Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (06/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G38/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 6 de junio de 2004 Impuestos (Pasajes) US$ 94,01 Tarifa CORPAC 28,24 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua-na de cualquier clase o denominación a favor de la funcio- naria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 10648 RESOLUCIÓN SBS Nº 869-2004 Lima, 3 de junio de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, el MIS Training Institute, The International Lea- der in Audit & Information Security Training, ha organiza-do el Programa "Infosecurity Master Classes", el mismo que se llevará a cabo del 14 al 18 de junio de 2004 en la ciudad de San Francisco, Estados Unidos de América; Que, en el citado programa se desarrollarán temas de importancia vinculados a las actividades realizadaspor este organismo de regulación, supervisión y control,orientados a fortalecer el conocimiento técnico de nues- tros profesionales sobre aspectos relacionados con la seguridad de la información, seguridad y auditoría, se-guridad en la web, seguridad en el acceso inalámbrico ytécnicas y herramientas para el análisis de vulnerabi-lidad en redes; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, me- diante Directiva SBS-DIR-ADM-085-05, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejer-cicio 2004, estableciéndose en el numeral 6.1. que nose encuentran comprendidas en las restricciones de lacitada Directiva, las actividades de capacitación aproba-das para el ejercicio 2004; Que, por ser de interés para la Institución, se ha consi- derado conveniente designar en esta oportunidad al se-ñor Juan Edwin Zubilete Janampa, Analista del Departa-mento de Evaluación de Riesgos de Operación de la Su-perintendencia Adjunta de Riesgos, para participar en elreferido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el via- je del citado funcionario, sólo por el tiempo necesariopara el cumplimiento del presente encargo, cuyos gas-tos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cu-biertos con cargo al Convenio de Préstamo de Coopera-ción BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 5236-2004 y comunicación de no obje- ción del Banco Interamericano de Desarrollo, remitidapor la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoria-les - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia, única-mente, los gastos por concepto de impuestos y TarifaCORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 - "Ley General del Sistema Financiero y del Sis-tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto enla Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2004, Nº SBS-DIR-ADM-085-05; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Juan Edwin Zubilete Janampa, Analista del Departamento deEvaluación de Riesgos de Operación de la Superinten-dencia Adjunta de Riesgos, a la ciudad de San Francis-co, Estados Unidos de América del 13 al 19 de junio de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuadoel viaje, deberá presentar ante el Superintendente deBanca y Seguros un informe detallado describiendo lasacciones realizadas y los resultados obtenidos duranteel viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente autorización por concepto de pa-sajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Con-venio de Préstamo de Cooperación BID 1196/OC-PE,debiendo asumir esta Superintendencia, únicamente, losgastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2004, de acuerdo al siguiente detalle: Impuestos (Pasajes) US$ 192,43 Tarifa CORPAC 28,24 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua-na de cualquier clase o denominación a favor del funciona-rio cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 10649 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G2D/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 874-2004 Lima, 4 de junio de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO:Que, el artículo 345º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus leyes modificatorias, en adelante la Ley General,establece que es objeto de la Superintendencia de Ban-ca y Seguros proteger los intereses del público en elámbito de los sistemas financiero y de seguros; Que, es facultad de esta Superintendencia ejercer la supervisión integral de las empresas del Sistema Fi- nanciero y del Sistema de Seguros, las incorporadaspor leyes especiales a su supervisión, así como a aque-llas que realicen operaciones complementarias; Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 318º de la Ley General, las empresas de seguros pue- den realizar todas las operaciones, actos y contratos necesarios para extender coberturas de riesgos o emi-tir pólizas de seguros, incluyendo las pólizas de cau-ción vinculadas a prestaciones de hacer o no hacer,entre otras actividades propias de su actividad; Que, mediante la Resolución SBS Nº 1058-99 del 30 de noviembre de 1999, derogada por la Resolución SBS Nº 816-2004 del 27 de mayo de 2004, se estable-cieron disposiciones sobre la venta de productos deseguros efectuada por las empresas de seguros a tra-vés de sus fuerzas de ventas y/o mediante empresasdel sistema financiero; Que, los canales de distribución de seguros regula- dos en los artículos 22º y 23º de la derogada Resolu-ción SBS Nº 1058-99 son mecanismos de comerciali-zación de productos de seguros de las empresas deseguros, que no constituyen intermediación de segu-ros, pero debido a su existencia y amplitud requieren de regulación expresa; Estando a lo opinado por las Superintendencias Ad- juntas de Seguros y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los nume- rales 3 y 9 del artículo 349º de la Ley General;