Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2004 (10/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente, Jefe de la Direccion de Promocion de la Inversion Privada por Iniciativa Estatal de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, a la MORDAZA de Berlin, Republica Federal de Alemania, del 10 al 16 de marzo de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 007 - Agencia de Promocion de la Inversion Privada, del Pliego 009 del Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ : US$ : US$ 1 158,68 1 040,00 28,24

teos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF asi como la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF tendran vigencia hasta el 30 de junio del 2004; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 16 y el 29 de febrero del 2004; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maiz Azucar Arroz

Articulo 3º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 04968

Del 16/2/2004 al 29/2/2004

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Leche Entera en Polvo 1873

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Viceministro de Economia 04857

Amplian Calendario de Compromisos del mes de febrero del Ejercicio Fiscal 2004
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 011-2004-EF/76.01 MORDAZA, 4 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 003-2004-EF/ 76.01 se aprobo el Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado de los meses de enero, febrero y marzo del Ano Fiscal 2004; Que, es necesario modificar, por ampliacion, el Calendario de Compromisos del mes de febrero de los Organismos comprendidos en el Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; Estando a lo informado por la Direccion de Programacion, Evaluacion Presupuestal y Procesamiento de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 33º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, el articulo 22º de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2004 y el articulo 23º de la Directiva Nº 002-2004EF/76.01 Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Regionales para el Ano Fiscal 2004 aprobadas por la Resolucion Directoral Nº 047-2003-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el Calendario de Compromisos del mes de febrero del Ejercicio Fiscal 2004, en los montos que se detallan en el Anexo de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Calendario de Compromisos aprobado, no convalida actos, acciones o gastos de los Pliegos Presupuestarios que no se cinan a la normatividad vigente, de conformidad con el Articulo 32º de la Ley Nº 27209. Articulo 3º.- Los montos aprobados en el Anexo que se senala en el articulo 1º, para el Gobierno Nacional y el Gobierno Regional con Fuente de Financiamiento Re-

Precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 005-2004-EF/15 MORDAZA, 5 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en las Tablas Aduaneras del Maiz, Azucar, Arroz y Lacteos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF de 3 de enero del 2002 se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF se modifico la Tabla Aduanera del Azucar y se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF asi como la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF serian vigentes hasta el 30 de junio del 2003; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 090-2003-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lac-

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