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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G32/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de marzo de 2004 PROHIBICIONES Artículo 4º.- No se podrá remitir por vía electrónica la siguiente documentación de carácter interno que se pro-duzca en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-miento: a) Cualquier documentación que recoja un acto adminis- trativo o que establezca una posición institucional. b) Autorizaciones para proceder a contrataciones o re- lativas a disposición de recursos. c) Documentación que sustente directamente un acto administrativo. d) Documentos o archivos confidenciales de la institu- ción. e) Mensajes encadenados o que contengan esquemas piramidales o similares. VALIDEZ DEL DOCUMENTO REMITIDO POR VÍA ELECTRÓNICA Artículo 5º.- El documento remitido que siga las disposi- ciones de la presente Directiva tendrá plena validez y seconsiderará redactado por quien figura como su autor. Elreceptor del documento podrá utilizarlo como si éste hu-biera sido remitido físicamente. RESPONSABILIDAD Artículo 6º.- El usuario titular de una cuenta de correo es responsable por el mal uso que puedan realizar terce-ros de ella. En ese sentido, el funcionario o servidor debe-rá evitar que terceros tengan acceso a su cuenta de correoelectrónico y hagan uso indebido de éste. La responsabi-lidad por el mal uso del correo no alcanza al receptor deldocumento de acuerdo a las disposiciones establecidasen la presente directiva. RESPONSABILIDAD DE LA EJECUCIÓN DE LA DI- RECTIVA Artículo 7º.- El cumplimiento de la presente Directiva es de responsabilidad de la Oficina General de Estadísticae Informática (OGEI) de VIVIENDA, para tal efecto brinda-rá el apoyo técnico necesario a los órganos de VIVIENDA,siendo el Órgano de Control Interno del Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento la encargada de fis-calizar su correcto cumplimiento. EXCEPCIONES Artículo 8º.- Cualquier excepción a lo aquí dispuesto deberá ser solicitada y debidamente sustentada a la Se-cretaría General del Ministerio de Vivienda, Construccióny Saneamiento, la misma que evaluará el requerimiento ydispondrá, de ser el caso, los trámites para el otorgamien-to de la excepción solicitada. 04899 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G75/G65/G7A/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F /G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G65/G72/G72/G6F/G72/G69/G73/G6D/G6F SALA PENAL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 003-2004-SPPCS Lima, 5 de marzo del 2004 VISTO; la solicitud de la fecha presentada por el señor José Ríos Olsson, Juez Penal del Segundo Juzgado Tran-sitorio de Terrorismo; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Administrativa Nº 097-2002- CE-PJ, de fecha 20 de julio del 2002, se ha facultado a laSala Penal Permanente de la Corte Suprema designar alos integrantes de la Sala Nacional de Terrorismo la que debe hacerse en número suficiente de acuerdo con el artí-culo sexto de la Resolución acotada, resultando convenienteutilizar la estructura corporativa ya establecida para unamayor eficiencia, teniéndose en cuenta que la indicada Salatiene competencia a nivel nacional; Que, el señor José Ríos Olsson, Juez Penal del Segun- do Juzgado Transitorio de Terrorismo solicita deje sin efec-to su designación como Juez Penal del Segundo JuzgadoTransitorio de Terrorismo por motivos personales; La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Jus- ticia de la República en uso de las facultades conferidaspor la Resolución Administrativa Nº 097-CME-PJ; y estan-do a lo acordado en sesión de la fecha; RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto a partir de la fecha de la publicación de la presente Resolución, la designa-ción del señor JOSÉ RÍOS OLSSON como Juez Penal delSegundo Juzgado Transitorio de Terrorismo, señalado enel artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 003-2003-SPPCS de fecha 13 de enero del 2003, debiendo re-tornar a su Corte de origen. Artículo Segundo.- Designar a partir de la fecha al señor Juez Penal Titular del Módulo Básico de Villa Maríadel Triunfo OMAR ANTONIO PIMENTEL CALLE como JuezPenal del Segundo Juzgado Transitorio de Terrorismo. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema, al Presidente del Conse-jo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Fiscal de la Nación, alJefe de la Oficina de Control de la Magistratura, al Presi-dente de la Corte Superior de Justicia de Lima, al Presi-dente de la Sala Nacional de Terrorismo y al Gerente Ge-neral del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Pe-ruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISAAC GAMERO VALDIVIAANTONIO PAJARES PAREDESEDUARDO ALBERTO PALACIOS VILLARJOSE LUIS LECAROS CORNEJOHUGO ANTONIO MOLINA ORDOÑEZ04890 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G41/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G61/G20/GF3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G73 /G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G76/G69/G73/G69/G2D/G74/G61/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G2D/G72/GE1/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6E/G6F/G76/G69/G65/G6D/G62/G72/G65 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 100-2004-P-CSJLI/PJ Lima, cinco de marzo del 2004 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 066-2004-P-CSJLI/PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de febrerodel año en curso; y, CONSIDERANDO: Por resolución de vista, la Corte Superior de Justicia de Lima, aprobó el Cronograma de Visitas Judiciales Ordi-narias que efectuará la Oficina Distrital de Control de la