Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2004 (25/03/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 25 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 265337

miento de normas y abandono de cargo, con fecha 3MAR2003 en via de regularizacion. Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 05864

que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra Popular y Porvenir Compania de Seguros en Liquidacion, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior los actuados del caso para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 05861

Autorizan a procurador interponer acciones legales pertinentes contra Popular y Porvenir Compania de Seguros en Liquidacion, por incumplimiento de lo estipulado en polizas de seguros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0397-2004-IN/PNP MORDAZA, 17 de marzo del 2004 Visto, el Oficio Nº 4440-2003-DGPNP/SG del 30JUN2003, mediante el cual la Direccion General de la Policia Nacional del Peru informa que las indemnizaciones de SEIS (6) vehiculos policiales siniestrados considerados en las Polizas Nºs. 79305, 79306 y 80059, se encuentran pendientes de atencion por parte de la Empresa Popular y Porvenir Compania de Seguros en Liquidacion; CONSIDERANDO: Que, mediante Convenio de Transaccion Extrajudicial, Reconocimiento de Obligaciones y Forma de Pago suscrito entre Popular y Porvenir Compania de Seguros en Liquidacion y el Ministerio del Interior, se acordo entre otros que la referida empresa continuaria con la atencion de los reclamos por siniestro de vehiculos que se encuentran en MORDAZA de liquidacion, de las Polizas Nºs. 79305, 79306, 79307, 80006 y 80059; Que, asimismo se acordo que la Compania efectuaria los pagos que correspondan por los siniestros que se encuentran cubiertos en las polizas de seguros respectivas, directamente a los talleres de reparaciones en caso de las perdidas parciales y que los pagos de las indemnizaciones que correspondan por perdida total se efectuarian al Ministerio del Interior; Que, la Policia Nacional del Peru y la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior procedieron a requerir a Popular y Porvenir Compania de Seguros en Liquidacion para que cumpla con su obligacion asumida mediante el inciso c) de la Clausula MORDAZA del Convenio de Transaccion Extrajudicial, Reconocimiento de Obligaciones y Forma de Pago, a fin de que se atiendan los siniestros de los vehiculos policiales referidos a las polizas Nºs. 79305, 79306 y 80059, existiendo una negativa de la empresa a cumplir con sus obligaciones contraidas mediante el citado documento; Que, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que interponga las acciones legales pertinentes contra Popular y Porvenir Compania de Seguros en Liquidacion, de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; Lo informado por la Oficina General de la Asesoria Juridica del Ministerio del Interior en su Informe Nº 3797-2003IN del 16JUL2003; Lo propuesto por el General Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para

JUSTICIA
Autorizan a asociacion civil el funcionamiento de centro de conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 100-2004-JUS MORDAZA, 22 de marzo de 2004 Vista, la solicitud de registro Nº 14865, de fecha 27 de junio de 2003, sobre Autorizacion de Centro de Conciliacion, presentada por la ASOCIACION PERUANA DE DERECHO SANITARIO; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociacion civil, ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado, Centro de Prevencion y Resolucion de Conflictos en Salud - MORDAZA, con siglas CPRCS - MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Ayacucho; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 12122003-JUS/STC, Nº 128-2004-JUS/STC y Nº 222-2004JUS/STC, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º, de la Ley de Conciliacion, Ley Nº 26872, y los articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y por Decreto Supremo Nº 040-2001-JUS; por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliacion solicitado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y por Decreto Supremo Nº 040-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, a la asociacion civil, ASOCIACION PERUANA DE DERECHO SANITARIO, el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado, Centro de Prevencion y Resolucion de Conflictos en Salud MORDAZA, con siglas CPRCS - MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Ayacucho. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia, en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Justicia 05897

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.