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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2004 (07/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G30/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo Nº 009-2003-IN del 24 de setiembre del 2003, se declaró en Reestructuración el Ser-vicio de Sanidad de la Policía Nacional del Perú; Que, con Resolución Ministerial Nº 1735-2003-IN del 26 de setiembre de 2003, se conformó la Comisión encar- gada de llevar a cabo la Reestructuración del Servicio deSanidad de la Policía Nacional del Perú y del Fondo deSalud para el personal de la Policía Nacional del Perú ySanidad - FOSPOLI; Que, con Resolución Ministerial Nº 060-2004-IN/0103 del 30 de enero del 2004, se creó la Comisión encargada de implementar las recomendaciones destinadas areestructurar el Servicio de Sanidad de la Policía Nacionaldel Perú y del Fondo de Salud de la Policía Nacional delPerú (FOSPOLI); Que, la mayor parte de las metas encargadas a la men- cionada Comisión están estrechamente interrelacionadas, motivo por el cual, la postergación que pudiera sufrir cual-quiera de ellas afecta la ejecución de las demás; Que, este factor toma especial relevancia en el caso de la tarea descrita en el artículo 2º de la Resolución Mi-nisterial Nº 060-2004-IN/0103, referido a la redefinición de las funciones de la Dirección de Salud, pues constitu- ye la base del cumplimiento de varias otras metas, la cualaún no se ha implementado completamente, lo que afectalos procesos de puesta en marcha de las unidades deadministración de acuerdos de gestión y de su DirecciónOperativa, así como la culminación de las microrredes norte y este; Que, la situación presentada determina la necesidad de ampliar el plazo establecido para que la Comisión deReestructuración, el Comité Técnico y el Comité de Apoyoculminen la realización de las metas encargadas; Que, asimismo, debido a que la tarea más importante en este período es la de implementar los cambios estruc- turales en la Dirección de Salud de la Policía Nacional delPerú, la composición del Comité Técnico y Comité de Apo-yo debe ser reducida; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el plazo de la Comisión encar- gada de implementar las recomendaciones destinadasa reestructurar el Servicio de Sanidad de la Policía Na- cional del Perú y del Fondo de Salud para el personal de la Policía Nacional del Perú y Sanidad - FOSPOLI, crea-da por Resolución Ministerial Nº 060-2004-IN/0103 del30 de enero del 2004, por un período adicional de 60días útiles. Artículo 2º.- Modifíquese la composición del Comité Técnico, el cual estará conformado por las siguientes per- sonas: - Percy Bailett Gonzáles del Valle. - Víctor Barroso Zevallos- Luis Gálvez Fernández Artículo 3º.- Modifíquese la composición del Comité de Apoyo, el cual estará conformado por las siguientespersonas: - Coronel S. PNP Fernando Cerna Iparraguirre - Coronel S. PNP Carlos Prado Maggia - Coronel S. PNP Santiago Salas Ramírez- Comandante S. PNP Víctor Raúl Barreda Correa- Comandante S. PNP Carlos Weiss Marín- Mayor S. PNP José Mori Ubillus. Artículo 4º.- En todo lo demás, será de aplicación la Resolución Ministerial Nº 060-2004-IN/0103 del 30 de ene-ro del 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 08593/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G61/G70/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61 /G44/G65/G73/G63/G61/G6C/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G79/G4E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G44/G50/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G31/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4F/G49/G4E/G46/G52/G41/G2D/G4F/G47/G41/G2D/G4D/G49/G20/G22/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E /G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G41/G6C/G6D/G61/G63/GE9/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G72/G6F/G67/G61/G73/G20/G4F/G46/G45/G43/G4F/G44/G2D /G4C/G49/G4D/G41/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0826-2004-IN Lima, 4 de mayo del 2004 VISTO: El Recurso de Apelación interpuesto por la Empresa UNIOBRAS S.A.C., representada por su Gerente General, Sr. Tito Roger GONZALES LARA, por: Descalificación de Propuesta Técnica y Nulidad del Proceso; en la etapa dePresentación y Apertura de Propuestas, llevada a cabo el 23 de abril del 2004, relacionada al Proceso de ADP Nº 0001-2004-OINFRA-OGA-MI "CONSTRUCCIÓN LOCALALMACÉN DE DROGAS OFECOD-LIMA"; CONSIDERANDO:Que, el 26 de abril del 2004, el Gerente General de la Empresa UNIOBRAS S.A.C., presentó el Recurso de Ape-lación por: Descalificación de Propuesta Técnica y Nuli- dad del Proceso, pero conforme se advierte del fundamen- to de hecho 4, el impugnante pretende se declare la Nuli-dad del Proceso y para ello cuestiona las Bases, lo cual es ilegal e incorrecto de conformidad a lo establecido por la segunda parte del Art. 54º del TUO de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y concordante con la última parte del Art. 166º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 013- 2001-PCM, porque a través de tal recurso cuestiona las Bases; Que, conforme al segundo fundamento de hecho el pos- tor admite que no señaló la fecha de inicio y fin del plazo ofertado, supuestamente por error de impresión, lo cual esfalso, porque la impresión no establece la fecha de inicio y fin, sino que el plazo en el DIAGRAMA PERT CPM se indi- có un plazo mayor, es decir, de 298 días, que difiere y portanto altera la Propuesta Técnica que es de 100 días el plazo ofertado; por tanto, procede dar por no presentada su propuesta; Que, entre los documentos probatorios del impugnan- te, se encuentra a Fs. 15 el literal a) del Art. 59º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, el im- pugnante resalta el texto del literal a) que literalmente dice: "Si existieran defectos de forma tales como omisiones oerrores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comi- té Especial otorgará un plazo máximo de dos (2) días ...".Obviamente, el haber precisado y establecido la sustenta- ción del plazo por 298 días modifica en gran medida la Pro- puesta Técnica ofertada en un plazo de 100 días, por loque no es subsanable y por tanto se tiene por no presenta- da de conformidad con la Ley; Que, de conformidad con el Inc. 15) del Art. 2º de la Constitución Política del Perú y conforme a lo establecido por los Arts. 170º y 171º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median-te D.S. Nº 013-2001-PCM y dentro de los alcances de los Principios de Legalidad, Debido Procedimiento, Imparciali- dad y Transparencia, se advierte que, los fundamentos dehecho del 1 al 3 constituyen prueba asimilada en su contra del recurrente por cuanto que en el impugnante reconoce secuencialmente el desarrollo del proceso llevado a cabode manera regular; y, Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Ase- soría Jurídica y de conformidad con la Resolución Ministe-rial Nº 0512-B-92-IN/DM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADA la Apelación Interpuesta por la Empresa UNIOBRAS S.A.C., Descalifi-