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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G32/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de marzo de 2004 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G2D /G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G4D/G50/G59/G4D/G45 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2004-TR Lima, 8 de marzo del 2004 VISTO: La comunicación de fecha 16 de febrero de 2004, presentada pro el señor Walter Noceda Martorollet; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 194-2003-TR, de fecha 30 de julio de 2003, se designó al señor Walter NocedaMartorollet, como Director Ejecutivo de la Comisión de Pro-moción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME; Que, por la comunicación de vistos, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado precedentemente; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aproba-do por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renun- cia formulada por el señor WALTER NOCEDA MARTORO-LLET, como responsable de la Dirección Ejecutiva de laComisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa -PROMPYME, dándosele las gracias por los servicios pres-tados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 04902 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G4D/G2D /G50/G59/G4D/G45 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 050-2004-TR Lima, 8 de marzo del 2004 VISTO: El Memorándum Nº 033-2004-MTPE/DM, de fe- cha 8 de marzo de 2004, del Despacho Ministerial del Sector; CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecu- tivo de la Comisión de Promoción de la Pequeña y MicroEmpresa - PROMPYME; Que, en consecuencia es necesario designar al funcio- nario que desempeñe el indicado cargo; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aproba-do por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al eco- nomista IVÁN MIFFLIN BRESCIANI como responsable dela Dirección Ejecutiva de la Comisión de Promoción de laPequeña y Micro Empresa - PROMPYME. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 04903TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G41/G63/G75/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G62/G75/G7A/G6F/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G63/G68/G6F/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F /G61/G20/G6E/G69/G76/G65/G6C/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 054-2004-MTC/13 Lima, 27 de febrero de 2004 CONSIDERANDO:Que, el Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.12.2000) dispuso que es competencia de la Dirección General de Trans-porte Acuático del Sector Transportes y Comunicaciones, laregulación, supervisión y control de los aspectos administra-tivos - empresariales de los Servicios de Transporte Marítimoy Conexos realizados en Tráfico de Bahía y Áreas Portuarias,prestados por personas naturales y jurídicas; Que, para dar cumplimiento a lo dispuesto por el mencio- nado Decreto Supremo, se expidió el Reglamento de los Ser-vicios de Transporte Acuático y Conexos, realizados en Tráfi-co de Bahía y Áreas Portuarias, aprobado por ResoluciónMinisterial Nº 259-2003-MTC/02 (31.MAR.2003), en cuyo Art.7º se señalan los siguientes Servicios que son materia deregulación: Servicio Abastecimiento de Combustible, Servi-cio de Amarre y Desamarre, Servicio de Avituallamiento deNaves, Servicio de Buzo, Servicio de Dragado, Servicio dePracticaje, Servicio de Recojo de Residuos, Servicio de Re-molcaje y Servicio de Transporte de Personas; Que; el Art. 13º del citado Reglamento señala los puer- tos y el ámbito de jurisdicción de cada uno de ellos, dentro de los cuales tienen validez las licencias otorgadas por la Dirección General de Transporte Acuático, para prestar losservicios antes mencionados; Que, la prestación del Servicio de Buzo es una actividad de naturaleza eventual en distintos puertos a nivel nacional, que sepresta básicamente para efectuar las operaciones establecidasen la definición del servicio contenida en el artículo 2º de la Reso-lución Ministerial Nº 259-2003-MTC/02, y que se puede desarro-llar en los ámbitos marítimo, fluvial y lacustre del país, razonespor las cuales se hace necesario precisar, el ámbito de validez delas licencias que se otorgan para prestar el servicio indicado; Al amparo de la Segunda Disposición Complementaria de la R.M. Nº 259-2003-MTC/02 y de conformidad con lodispuesto por los Decretos Supremos Nº 041-2002-MTC yNº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por la Reso-lución Ministerial Nº 259-2003-MTC/02; SE RESUELVE: Artículo 1º.- PRECISAR que las licencias que otorga la Dirección General de Transporte Acuático para la pres-tación del Servicio de Buzo, faculta a sus titulares la pres-tación de este servicio a nivel nacional. Artículo 2º.- A partir de la fecha de publicación de la presente Resolución Directoral, las personas naturales ojurídicas que soliciten Licencia para prestar Servicio deBuzo, deberán presentar copia simple de la Licencia Muni-cipal de Funcionamiento de su Oficina Principal. Artículo 3º.- Lo dispuesto en la presente resolución, es aplicable a las licencias expedidas con anterioridad a lafecha de publicación, las que tendrán validez a nivel nacio-nal al margen del puerto que se indique. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia en la fecha de su publicación en el Diario Ofi-cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO ARAMBURÚ GARDENER Director GeneralDirección General de Transporte Acuático 04803