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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G33/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 25 de junio de 2004 OCAJ-ESSALUD-2004 de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, y el Informe Técnico que sustenta la exoneraciónpara la contratación del servicio de mantenimiento y so-porte técnico de las licencias de Software de Base de Da-tos Oracle; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27056 "Ley de Creación del Seguro Social de Salud" (ESSALUD) establece que elSeguro Social de Salud otorga cobertura a sus aseguradosy sus derechohabientes, a través del otorgamiento de pres-taciones de prevención, promoción, recuperación, rehabi-litación, prestaciones económicas y prestaciones socialesque corresponden al régimen contributivo de la SeguridadSocial en Salud, así como otros seguros de riesgos huma-nos; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 089-PE-ESSALUD-2002 del 1 de abril del 2002, la Presi-dencia Ejecutiva exoneró la contratación del servicio deMantenimiento y Soporte Técnico de las licencias de Basede datos Oracle de la realización de un Concurso Público,el mismo que venció el 31 de julio del 2003; Que, asimismo, por Resolución de Presidencia Ejecuti- va Nº 590-PE-ESSALUD-2003 del 22 de julio del 2003, laPresidencia Ejecutiva exoneró la contratación del serviciode Soporte Técnico y Actualización de las licencias de soft-ware de Base de datos Oracle de la realización de unaAdjudicación Directa Pública, la misma que vence el 31 dejulio del 2004; Que, de acuerdo al Informe Nº 004-JMR-GCOI-ESSA- LUD-2004 que sustenta la solicitud de exoneración, lasaplicaciones desarrolladas con acceso a la Base de DatosOracle son de vital importancia debido a que las mismaspermiten mejorar la calidad de atención de ESSALUD ha-cia los asegurados, los cuales reciben servicios brindadospor la institución a nivel, tanto de Centros Asistencialescomo de las áreas administrativas; Que, ESSALUD cuenta con 1,772 licencias UPU´S (Oracle Database Enterprise Edition), 130 licencias NUSS(Oracle Database Enterprise Edition), 50 licencias NUSS(Internet Application Server Standard Edition) y 2 licenciaspor Procesador (Oracle Database Enterprise Edition) deacceso a la Base de Datos Oracle para las siguientes apli-caciones: i) Sistema SAP módulos de Finanzas y Logísti-ca; ii) Sistema SAP Instancia Q&A; iii) Sistema SAP Ins-tancia de Desarrollo; iv) Procesos de Homologación y Acre-ditación; v) Consulta de Acreditación para Internet e Intra-net; vi) Consulta al repositorio SUNAT por Web; vii) Siste-ma de Referencias y Contrarreferencias; viii) Sistema deVigilancia Perinatal; y ix) Desarrollo del Sistema SIADA; Que, el mantenimiento y soporte técnico de las licen- cias Oracle comprende: i) Asistencia técnica durante las24 horas del día; ii) Servicio de Soporte Metalink (inter-net); iii) Actualización de Productos; iv) Derechos deTransferencias en caso de cambio de plataforma; y v) Ver-siones de Mantenimiento de productos; Que, es el caso que resulta necesario seguir contando con el mantenimiento y soporte técnico de las licencias deSoftware de Base de Datos Oracle, caso contrario, ESSA-LUD no contaría con las herramientas ni soportes necesa-rios que garanticen la inmediata operatividad para el acce-so a la Base de Datos de los aplicativos antes indicados,así como al repositorio Sunat por Web, entre otros; con elconsiguiente riesgo de afectar la normal atención a la po-blación asegurada y no asegurada de ESSALUD; Que, la Gerencia Central de Organización e Informáti- ca propone la contratación del referido servicio medianteexoneración, por un período de un (1) año contado desdeel 1 de agosto del 2004 al 31 de julio del 2005, y un valorreferencial total de US$ 70,330.00 o su equivalente a S/.246,155.00 Nuevos Soles, toda vez que el servicio sólo esprestado por la empresa Sistemas Oracle del Perú, repre-sentante exclusivo de Oracle Corporation; Que, según el referido Informe Técnico, el monto estima- do para la contratación del servicio de mantenimiento ysoporte técnico de las licencias de Software de Base deDatos Oracle ascendería a la suma de US$ 70,330.00 o suequivalente a S/. 246,155.00 (Doscientos cuarentiséis milciento cincuenticinco con 00/100 nuevos soles), lo queameritaría que la contratación del mencionado servicio selleve a cabo a través de una Adjudicación Directa Selecti-va; sin embargo, llevar a cabo dicho proceso de seleccióncarecería de objeto toda vez que la firma Oracle Corpora-tion, es titular de los derechos de autor del software deBase de Datos Oracle en tanto que Sistemas Oracle delPerú S.A., es el representante exclusivo de Oracle Corpo-ration en el Perú, para brindar el servicio de Mantenimiento y Soporte Técnico de las licencias de Software de Base deDatos Oracle, dentro del territorio nacional; Que, de acuerdo al inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradas del proceso de AdjudicaciónDirecta, las contrataciones que se realicen cuando los ser-vicios no admiten sustitutos; Que, de lo expuesto se desprende que, la realización de una Adjudicación Directa Selectiva para la contratacióndel referido servicio no cumpliría función alguna, toda vezque dicho servicio no admite sustituto, esto es, se trata delmantenimiento y soporte técnico de licencias que son rea-lizadas por un único proveedor - Sistemas Oracle del PerúS.A., siendo importante la contratación del mismo ya que,conforme se desprende del Informe Técnico que sustentala exoneración, permitirá garantizar el óptimo funcionamien-to de la Base de Datos Oracle, y por lo tanto, del sistemaSAP R/3; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, resultaprocedente exonerar la contratación del servicio de man-tenimiento y soporte técnico de las licencias de Soft-ware de Base de Datos Oracle por el período de 1 año,de la realización de una Adjudicación Directa Selectivay en consecuencia, corresponde realizar una Adjudi-cación de Menor Cuantía, tal como lo dispone el artículo20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el artículo 116º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, según el inciso a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,la exoneración debe ser aprobada por resolución del Titu-lar del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD,concordado con el artículo 4º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el PresidenteEjecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUDy Titular del Pliego Presupuestal, por lo que le correspon-de aprobar la exoneración; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median-te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Titu-lar de la Entidad determinará la dependencia u órgano quese encargará de realizar la adquisición exonerada; En uso de las atribuciones conferidas, SE RESUELVE:1. APROBAR la exoneración del proceso de Adjudica- ción Directa Selectiva, para la contratación del servicio demantenimiento y soporte técnico de las licencias de Soft-ware de Base de Datos Oracle por un período de 1 añocontado desde el 1 de agosto del 2004 al 31 de julio del2005, autorizando que la misma se lleve a través de unaAdjudicación de Menor Cuantía, por un valor referencialtotal de US$ 70,330.00 o su equivalente a S/. 246,155.00(Doscientos cuarentiséis mil ciento cincuenticinco con 00/100 nuevos soles), con recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisicio- nes se encargue de realizar la presente contratación víaAdjudicación de Menor Cuantía. 3. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento de la Contraloría General de la República lapresente Resolución, dentro del plazo establecido por laLey. 4. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social deSalud la presente Resolución. 5. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 11920