TEXTO PAGINA: 44
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G39/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de mayo de 2004 porarlos al dominio del Estado, así como también, a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Es- tatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales” y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, “Reglamento General de Procedi-mientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal”, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0049- 2004/SBN-GO-JAR, de fecha 12 de marzo de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno rústico denominado Parcela A,de 75 447,32 m², ubicado en el distrito de Puente Piedra, pro- vincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral IX- Lima de la Superin- tendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripciónde dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artícu- lo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA ALICIA ARMAS LUNA Jefa (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 08435 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 039-2004/SBN-GO-JAR La Molina, 26 de abril de 2004 Visto el expediente Nº 035-2004/SBN-JAR, correspon- diente al trámite de inscripción en Primera de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo ribereño al mar, de622,15 m², denominado “El Acantilado”, ubicado en zona urbana al norte de la Cooperativa de Vivienda Naplo II, correspondiente a la jurisdicción del distrito de Pucusana,provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los Bie-nes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identificaron terre- nos ubicados en el distrito de Pucusana, provincia y departa-mento de Lima, que se encuentran libres de inscripción; Que, mediante Certificado Catastral, de fecha 12 de marzo de 2004, emitido por el Registrador Público de laZona Registral Nº IX - Sede Lima, en base al Informe Téc- nico Nº 0973-2004-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC, de fecha 9 de marzo de 2004, se certifica que el terreno eriazo ribereñoal mar de 622,15 m², se ubica en ámbito donde no se obtie- ne información de antecedente registral; Que, asimismo, mediante Certificado de Búsqueda Catastral, de fecha 15 de abril de 2004, emitido por el Re- gistrador Público del Registro Predial Urbano, en base al Informe Técnico Nº 03152-2004-SUNARP-RPU/OC-LIMA,de fecha 25 de marzo de 2004, se certifica que el predio submateria no se encuentra inscrito en ese registro; Que, con fecha 10 de diciembre de 2003, se realizó la inspección técnica al predio denominado “El Acantilado”, mediante la cual se verificó que el terreno de 622,15 m², es de naturaleza eriaza, ribereño al mar, de estructura roco-sa, que forma parte de un promontorio o saliente del litoral marino, ubicado en área urbana al norte de la Cooperativa de Vivienda Naplo II y se encuentra libre de ocupación; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribereños son bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar laprimera inscripción de dominio del terreno de 622,15 m², de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071- 2001, Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Di-rectiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aproba- da por Resolución Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, que aprueba el “Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facultana la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como también, a emitir en primera instancia lasresoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposi- ción Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modifi-cado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la Superintenden- cia de Bienes Nacionales”, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, “Reglamento General de Procedimientos Administrati- vos de los Bienes de Propiedad Estatal”, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0082-2004/SBN-GO-JAR, de fecha 23 de abril de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno eriazo ribereño al mar de 622,15 m², denominado “El Acantilado”, ubicado en área urbana al norte de la Cooperativa de Vivienda Naplo II, co-rrespondiente a la jurisdicción del distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, según el plano y me- moria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscrip-ción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA ALICIA ARMAS LUNA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 08436 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 040-2004/SBN-GO-JAR La Molina, 26 de abril de 2004Visto el expediente Nº 034-2004/SBN-JAR, correspondiente al trámite de inscripción en Primera de Dominio a favor del Esta-do del terreno eriazo de 3 900 000,00 m², denominado “Parcela A”, ubicado a la margen derecha de la carretera a Carhuaz, a la altura del Km. 10+250 y 11+550, correspondiente a la jurisdiccióndel distrito, provincia y departamento de Ica; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los Bie-nes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifi- caron terrenos ubicados en el distrito, provincia y departamen-to de Ica, que se encuentran libres de inscripción; Que, mediante Certificado Catastral, de fecha 10 de marzo de 2004, emitido por el Registrador Público de la Zona Regis-tral Nº XI - Sede Ica, se certifica que el predio de 3 900 000,00 m², ubicado a la margen derecha de la carretera a Carhuaz, a la altura del Km. 10+250 y 11+550, correspondiente a la juris-dicción del distrito, provincia y departamento de Ica, se ubica en ámbito donde no se visualiza inscripción; Que, asimismo, mediante Certificado de Búsqueda Catastral, de fecha 10 de marzo de 2004, emitido por el Registrador Público del Registro Predial Urbano, en base al Informe Técnico Nº 00095-2004-SUNARP-RPU/OC-LIMA, de fecha 2 de marzo del año en curso, se certifica que el predio submateria no se encuentra inscrito, ni se superpone con ningún predio inscrito en ese registro;