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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2004 (17/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G37/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de marzo de 2004 teria tributaria hayan emitido para sus respectivas jurisdic- ciones, para efectos de la vigencia de las mismas. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 05312 /G52/G65/G63/G68/G61/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G74/G72/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73 /G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G79/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G4D/G4C ACUERDO DE CONCEJO Nº 050 Lima, 4 de marzo de 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 4 de marzo de 2004, el Dictamen Nº 17-2004-MML-CDUVN dela Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura relacionado al tema de las competencias y funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima so-bre la constitución, organización y administración del Sis-tema Metropolitano de Parques; y, CONSIDERANDO: Que, está vigente la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 27972, en donde se establece la competencia dela Municipalidad Metropolitana de Lima para constituir,organizar y administrar el Sistema Metropolitano de Par-ques; Que, se han producido acciones violentas con relación a la posesión de los Parques Zonales de Lima; Que, con ello, se pretende desconocer la autoridad de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, se están gestando proyectos para sustraer las competencias que le corresponden a la Municipalidad Me- tropolitana de Lima; ACORDÓ:Artículo Único.- Rechazar la intromisión política de otros organismos del Estado, en competencias y funciones que son propias de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 05313 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73 /G70/G6F/G72/G20/G53/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G69/G73/G2D/G74/G61/G6E ACUERDO DE CONCEJO Nº 105-2003-MDA Ancón, 31 de diciembre del 2003 Vistos, en Sesión Ordinaria de Concejo de la Munici- palidad de Ancón de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 12º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, señala (...) el monto de las dietas es fija-do discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capa-cidad económica del gobierno local, previas las cons-tataciones presupuestales del caso. No pueden otorgarsemás de cuatro dietas mensuales a cada regidor (...); Que, el artículo 21º de la Ley antes citada señala (...) el monto mensual de la remuneración del alcalde es fijadodiscrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capaci- dad económica del gobierno local (...); Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 009-2003-MDA de fecha 23.1.03 bajo la Ley Orgánica Nº 23853, se aprobópara el ejercicio 2003 el monto de la dieta de los regidoresen 0.6 de la UIT, y la remuneración mensual del alcalde en 2 (dos) UIT; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 27972, con dispensa de la lectu-ra y aprobación de acta, con el voto unánime de los miem-bros del Concejo; ACUERDA: Artículo Primero.- Ratificar para el Ejercicio Presu- puestal 2004 el monto de la dieta de los Regidores en 0.6de la UIT, por cada sesión de Concejo de la Municipalidadde Ancón, con un mínimo de 2 (dos) sesiones pagadas al mes, por asistencia efectiva a cada sesión de Concejo de la Municipalidad Distrital de Ancón. Artículo Segundo.- Ratificar la remuneración mensual del Alcalde del distrito de Ancón en 2 (dos) UIT, para elEjercicio Presupuestal 2004. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presen- te acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 05356 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F /G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G2D/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G73/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F/G20/G79/G20/G66/G65/G2D/G62/G72/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2004/MJM Jesús María, 15 de marzo de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 133-MJM de 23.ENE.2004 se establecen los montos a cobrar por Arbitrios Municipa- les para el presente ejercicio; Que, mediante Ordenanza Nº 134-MJM se estableció una serie de incentivos por pronto pago de los ArbitriosMunicipales para el ejercicio 2004 entre los cuales se de-termina que los contribuyentes que cumplan con el pago de los Arbitrios Municipales de manera completa por todo el ejercicio 2004, recibirán un descuento del 12% del mon-to total al momento de efectuar la cancelación. Los contri-buyentes que cancelen sólo un semestre (I o II) recibirán el6% de descuento; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2004/MJM, de fecha 26 de febrero del 2004, se prorrogó el plazo de vencimiento de pago de los Arbitrios Municipales corres-pondientes a los meses de enero y febrero del presenteejercicio fiscal hasta el 16 de marzo del 2004; Que, algunas instituciones del Sector Público a fin de dar cumplimiento a sus obligaciones municipales, vienen gestionando ante el Ministerio de Economía y Finanzas la atención de sus requerimientos de gasto, situación que estátomando mayor tiempo del previsto por lo que han solicita-do a la Administración Tributaria la ampliación de los pla-zos de cancelación para poder cumplir con los mismos, yacogerse a los beneficios establecidos mediante Ordenanza Nº 134-MJM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades confe- ridas por el numeral 6 del Art. 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972;