilidades de Red Inteligente contenidas en el numeral 3.4.2 del Plan Técnico Fundamental de Numeración; Estando con lo dispuesto en la Ley Nº 27791 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Co- municaciones y el Plan Técnico Fundamental de Numeración,aprobado por Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modificar las definiciones de Facilida- des de Red Inteligente contenidas en el numeral 3.4.2 delPlan Técnico Fundamental de Numeración aprobado por Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC, las cuales tendrán el siguiente texto: “Serie 800: Servicio de Cobro Revertido Automático o “Llamada Libre de Pago”Permite que se le asigne a un suscriptor de la serie, uno o más números de esta serie de modo que permita a usuarios llamar gratuita-mente a dichos números, cargando el valor de la tarifa del suscriptor. Esta facilidad de red inteligente se realiza a través del servicio pú-blico de telefonía fija local y /o servicio públi- co móvil. Serie 801: Servicio Pago Compartido Permite asignar a un suscriptor de la serie, uno o más números de esta serie de modo que permita a usuarios llamar a dichos nú-meros, compartiendo en la proporción acor- dada la tarifa que corresponde a la llamada.Esta facilidad de red inteligente se realiza a través del servicio público de telefonía fija lo- cal y/o servicio público móvil. Serie 802: Número Universal Permite asignar a un suscriptor de la serie, un número único de esta serie por el cual pue- de recibir llamadas en diferentes lugares, de-pendiendo de donde se ha originado la llama- da. Esta facilidad de red inteligente se realiza a través del servicio público de telefonía fijalocal y/o servicio público móvil. Serie 804: Número Personal Permite asignar a un suscriptor de la serie, un número único de esta serie, destinándoselas llamadas al último número que el suscrip- tor haya programado. Esta facilidad de red in- teligente se realiza a través del servicio públi-co de telefonía fija local y /o servicio público móvil. Serie 805: Llamadas Masivas / Televoto Consiste en asignar al suscriptor de la serieuno o más números de esta serie que permi- tan atender alta capacidad de tráfico en un momento determinado, para cursar llamadasdestinadas al suscriptor, para que éste regis- tre opiniones u opciones de los usuarios del servicio público de telefonía fija local y/o ser-vicio público móvil. Serie 806: Red Privada Virtual Permite asignar a un suscriptor de la serie, un número de esta serie, mediante el cual sele proporciona una red de comunicaciones con una configuración privada y personalizadas, soportada en la red del servicio público de te-lefonía fija local y/o servicio público móvil. Serie 808: Audio Servicios de Valor Adicional Permite asignar a un suscriptor de la serie, números de esta serie que faciliten a los usua-rios del servicio público de telefonía fija local y/o servicio público móvil acceder a los au- dioservicios suministrados por el suscriptor,los cuales requieren una tasación especial”. Entiéndase como servicio público móvil el definido como tal en el Reglamento de los Servicios Públicos Móviles. Regístrese, comuníquese y publíquese. 10109/G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F