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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2004 (05/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 58

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G39/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de mayo de 2004 cina de Trámite Documentario de la Municipalidad de La Molina los siguientes documentos: a) Solicitud que cumpla con los requisitos generales de presentación señalados en la Ley Nº 27444. b) Declaración Jurada de Veracidad de los documentos que se presentan. c) Certificado de Compatibilidad de Uso (zonificación) procedente. d) Copia del Registro Único del Contribuyente.e) Original de la Licencia Municipal de Funcionamiento Provisional – Ley Nº 28015, de ser el caso. f) Copia simple de la Escritura de Constitución Social. g) Documentos que acrediten la propiedad o conduc- ción del local. h) Informe favorable de Inspección Técnica, Básica o de Detalle, expedida por Defensa Civil, según sea el caso. i) Opinión favorable emitida por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, cuando corresponda. j) Copia del DNI del solicitante o del representante le- gal. k) Pago de los Derechos. Artículo Décimo Segundo.- Además de los requisitos establecidos en el artículo precedente, por la naturaleza del giro del establecimiento, los administrados deberán pre-sentar los siguientes documentos: Centros educativos a) Copia de la Resolución de Autorización expedida por la UGEL. b) Informe favorable de Inspección Técnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Juegos de casino y máquinas tragamonedas a) Copia autenticada de la autorización de funcionamien- to expedida por el Ministerio de la Producción. b) Informe favorable de Inspección Técnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. d) Copia de la Licencia Municipal de Apertura para Ho- tel de 4 ó 5 estrellas o Restaurante de 5 tenedores. Venta de gasolina, gas y otros hidrocarburos: a) Copia autenticada de la Autorización del Ministerio de Energía y Minas (Dirección General de Hidrocarburos). b) Informe favorable de Inspección Técnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Fabricación y/o Comercialización de Insumos Quí- micos: a) Autorización de la DINANDRO. b) Informe favorable de Inspección Técnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Talleres de mecánica automotriz a) Cumplir con los requisitos que establece la Orde- nanza Nº 047. b) Informe favorable de Inspección Técnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Establecimientos de Salud (consultorios médicos, obstétrico, Policlínicos, Centros de apoyo médico, Ser-vicio de Diagnóstico, centros ópticos y similares) a) Constancia de registro y categorización otorgada por la correspondiente Dirección de Salud del Ministerio deSalud.b) Informe favorable de Inspección Técnica de Detalle expedido por Defensa Civil. c) Informe favorable emitido por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Farmacias y Boticas a) Copia del título profesional del Químico Farmacéuti- co regente y copia autenticada de la constancia de estarhábil para ejercer la profesión. b) Copia autenticada del formulario presentado a DI- GEMID. Instituciones Financieras o de Seguros: a) Resolución de la Superintendencia de Banca y Se- guros autorizando la apertura de la sede, oficina o agenciacorrespondiente. b) Informe favorable de Inspección Técnica Básica ex- pedido por Defensa Civil. Servicios profesionales:a) Copia autenticada del título profesional. b) Copia autenticada de la constancia del respectivo Colegio Profesional de estar hábil para ejercer la profesión. Centros de Conciliación extrajudiciala) Resolución de Autorización del Ministerio de Justi- cia. Agencias de Empleo:a) Autorización del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Centro de Adiestramiento de Canes: a) Inspección Sanitaria. b) Información favorable de una organización cinológi- ca reconocida por el Estado. Artículo Décimo Tercero.- Con la sola admisión a trá- mite por la Oficina de Trámite Documentario de la solicitudacompañada de los requisitos exigidos en los Artículos 9ºy 10º de la presente Ordenanza, el administrado quedaautomáticamente autorizado para abrir su establecimiento comercial, industrial o profesional. Artículo Décimo Cuarto.- El Certificado de Licencia Municipal de Apertura o Licencia de Funcionamiento Es-pecial, tienen carácter personal e intransferible, y debe ex-hibirse permanentemente en un lugar visible del estableci-miento, a fin de facilitar el control periódico de la Municipa- lidad. Artículo Décimo Quinto.- Los establecimientos que cuenten con Licencia Municipal de Apertura Indetermina-da deberán presentar anualmente ante la Municipalidad unaDeclaración Jurada Anual de Permanencia en el Giro Au-torizado y de la continuidad de los requisitos que dieron origen a la expedición de la Licencia. Declaración Jurada que, sin costo alguno, se efectuará en el formato autoriza-do por la Municipalidad, dentro de los diez días inmediatossiguientes a la fecha señalada en la Licencia. Artículo Décimo Sexto.- Los conductores de estable- cimientos que cuenten con Licencia Municipal de Apertura Provisional tendrán un plazo máximo de diez (10) días úti- les, contados a partir del vencimiento de los doce (12)meses de funcionamiento, para solicitar, si fuera el caso, laLicencia Municipal de Apertura Indeterminada, bajo aper-cibimiento de clausura del establecimiento.Vencido el plazo establecido en el párrafo precedente los conductores de estos establecimientos podrán solicitar Li- cencia Municipal de Apertura Indeterminada cumpliendocon todos los requisitos establecidos en la presente Orde-nanza. CAPÍTULO IV DE LAS ACTUALIZACIONES Artículo Décimo Sétimo.- Ampliación de Giro.- Los establecimientos que cuenten con Licencia Municipal de