Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2004 (05/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 5 de MORDAZA de 2004 ORDENANZA

considerar lo establecido en la Directiva Nº 009-95MLM-OGP-OR - "Normas de Procedimientos para la Aceptacion, Aprobacion, Recepcion, Registro y Control de Donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima". Articulo Cuarto.- Encargar al Proyecto de Lucha contra la Pobreza en el Area Metropolitana de MORDAZA que una vez obtenidos los resultados de las actividades comprometidas a ejecutar con el producto de la donacion, asi como el costo de cada una de ellas, deberan ser puestas en conocimiento del Pleno del Concejo Metropolitano en su oportunidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 08489

NORMAS PARA OTORGAR LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA O LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO ESPECIAL EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I FINALIDAD, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS Articulo Primero.- La presente Ordenanza tiene como finalidad establecer el MORDAZA juridico normativo para la obtencion, modificacion, cancelacion, actualizacion y renovacion de la Licencia Municipal de Apertura y de la Licencia de Funcionamiento Especial que otorga la Municipalidad de La MORDAZA para los establecimientos comerciales, industriales y profesionales, asi como para las Declaraciones Juradas de Permanencia en el giro, y a su vez establecer las disposiciones municipales que regulen el funcionamiento de dichos establecimientos en la jurisdiccion del distrito de La Molina. Articulo Segundo.- Los objetivos de la presente disposicion municipal se orientan a: a) Promover el desarrollo empresarial de las actividades economicas de indole comercial, industrial y/o profesional. b) Facilitar los tramites administrativos referidos al otorgamiento de la Licencia Municipal de Apertura y de la Licencia de Funcionamiento Especial. c) Fomentar la competitividad de los establecimientos. d) Mejorar la calidad de los servicios prestados en beneficio de los consumidores. Articulo Tercero.- Los principios que regiran el tramite para la obtencion de la Licencia Municipal de Apertura y de la Licencia de Funcionamiento Especial son los siguientes: 1) La presuncion de veracidad y verdad material.- Se presume que las personas que se presentan a solicitar la Licencia Municipal de Apertura y de la Licencia de Funcionamiento Especial : 1.1. Dicen la verdad, presentan documentos ciertos y actuan de buena fe. Esta presuncion admite prueba en contrario. 1.2. Conocen las normas legales y administrativas que regulan este tramite o actuan asesorados por profesionales competentes. 1.3. Conocen que se aplicaran sanciones administrativas a quienes infrinjan las disposiciones municipales, a quienes proporcionen informacion falsa y a quienes burlen la buena fe de esta norma. 1.4. Conocen que en caso que se detecte que el certificado de Licencia Municipal de Apertura o de la Licencia de Funcionamiento Especial fue obtenido de forma ilicita, se dispondra la nulidad del mismo y se ordenara la clausura del establecimiento. 1.5. Conocen que la comision de actos ilicitos tipificados penalmente, ademas de ser objeto de las sanciones administrativas correspondientes, seran denunciados ante el Ministerio Publico. 1.6. Conocen que la tramitacion de los procedimientos administrativos se sustentan en la fiscalizacion posterior, por lo que la Municipalidad de La MORDAZA se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la informacion presentada, el cumplimiento de la normatividad sustantiva y la aplicacion de las sanciones pertinentes en caso que la informacion presentada no sea veraz. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza es de cumplimiento obligatorio para todo establecimiento comercial, industrial o profesional que ejerza actividad en la jurisdiccion del distrito de La Molina. Articulo Quinto.- El control y fiscalizacion para el cumplimiento del presente Reglamento estara a cargo de la Gerencia de Comercializacion y la Subgerencia de Policia Municipal.

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen normas para el otorgamiento de licencia municipal de apertura o licencia de funcionamiento especial en el distrito
ORDENANZA Nº 079 La MORDAZA, 16 de marzo de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria del Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza para Otorgar Licencia Municipal de Apertura o Licencia de Funcionamiento Especial para locales comerciales, industriales y profesionales en el distrito de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Provinciales, Distritales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponden al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras, y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, asimismo, el Articulo 195º de la MORDAZA constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Articulo 200º, inciso 4), de la Constitucion, tienen rango de Ley; Que, el Articulo 83º numeral 3.6 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece como funcion exclusiva de las Municipalidades Distritales "otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales"; Que, el Articulo 49º de la Ley Organica de Municipalidades senala que autoridad municipal puede ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o servicios, cuando su funcionamiento esta prohibido legalmente, o constituye peligro o riesgo para la seguridad publica, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del Sistema de Defensa Civil, o produzca olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente:

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