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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G33/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 30 de mayo de 2004 COMISIÓN NACIONAL DE LA JUVENTUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G43/G4E/G4A RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 040-P/CNJ-CONAJU-2004 Lima, 28 de mayo del 2004CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artí- culo 16º de la Ley Nº 27802, Ley de creación del Con- sejo Nacional de la Juventud, el personal que prestaservicios en la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, se rige por el régimen laboral de la actividad privada, su escala remunerativa será aprobada por Decreto Su-premo; Que, la Resolución Suprema Nº 023-2004-PCM, que aprobó el Cuadro de Asignación de Personal de la Co- misión Nacional de la Juventud, estableció que el cita- do organismo público descentralizado contaría con untotal de cuarenta y dos (42) personas, habiéndose se- ñalado los cargos que serían desempeñados por per- sonal de confianza; Que, en el Cuadro de Asignación de Personal se consideraron como cargos de confianza los siguientes:los dos (2) Asesores de la Presidencia, el Jefe de la Oficina de Planeamiento, el Jefe de la Oficina de Ase- soría Jurídica, el Jefe de la Oficina de Administración,el Gerente de Organización, Promoción y Gestión y el Gerente de Investigación y Desarrollo, es decir siete (7) cargos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-EF, de fecha 27 de marzo del año 2004, se aprobó la políti-ca remunerativa del Pliego Comisión Nacional de la Ju- ventud - CNJ, norma que ha reconocido las remunera- ciones máximas en la Comisión Nacional de la Juven-tud, las mismas que están señaladas en función de los cargos, disponiendo el referido dispositivo normativo que la Comisión Nacional de la Juventud informe alViceministro de Hacienda las acciones efectuadas en ejecución del referido dispositivo normativo; Que, en atención al marco normativo señalado, se debe proceder a la designación de las personas a ocu- par los cargos de personal de confianza de la Comi-sión Nacional de la Juventud, conforme a lo señalado en la Resolución Suprema Nº 023-2004-PCM; Que, resulta necesaria la designación del personal de confianza a cargo de la función de Asesor de la Presidencia de la Comisión Nacional de la Juven-tud; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 14º de la Ley Nº 27802 del Consejo Nacional de la Ju- ventud, del Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, del Re- glamento de Organización y Funciones de la ComisiónNacional de la Juventud, aprobado mediante Resolu- ción Presidencial Nº 034-P/CNJ-CONAJU-2003; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como Asesor de la Presidencia al señor Luis Fernán Cisneros Coloma. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Presidencial en la página web ofi- cial de la Comisión Nacional de la Juventud y en el Dia- rio Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN VEGAS GUERRERO Presidenta 10248CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G71/G75/G65/G72/G69/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G2D/G64/G61/G6E/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G61/G6D/G70/G61/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G38/G30/G36/G20/G79/G20/G64/G65/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G70/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 139-2004-CONCYTEC-P Lima, 30 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública" tiene como finalidad la promoción de la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consa-grada en la Constitución Política; Que, por Resolución de Presidencia Nº 154-2002-CON- CYTEC-P, del 9 de setiembre de 2002, se designó a la li-cenciada Elsa Benavente Salazar como funcionaria res- ponsable de brindar la información requerida por los ciuda- danos al amparo de la Ley Nº 27806; así como responsa-ble de la elaboración de los portales de internet del Conse- jo Nacional de Ciencia y Tecnología - CONCYTEC; Que, como se aprecia de la Resolución de Presidencia Nº 132-2004-CONCYTEC-P, la señora Elsa Carmen Be- navente Salazar dejará de laborar en el CONCYTEC a partir del 1 de mayo del presente año, por lo que se hace nece-sario designar a su reemplazante; Con el visado de la Jefa de la Oficina de Administra- ción, del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Di-rector Ejecutivo; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Le- gislativo Nº 112 y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 069-84-ED, así como por el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución de Presidencia Nº 068-2001-CONCYTEC-P; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 1 de mayo de 2004, al ingeniero George Edwin Romero Velazco, Jefe del Centro Nacional de Información y Documentación enCiencias y Tecnología - CENDICYT, como funcionario res- ponsable de brindar la información que sea requerida por los ciudadanos al amparo de la Ley Nº 27806; así comoresponsable de la elaboración de los portales de Internet del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología - CONCYTEC. Artículo Segundo.- DISPONER que las Oficinas y Di- recciones Generales del CONCYTEC brinden el apoyo al Ing. George Edwin Romero Velazco, para el cabal cumpli- miento de la función encargada por la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BENJAMÍN A. MARTICORENA CASTILLO Presidente 10201 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G42/G75/G65/G6E/G61/G20/G50/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/GCD/G74/G65/G6D/G20/G30/G34/G20/G2D/G20/G49/G6D/G70/G72/G65/G73/G6F/G72/G61/G20/G4D/G61/G74/G72/G69/G2D/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D/G74/G61/G20/G53/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G32/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G49/G4E/G43/G20/G22/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G75/G74/G61/G64/G6F/G72/G61/G73/G20/G65/G20/G49/G6D/G70/G72/G65/G73/G6F/G72/G61/G73/G22 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 371/INC Lima, 20 de mayo de 2004