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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2004 (17/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G37/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de marzo de 2004 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G79 /G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ACUERDO DE CONSEJO Nº 14-2004/CR-ANCASH Huaraz, 8 de marzo de 2004 EL CONSEJO REGIONAL HA DADO EL ACUERDO SIGUIENTE Huaraz, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 4 de marzo de 2004; ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobier- no Regional de Ancash, celebrada el 4 de marzo del dosmil cuatro; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional celebrada el 6 de febrero de 2004, acor-dó aprobar la remuneración del Presidente, VicepresidenteRegional y la dieta de los Consejeros Regionales; Que, mediante Informe Nº 091-2004-RA/ORAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, manifiesta que las remu- neraciones del Presidente y Vicepresidente, así como ladieta de los Consejeros Regionales, deben ser aprobadasde acuerdo a la normatividad vigente; Que, se acordó aprobar la remuneración del Presiden- te, Vicepresidente Regional y la dieta de los señores Con- sejeros en Sesión Ordinaria del Consejo Regional celebra- da el cuatro de marzo del dos mil cuatro; Que, en uso de las facultades conferidas inciso f) artícu- lo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los GobiernosRegionales y en concordancia con lo establecido en él ar-tículo 19º inciso a) artículo 20º y artículo 23º de dicha Ley. Previa las deliberaciones del caso y con voto unánime; ACUERDA: Artículo Primero.- Fijar las remuneraciones del Presi- dente y Vicepresidente del Gobierno Regional de Ancash. Artículo Segundo.- La remuneración bruta que percibirá el Presidente Regional es 16,530.00 Nuevos Soles y el Vice-presidente la remuneración bruta 12,300.00 Nuevos Soles. Artículo Tercero.- Fijar la dieta mensual de los seño- res Consejeros Regionales del Gobierno de la Región An-cash en el equivalente a 4,800.00 Nuevos Soles. POR TANTO: Mando se registre y se publique. RICARDO NARVÁEZ SOTO Presidente del Consejo Regional 05304 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 007-2004-CR/GRL Mediante Oficio Nº 052-2004-GRL/SGRAJ, el Gobier- no Regional de Lima solicita se publique Fe de Erratas delAcuerdo de Consejo Regional Nº 007-2004-CF/GRL, pu- blicado en la edición del día 16 de marzo de 2004. DICE:Artículo Segundo.- Que, los viáticos, pasajes, impues- tos y gastos que generen esta comisión, serán de cuen- ta del Gobierno Regional de Lima, conforme a las dispo-siciones que sobre la materia contiene la Ley Nº 28128,Ley del Presupuesto Sector Público para el año fiscal2004. DEBE DECIR: Artículo Segundo.- Que, los viáticos, pasajes, impues- tos y gastos que generen esta comisión, serán de cuen-ta del Gobierno Regional de Lima, conforme a las dispo-siciones que sobre la materia contiene la Ley Nº 28128, Ley del Presupuesto Sector Público para el año fiscal 2004; y, de conformidad con lo establecido por el artícu-lo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se preci-sa lo siguiente: - Detalle de Pago de Pasaje y Viáticos: Pasaje ida y vuelta U.S.$ 683.00 CORPAC U.S.$ 20.00 Víáticos por 8 días U.S.$ 1,600.00 Viáticos por Gastos de InstalaciónArt. 8º D.S. 047-2002-PCM U.S.$ 200.00 ---------------------- TOTAL U.S.$ 2,503.00 T.c. 3.50 = S/. 8,760.50 05425 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G65/G63/G6F/G6D/G69/G65/G6E/G64/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73 /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G2D /G7A/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G72/G64/G65/G2D /G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G4D/G4D/G4C/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 048 Lima, 4 de marzo de 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de marzo de 2004, el pedido formulado por el Regidor WalterMenchola Vásquez, Presidente de la Comisión de Asuntos Económicos y de Organización; CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ordenanza Nº 211 y de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 40º y 157º numeral 26)de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Or-denanzas en materia tributaria expedidas por las Munici-palidades Distritales deben ser ratificadas por la Municipa- lidad Provincial para su vigencia; Que, la observancia de dicha normatividad reviste im- portancia tanto para la administración, como para los ad-ministrados de dichas jurisdicciones, cuyo incumplimientoacarrea responsabilidad para aquella; ACORDÓ: Artículo Único.- Recomendar a las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima para que en forma opor- tuna realicen el proceso de ratificación por la Municipali-dad Metropolitana de Lima de las Ordenanzas que en ma-