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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G39/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de mayo de 2004 CAPÍTULO II DEFINICIONES Artículo Sexto.- Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza seentiende por: a) Licencia Municipal de Apertura Indeterminada.- Es el documento que autoriza el funcionamiento de un esta-blecimiento en el cual se detallan las actividades económi-cas o giros, área de uso autorizada, zonificación, ubica-ción, razón social y/o nombre del conductor, código catas- tral, el horario de funcionamiento, fecha de inicio de activi- dades, el número del expediente y de la Resolución Ge-rencial que aprueba el procedimiento y establece las ca-racterísticas y condiciones bajo las cuales se otorga la li-cencia. Su vigencia es indeterminada de conformidad conlo establecido en la Ley Nº 27180. b) Licencia Municipal de Apertura Provisional.- Es aque- lla Licencia Municipal de Funcionamiento, otorgada en mé-rito a la Ley de Promoción y Formalización de la Micro yPequeña Empresa – Ley Nº 28015, la misma que permiteel funcionamiento comercial, industrial o profesional por unperíodo de doce (12) meses; plazo dentro del cual se efec- tuarán las evaluaciones correspondientes para darle ca- rácter definitivo de ser el caso. Se otorga mediante un do-cumento que autoriza el funcionamiento del establecimiento,en el cual se detallan las actividades económicas o giros,área de uso autorizada, zonificación, ubicación, razón so-cial y/o nombre del conductor, código catastral, el horario de funcionamiento, fecha de inicio y vencimiento de activi- dades, el número de expediente que aprueba el procedi-miento, y establece las características y condiciones bajolas cuales se otorga la licencia. c) Licencia de Funcionamiento Especial.- Es aquella Autorización otorgada en base a la Ordenanza Nº 062, para los establecimientos que se encuentren ubicados en Urba- nizaciones en proceso de Recepción de Habilitación Urba-na, Urbanizaciones Progresivas o Asentamientos Huma-nos. Se otorga mediante un documento que autoriza el fun-cionamiento de un establecimiento, en el cual se detallanlas actividades económicas o giros, área de uso autoriza- da, zonificación, ubicación, razón social y/o nombre del conductor, código catastral, el horario de funcionamiento,fecha de inicio y vencimiento de actividades, el número deexpediente que aprueba el procedimiento, y establece lascaracterísticas y condiciones bajo las cuales se otorga laAutorización. d) Licencia de Funcionamiento para Cesionarios.- Es la autorización de funcionamiento que solicitan los nego-cios que se encuentran dentro de otro establecimiento, peroque tienen una razón social distinta. e) Licencia de Funcionamiento por Campaña.- Es aque- lla que se confiere a establecimientos que desarrollan sus actividades comerciales, industriales y profesionales por tiempo determinado no mayor de tres meses. f) Certificado de aptitud de establecimiento.- Es el do- cumento que solicita el propietario de un predio, en el cualse señala los giros compatibles a desarrollarse en el mis-mo. g) Certificado de Compatibilidad de Uso.- Es el docu- mento mediante el cual la Municipalidad de La Molina cer-tifica que la zonificación del inmueble es compatible con eluso que se le pretende dar y que el establecimiento cum-ple con los niveles de seguridad, así como las condicionestécnicas, operacionales y de funcionalidad que la naturale- za del giro exige. Se otorga a predios ubicados en urbani- zaciones que cuentan con habilitación urbana y recepciónde obras de habilitación urbana. Debe ser solicitado parala obtención de la Licencia Municipal de Apertura Indeter-minada o para la Licencia Municipal de Apertura Provisio-nal. h) Certificado de Factibilidad de Uso.- Es el documento mediante el cual se certifica que la zonificación del inmue-ble es compatible con el uso que se le pretende dar, y queel establecimiento cumple con los niveles de seguridad,así como las condiciones técnicas, operacionales y de fun-cionalidad que la naturaleza del giro exige. Se otorga a pre- dios ubicados en asentamientos humanos o urbanizacio- nes en proceso de recepción de obras de habilitación ur-bana. Debe ser solicitado para la obtención de la Licenciade Funcionamiento Especial.i) Declaración Jurada Anual de Permanencia en el Giro.- Es aquella Declaración Jurada Anual, simple y sin costoalguno que deben presentar todos los establecimientos quecuenten con Licencia Municipal de Funcionamiento Inde-terminada, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 71ºde la Ley Nº 27180. TÍTULO II DE LAS LICENCIAS CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES Artículo Sétimo .- La Licencia Municipal de Apertura o la Licencia de Funcionamiento Especial deberá ser solici-tada por todas las personas naturales o jurídicas que pre-tendan desarrollar actividades comerciales, industriales yprofesionales. Artículo Octavo .- Se encuentran exonerados del pago de derechos administrativos por concepto de Licencia Mu-nicipal de Apertura, Certificado de Compatibilidad de Usoy/o Certificado de Defensa Civil: a.- Las personas discapacitadas que acrediten esta con- dición con la presentación del certificado de discapacidad otorgado por la Comisión Nacional de Personas Discapa-citadas “CONADIS”. b.- Las sedes de los Poderes del Estado.c.- Las instituciones confesionales para sus locales des- tinados a templos, oficinas administrativas, salones parro- quiales, conventos y similares sin fines de lucro. d.- Los museos, sin fines de lucro.e.- Los organismos de derecho público internacional y las representaciones diplomáticas y consulares, así comolas oficinas y locales de la Municipalidad y/o de sus orga-nismos descentralizados o desconcentrados. f.- Hospitales, Centros de Salud y Postas Médicas Es- tatales. g.- Dependencias y oficinas del Gobierno Central, in- cluidas las Fuerzas Armadas, Fuerzas Policiales, el Cuer-po General de Bomberos Voluntarios del Perú, y de losGobiernos regionales o locales, siempre que desarrollen actividades propias de su función pública. h.- Comedores populares y locales comunales autori- zados por la Municipalidad. i.- Los partidos políticos y movimientos independientes debidamente acreditados ante el órgano competente. j.- Las instituciones de apoyo social, sin fines de lucro, reconocidas y autorizadas a nivel internacional. Las personas naturales o jurídicas que gocen del bene- ficio señalado en este artículo deberán respetar la norma-tividad vigente en materia de zonificación y usos, estandoen consecuencia obligados a presentar todos los documen- tos exigidos para la obtención de la Licencia Municipal de Apertura o la Licencia de Funcionamiento Especial. CAPÍTULO II Artículo Noveno .- La Licencia Municipal de Apertura es de dos tipos: 1. Licencia Municipal de Apertura Indeterminada. 2. Licencia Municipal de Apertura Provisional – Ley Nº 28015. Artículo Décimo .- La Licencia de Funcionamiento Es- pecial es de tres tipos: 1. Licencia de Funcionamiento Especial, (Ordenanza Nº 062). 2. Licencia de Funcionamiento para Cesionarios. 3. Licencia de Funcionamiento por Campaña. CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS PARA OBTENER LA LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA O LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO ESPECIAL Artículo Décimo Primero.- Para obtener la Licencia Municipal de Apertura y la Licencia de FuncionamientoEspecial los administrados deberán presentar ante la Ofi-