Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2004 (20/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de noviembre de 2004

Articulo 6º.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en los articulos 1º y 2º del presente dispositivo, las entidades involucradas adoptaran las acciones administrativas de conformidad con la normatividad vigente, asi como las acciones presupuestarias de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 62º de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2004, y las disposiciones que establece la normatividad presupuestaria aplicable. Articulo 7º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de noviembre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 21097

Autorizan transferencias a favor del FONCODES destinadas al financiamiento de obligaciones asumidas en el MORDAZA de convenio de cooperacion para el Proyecto de Educacion en Areas Rurales
DECRETO SUPREMO Nº 160-2004-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 131-2003-EF de fecha diecisiete de septiembre del 2003, se aprueba la operacion de endeudamiento externo a ser acordada con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US $ 52'500 000,00 (CINCUENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Educacion en Areas Rurales" - PEAR a ser ejecutado por el Ministerio de Educacion, con la participacion de FONCODES; Que, la Republica del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento-BIRF, con fecha cinco de diciembre del 2003, han suscrito el Contrato de Prestamo Nº 7176-PE, cuyo objetivo es la reduccion de las brechas en acceso y rendimiento en la educacion basica entre las areas urbanas y rural, contribuyendo a la lucha contra la pobreza y a favor de la equidad; Que, el Contrato de Prestamo referido en el considerando precedente establece en el ARTICULO III De la Ejecucion del Proyecto: Clausula 3.01 (a) "El Prestatario declara su compromiso con los objetivos del Proyecto y, para este fin, debera llevar a cabo el Proyecto a traves del Ministerio de Educacion, contando con la participacion de FONCODES para los Subproyectos de Infraestructura segun el Convenio FONCODES. (...)" y, la Clausula 3.04 con respecto a la Parte B.3 del Proyecto, el Prestatario (a traves del Ministerio de Educacion) debera de celebrar un convenio con FONCODES, al MORDAZA de terminos y condiciones que MORDAZA satisfactorios para el Banco, a efectos de garantizar la participacion de FONCODES en la implementacion de esa parte del proyecto, debiendo dicho convenio estipular, entre otras cosas: (...) (b) la transferencia a FONCODES de los fondos del Prestamo asignados a la Categoria (1) de la

tabla que figura en la Parte A.1 del Apendice 1 del presente Convenio. (...)"; Que, con fecha seis de MORDAZA de 2004 fue suscrito por los titulares de los Ministerios de Educacion y de la Mujer y Desarrollo Social, el Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional entre el Ministerio de Educacion y el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social (FONCODES) para el Proyecto de Educacion en Areas Rurales "Convenio PEAR"; Que, la CLAUSULA CUARTA: MONTO DEL FINANCIAMIENTO, inciso 4.2 del convenio indicado en el considerando anterior establece que: "El financiamiento del Ministerio de Educacion que corresponde tanto al credito externo como a los recursos provenientes de la contrapartida nacional, seran presupuestados anualmente dentro del Presupuesto Institucional de Apertura de su pliego. Asimismo, el Ministerio de Educacion realizara la transferencia financiera de estos recursos a FONCODES, en base a la normatividad legal vigente con la finalidad de que los administre y ejecute en forma directa. La transferencia estara sujeta a la aprobacion de las programaciones y compromisos mensuales, de acuerdo a lo que indica en el Manual de Operaciones del PEAR, que debera contar con la no objecion de la entidad financiera correspondiente."; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0161-2004ED del siete de MORDAZA de 2004 se aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto Educacion en Areas Rurales, el cual en el CAPITULO IV - PROCESOS ADMINISTRATIVOS FINANCIEROS, numeral 4.2.5. indica que: "La transferencia financiera total a FONCODES, de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Especifico de Cooperacion Institucional, estara sujeta a la aprobacion del Calendario de compromisos mensuales y a la MORDAZA y conformidad de los documentos que sustentan el gasto y la informacion de seguimiento tecnico y financiero que proporciona FONCODES. (...)"; Que, la ejecucion de transferencias de recursos financieros entre entidades del sector publico para el ano fiscal 2004, se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 62º de la Directiva Nº 001-2004-EF/ 76.01 "Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2004", aprobada por el articulo unico, literal a) de la Resolucion Directoral Nº 047-2003-EF/76.01 del veintidos de diciembre de 2003; Que, es imprescindible autorizar las transferencias financieras que preven tanto el Contrato de Prestamo Nº 7176-PE, suscrito entre Republica del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento-BIRF, como el Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional suscrito entre el Ministerio de Educacion y el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social (FONCODES) para el Proyecto de Educacion en Areas Rurales "Convenio PEAR"; De conformidad con lo dispuesto en los incisos 8) y 17) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Autoricese al Pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 030: Programa de Educacion en Areas Rurales, para que en el presente ano fiscal, efectue las transferencias financieras a favor del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Unidad Ejecutora 004: Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social hasta por un monto de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3´500,000.00), de los cuales DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2'450,000.00) pertenecen a la fuente de financiamiento 12: Operaciones Oficiales de Credito Externo y UN MILLON CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'050,000.00) pertenecen a la fuente de financiamiento 00: Recursos Ordinarios; los cuales seran destinados exclusivamente para el financiamiento de las obligaciones asumidas por el Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social (FONCODES) en el MORDAZA del Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional suscrito con el Ministerio de Educacion para el Proyecto de Educacion en Areas Rurales "Convenio PEAR".

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