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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G39/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de marzo de 2004 Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requierancomo consecuencia de la incorporación de Nuevas Parti-das de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta yUnidades de Medida. Artículo 3º.- La Oficina General de Planeamiento Es- tratégico a través de la Oficina Ejecutiva de Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud instruye a la Unidad Eje-cutora 035 Administradora de Acuerdos de Gestión paraque elabore las correspondientes “Notas para ModificaciónPresupuestaria” que se requieran, como consecuencia delo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución se pre- senta, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Or-ganismos señalados en el numeral 5.2 del artículo 5º de laLey Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2004. Regístrese y comuníquese. ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 04470 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G2D /G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G2C/G20/G45/G73/G53/G61/G6C/G75/G64/G2C/G20/G46/G46/G2E/G41/G41/G2E/G20/G79 /G46/G46/G2E/G50/G50/G2E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G63/G65/G6E/G20/G75/G6E/G61/G20/G76/G65/G7A/G20/G61/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G63/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61 /G67/G72/G61/G74/G75/G69/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G61/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G73/G61/G6C/G75/G64/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G69/G73/G63/G61/G2D/G70/G61/G63/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 216-2004/MINSA Lima, 25 de febrero del 2004 Vistos, el OFICIO Nº 992-DG-INR-2003 de la Dirección General del Instituto Especializado de Rehabilitación, el OFICIO Nº 0492-2004-DGSP/MINSA de la Dirección Ge-neral de Salud de las Personas y el INFORME Nº 278-2004-OGAJ; CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º de la Constitución Política del Perú, establece que la persona incapacitada para velar por símisma a causa de una deficiencia física o mental tienederecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal deprotección, atención, readaptación y seguridad; Que, la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad, en su Tercera Disposición Final dispusodeclarar el día 16 de octubre de cada año como el "DíaNacional de la Persona con Discapacidad"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-MIMDES, se aprobó el Plan de Igualdad de Oportunidades para Per- sonas con Discapacidad 2003 - 2007, en cuya Acción/Me- dida Nº 11 se estableció: "Promover el desarrollo de cam-pañas preventivas y de atención en salud integral" en losestablecimientos de salud; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la Acción/Me- dida Nº 11 del citado Plan de Igualdad de Oportunidades, el Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Salud de las Personas, propone la realización de una "Cam-paña Gratuita de Prevención y Atención en Salud Integralpara las Personas con Discapacidad" en los establecimien-tos de salud del Ministerio de Salud, Seguro Social de Sa-lud (EsSalud), Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales; Con las visaciones de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Oficina General de Asesoría Jurídi-ca y del señor Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º, lite- ral l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer, que los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, Seguro Social de Salud (Es-Salud), Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales realicen una vez al año por el "Día Nacional de la Persona con Discapa-cidad" (16 de octubre), la "Campaña Gratuita de Preven-ción y Atención en Salud Integral para las Personas conDiscapacidad", destinada a niños y adultos de esta pobla-ción. Artículo 2º.- Cada establecimiento de salud brindará la atención en salud integral según su nivel de complejidad ycapacidad resolutiva; considerando para la población in-fantil la realización de las siguientes actividades: Despis-taje en el Desarrollo del Niño (Área Motora, de la Comuni-cación, del Aprendizaje y del Desarrollo Intelectual), Des- pistaje en Trastornos Posturales (Columna Vertebral y de Miembros Inferiores), Despistaje Oftalmológico (AgudezaVisual y Estrabismo); y, para la población adulta la realiza-ción de las siguientes actividades: Despistaje de Hiperten-sión Arterial, Despistaje de Cáncer de Mama y Cuello Ute-rino, Despistaje Oftalmológico (Agudeza Visual, Fondo de Ojo, Cataratas, Glaucoma), Despistaje de Sordera y Salud Mental. Artículo 3º.- Los establecimientos de salud son res- ponsables del cumplimiento de la presente resolución, asícomo de informar al respecto a la Dirección de Micro Redy Red de Salud correspondiente; los establecimientos del Seguro Social de Salud (EsSalud), Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales informarán directamente a la Direcciónde Salud respectiva, la cual consolidará la información, aligual que los Institutos Especializados, para su remisión ala Dirección General de Salud de las Personas, la cual seencargará del control posterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 04471 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G39/G2D/G44/G47/G53/G50/G2F /G4D/G49/G4E/G53/G41/G2D/G56/G2E/G30/G31/G20/G22/G52/G65/G63/G61/G6C/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G75/G6E/G2D/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G28/G50/G45/G53/G29/G20/G70/G61/G72/G61/G41/G6E/G74/G69/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G51/G75/G69/G72/GFA/G72/G67/G69/G63/G61/G20/G56/G6F/G6C/G75/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G28/G41/G51/G56/G29/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 219-2004/MINSA Lima, 25 de febrero del 2004 Visto el OFICIO Nº 201/01-2004-DGSP/MINSA, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO:Que, con el oficio de visto se solicita la aprobación de la Norma Técnica: "Recalificación de los Puntos de Entre- ga de Servicios (PES) para Anticoncepción Quirúrgica Vo-luntaria (AQV)", con la finalidad de atender la demandapoblacional, garantizando servicios con nivel de seguridady calidad durante el desarrollo de las actividades de AQVfemenino y masculino; Que, es necesario continuar con la recalificación de los servicios para las actividades de Anticoncepción QuirúrgicaVoluntaria (AQV), así como proveer a los establecimientosde salud de instrumentos para la Calificación y Recalifica-ción de los Puntos de Entrega de Servicios (PES) para lasactividades de Anticoncepción Quirúrgica Voluntaria (AQV); Con las visaciones de la Dirección General de Salud de las Personas y de la Oficina General de Asesoría Jurídi-ca; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º, lite- ral l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la NORMA TÉCNICA Nº 009 - DGSP/MINSA-V.01: "Recalificación de los Puntos de En-