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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (12/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G32/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de junio de 2004 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G72/G65/G63/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G35/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G45/G46/G2C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G65/G78/G69/G2D/G67/G69/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G64/G65/G20/G56/G65/G72/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G2D/G49/G44/G56 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA CIRCULAR Nº 007-2004/SUNAT/A 9 de junio de 2004 1. MATERIA : Utilización del Informe de Verifica- ción - IDV, a partir de la entrada envigencia de la Ley Nº 27973 2. OBJETIVO : Establecer precisiones para la apli- cación del Decreto Supremo Nº065-2004-EF. 3. BASE LEGAL : Ley Nº 27973 Decreto Supremo Nº 065-2004-EF 4. INSTRUCCIONES : De conformidad a lo dispuesto por la Tercera Disposi- ción Complementaria de la Ley General de Aduanas - De-creto Legislativo Nº 809 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 121-96-EF; por el inciso g) del artícu- lo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; y en uso de las facultades conferidas por la Resolu-ción de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT, se hace de conocimiento lo siguiente: 4.1 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 27973, a partir del 25.MAY.2004, ha quedado dero-gado el Decreto Legislativo Nº 659, que establece el Siste- ma de Supervisión de Importaciones. 4.2 Asimismo, de conformidad con el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 065-2004-EF, el Informe de Verifica-ción - IDV sólo es exigible para las mercancías destinadasa los regímenes de Importación Definitiva y Depósito embar-cadas hasta el 24.MAY.2004. 4.3 En las regularizaciones de los regímenes de Impor- tación Temporal y Admisión Temporal, por tratarse demercancías con destinación precedente que se encuentranen el país, a partir del 25.MAY.2004, no es exigible el Infor-me de Verificación - IDV en los casos que se opte por nacio-nalizar la referida mercancía. 4.4 Para efecto de lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 065-2004-EF, se considera fecha deembarque, la identificada como tal por el transportista en elconocimiento de embarque, guía aérea, aviso postal o car-ta porte, según corresponda. 5. ALCANCE: La aplicación de lo dispuesto en la presente Circular es responsabilidad de las Intendencias de Aduana de laRepública, Intendencia Nacional de Sistemas de Infor-mación, Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendencia Nacional de Técni- ca Aduanera, despachadores de aduana y dueños oconsignatarios. 6. VIGENCIA: La presente Circular rige a partir del 25.MAY.2004.Atentamente,JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjuntode Aduanas 11089/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61 /G49/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G41/G67/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G2D /G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2004-CR-GRH Huánuco, 20 de mayo de 2004 LA PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 20 de mayo de 2004, el Proyecto de Reglamento para la Identificación y Acreditación de los Agentes Participan-tes en el Presupuesto Participativo 2005; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la volun- tad popular, son personas jurídicas de derecho públicocon autonomía política , económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pú- blica regional de acuerdo a sus competencias exclusi-vas compartidas y delegadas en el marco de las políti- cas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarro- llo integral y sostenible de la región, sus normas ydisposiciones se rigen por los principios de exclusivi- dad, territorialidad, legalidad y simplificación administra- tiva; Que, la política y la gestión regional se rigen con crite- rios de eficiencia, desarrollando las estrategias necesa- rias para la consecución de los objetivos trazados conla utilización óptima de los recursos; permitiendo a su vez la participación desarrollando y haciendo uso de instancias y estrategias concretas de participación ciu-dadana en las fases de formulación, seguimiento, fisca- lización y evaluación de la gestión de gobierno y de la ejecución de los planes, presupuestos y proyectos re-gionales; Que, mediante Ley Nº 28056- Ley Marco del Presu- puesto Participativo se establecen disposiciones queaseguren la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del presu- puesto, el cual se desarrolla en armonía con los planesde desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Locales, así como la fiscalización de la gestión; Que, mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo, el mismo que establece en su artículo 5º que el Gobierno Regional medianteOrdenanza dispondrá las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identificación y acreditación de Agentes Participantes, particularmente de aquellosde la Sociedad Civil; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por los artículos 15 Inc. a), 38º de la Ley Nº 27867Orgánica de Gobiernos Regionales, a lo acordado por UNANIMIDAD en Sesión de Consejo Regional de la refe- rencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación deActa; ORDENA:Artículo 1º.- APROBAR, el Reglamento para la Identi- ficación y Acreditación de los Agentes Participantes en elPresupuesto Participativo 2005 del Gobierno Regional Huánuco, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza;