Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2004 (06/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, MORDAZA 6 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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culadas al ramo automotriz por mas de cinco (5) anos consecutivos, cumple con las condiciones y requisitos establecidos en la presente Directiva y no se encuentra comprendida dentro de los impedimentos para obtener la autorizacion para realizar la Inspeccion Tecnica Estructural; c) Fotocopia de cualquier otro documento que acredite la experiencia de la institucion en el ramo automotriz; d) Relacion de ingenieros mecanicos o mecanicoselectricistas colegiados y habilitados que pertenecen a su nomina, la misma que contendra los nombres, numero de colegiatura y firmas de los citados profesionales, debiendo adjuntarse fotocopia de los titulos profesionales y de la MORDAZA de colegiatura o del Certificado de Inscripcion o Habilidad otorgado por el Colegio de Ingenieros del Peru; e) Plano perimetrico y de distribucion de planta de las instalaciones; f) Relacion detallada de los equipos con los que cuenta para realizar la inspeccion tecnica estructural, indicando su descripcion sumaria, MORDAZA, modelo, numero de serie y ano de fabricacion, cuando corresponda. 7. VIGENCIA DE LA AUTORIZACION La autorizacion tendra la misma vigencia que la establecida para el procedimiento de empadronamiento a que se refiere el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 062004-MTC. 8. CADUCIDAD DE LA AUTORIZACION Caduca la autorizacion otorgada a la Entidad Certificadora en los siguientes casos: a) Se determine que otorgo el Certificado de Inspeccion Tecnica Estructural consignando datos o caracteristicas del vehiculo falsos u ocultando caracteristicas del vehiculo que MORDAZA relevantes para los efectos de la inspeccion tecnica estructural. b) Se determine que otorgo Certificado de Inspeccion Tecnica Estructural sin que el vehiculo MORDAZA sido inspeccionado fisicamente en las instalaciones de la Entidad Certificadora. c) Si el Certificado de Inspeccion Tecnica Estructural es suscrito por personas no autorizadas o no acreditadas ante la Direccion General de Circulacion Terrestre. d) Si se determina que las firmas consignadas en el Certificado de Inspeccion Tecnica Estructural son falsas o adulteradas. e) Cuando se recomiende un plazo de permanencia del vehiculo en el servicio que no corresponda de acuerdo al Decreto Supremo Nº 06-2004-MTC. 9. ENTREGA DE INFORMACION Al concluir el plazo de la autorizacion, la Entidad Certificadora remitira a la Direccion General de Circulacion Terrestre la relacion completa de todos los vehiculos inspeccionados, consignando el numero del Certificado de Inspeccion Tecnica Estructural emitido por cada uno de ellos, indicando si se trata o no de vehiculo ensamblado sobre chasis de camion y cual es el plazo de permanencia en el servicio recomendado. 10. DE LA RESPONSABILIDAD Los documentos presentados por las personas juridicas que soliciten autorizacion para realizar inspeccion tecnica estructural, asi como los Certificados emitidos por estas, constituyen declaracion jurada y se encuentran sujetas a lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Las Entidades Certificadoras y el propietario del vehiculo seran sujetos de responsabilidad solidaria por la veracidad del contenido de los certificados, asi como por su emision dentro de los parametros establecidos en el Reglamento y la presente Directiva, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieran derivarse. 10652

VIVIENDA
Aceptan renuncias, dan por concluidas designaciones y designan miembros de directorios de diversas Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 138-2004-VIVIENDA MORDAZA, 4 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobo la participacion social de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los cuales estan integrados, entre otros, por un representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - VIVIENDA; Que, por Resolucion Ministerial Nº 157-2003-VIVIENDA, se designo a los miembros de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social en representacion de VIVIENDA; Que, los senores representantes: MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, miembros de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social de: Chachapoyas (Amazonas), Carhuaz (Ancash) y MORDAZA (Ancash), respectivamente, han formulado renuncia a su cargo, siendo necesario aceptarlas y designar a los nuevos miembros en representacion de VIVIENDA; Que, asimismo se designo como representantes a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Nunez Cerrote, MORDAZA Lavy Renteria, Fredy MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Gaviria MORDAZA, en los Directorios de las Sociedades de Beneficencia Publica de: Iquitos (Loreto), Tacna (Tacna), Chiquian (Ancash), MORDAZA (Piura), Ica (Ica) y Abancay (Apurimac); De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792 y los Decretos Supremos Nºs. 002-2002-VIVIENDA y 0042003-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Se aceptan renuncias Aceptar la renuncia formulada por los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de miembros del Directorio de las Sociedades de Beneficencia Publica de: Chachapoyas (Amazonas), Carhuaz (Ancash) y MORDAZA (Ancash), respectivamente, en representacion de VIVIENDA, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Se dan por concluidas designaciones Dar por concluida la designacion de los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Nunez Cerrote, MORDAZA Lavy Renteria, Fredy MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de miembro del Directorio, en representacion de VIVIENDA, de las Sociedades de Beneficencia Publica de Iquitos (Loreto), Tacna (Tacna), Chiquian (Ancash), MORDAZA (Piura), Ica (Ica) y Abancay (Apurimac), respectivamente, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3º.- Designaciones Designar a partir de la fecha, a las siguientes personas, como miembros de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social que se indican a continuacion, en representacion de VIVIENDA: Sociedad de Beneficencia AMAZONAS Chachapoyas MORDAZA Chiquian Carhuaz MORDAZA Representante Clemira MORDAZA Ampuero de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA

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