Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2004 (25/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de marzo de 2004

MIMDES
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 27767 - Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria
DECRETO SUPREMO Nº 002-2004-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27767 - Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, se establecen las normas que regulan la obligatoriedad de la adquisicion de productos alimenticios nacionales de origen agropecuario e hidrobiologico, por los Programas de Apoyo Alimentario y Compensacion Social de todos los organismos del Estado que utilicen recursos publicos; Que, en aplicacion de lo dispuesto por el Articulo 8º de la referida MORDAZA, por Decreto Supremo Nº 001-2003-MIMDES se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 27767, con la finalidad de establecer las normas reglamentarias y procedimientos que deben observar obligatoriamente los Programas de Apoyo Alimentario y Compensacion Social de todos los organismos del Estado cuando adquieran los productos alimenticios nacionales a que se refiere la citada Ley; Que, por Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, se aprobo el Cronograma de Transferencia para el ano 2003, a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversion en Infraestructura Productiva de alcance regional, incluyendo en el Numeral 2 del Anexo del citado dispositivo, a los Programas de Complementacion Alimentaria a nivel local administrados por el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2003-PCM aprobo la "Transferencia de los Fondos, Proyectos y Programas Sociales a cargo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social, Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural, y el ex Organismo para la Reconstruccion y Desarrollo del Sur, en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 0362003-PCM, precisando que la transferencia de los Programas, Comedores, Alimentos por Trabajo y Hogares y Albergues a cargo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA a sesenta y siete (67) Gobiernos Locales Provinciales, sera gradual y progresiva; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, establece mecanismos que promueven la organizacion de los productores y su insercion en las MORDAZA productivas, habiendo firmado el Pacto Agrario Nacional, con fecha 20 de febrero de 2004, el mismo que impulsa la defensa y apoyo a la produccion agraria nacional y el fortalecimiento de las organizaciones empresariales de los productores en MORDAZA productivas como politica de Estado; Que, resulta pertinente contar con normas especificas que permitan la supervision y control por parte del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, en la programacion, seleccion y ejecucion de las adquisiciones a desarrollarse en el MORDAZA de los Programas de Apoyo Alimentario y Compensacion Social, cautelando los principios que rigen las contrataciones estatales en nuestro MORDAZA, al MORDAZA de lo dispuesto por el literal g) del articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, en este contexto, resulta necesario aprobar un MORDAZA Reglamento de la Ley Nº 27767, con la finalidad que los Ministerios, Organismos Publicos Descentralizados, Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales, segun corresponda, cuenten con una regulacion acorde a la situacion actual de los programas alimentarios y nutricionales y que les permita administrar de manera eficiente los recursos transferidos por el Ministerio de Economia y Finanzas para la ejecucion de los citados programas, debiendo ser derogado el Decreto Supremo Nº 001-2003-MIMDES; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27767, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, los Decretos Supremos Nos. 036 y 088-2003-PCM

y el literal g) del articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA Aprobar el MORDAZA Reglamento de la Ley Nº 27767 - Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, el mismo que consta de cinco (5) Titulos, treinta y un (31) Articulos, nueve (9) Disposiciones Complementarias, dos (2) Disposiciones Finales y un (1) Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- MORDAZA derogatoria Derogar el Decreto Supremo Nº 001-2003-MIMDES de fecha 17 de enero de 2003. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Agricultura, el Ministro de la Produccion y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los dieciocho dias del mes de marzo de dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27767 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objetivo La presente MORDAZA determina los procedimientos a que se sujetaran las Entidades que administren Programas de Apoyo Alimentario y Compensacion Social para la adquisicion de productos alimenticios nacionales, en el MORDAZA de dichos Programas, siempre que se ejecuten con recursos publicos. Articulo 2º.- Definiciones Para los efectos de la presente MORDAZA, se entiende por: 1. Acto Publico.- Es aquel en el que se reunen las Comisiones de Adquisicion, los postores y el Notario Publico o Juez de Paz, para recibir y abrir las Propuestas, evaluarlas y otorgar la Buena Pro. En este Acto podra participar el veedor, asi como cualquier persona que lo desee. 2. Adquisicion Complementaria.- Aquella que realiza la Entidad al o los contratistas hasta el limite del treinta por ciento del monto adquirido en forma individual dentro de los treinta dias calendario siguientes al termino del mismo. 3. Adquisicion de Productos Alimenticios.- La accion orientada a obtener la propiedad de productos alimenticios. 4. Bases.- Documento que contiene los aspectos administrativos y especificaciones tecnicas que rigen un MORDAZA de adquisicion de productos alimenticios en el MORDAZA del presente Reglamento. 5. Clausula Adicional.- El documento formal que suscriben las mismas partes que suscribieron el contrato original y que contiene aquellos acuerdos posteriores a la celebracion del contrato que modifican o precisan sus terminos. En ningun caso puede modificarse el Precio Unitario, ni las especificaciones tecnicas del producto.

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