Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2004 (27/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 27 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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4 Estrellas 6 1 1 m2 1.5 x 0.7 closet 26 m2 28 m2 42 m2 44 m2 1 con MORDAZA 1 con MORDAZA, 1 medio bano 4.5 m2 altura 2.10 m. obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio a partir de 4 plantas obligatorio en ducha y lavatorio diario obligatorio obligatorio obligatorio 25 % obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio - separados obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio 3 Estrellas 6 0.75 m2 1.2 x 0.7 closet 24 m2 26 m2 38 m2 40 m2 1 con ducha 1 con ducha, 1 medio bano 4 m2 altura 1.80 m. solo extintor obligatorio obligatorio obligatorio a partir de 5 plantas obligatorio diario obligatorio obligatorio obligatorio 20 % obligatorio obligatorio obligatorio pero sin telefono obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio botiquin -

ANEXO 2 REQUISITOS MINIMOS PARA LA CLASIFICACION Y CATEGORIZACION DE APART HOTELES
REQUISITOS MINIMOS Nº de Habitaciones o Departamentos Nº de Ingresos de uso exclusivo de los Huespedes (separado de servicios) Cafeteria (m2. por numero total de habitaciones): Departamentos (incluyen en el area un closet o guardarropa) m2 minimo Con un (1) dormitorio integrado al kitchenette y disponibilidad de servicios hasta cuatro (4) personas Si el kitchenette y la sala comedor estan separados del dormitorio, minimo Con dos (2) dormitorios (1 integrado al kitchenette) y disponibilidad de servicios hasta seis (6) personas Si el kitchenette y la sala comedor estan separados de los dormitorios, minimo Cantidad de servicios higienicos privados por departamento (tipo de bano) (1) Departamento de un (1) dormitorio Departamento de dos (2) dormitorios El area minima m2: Todas las MORDAZA deben estar revestidas con material impermeable de calidad comprobada Habitaciones (servicios) Aire acondicionado frio (2) Calefaccion (2) Alarma, detector y extintor de incendios Tension 110 y 220 v. Television a color Telefono con comunicacion nacional e internacional Servicios Generales Servicio de ascensor de uso publico (excluye el sotano) Agua fria y caliente las 24 horas (no se aceptan sistemas activados por el huesped) Cambio regular de sabanas y toallas minimo (4) Alimentacion electrica de emergencia para los ascensores Alarma, detector y extintor de incendios Custodia de valores (individual o con MORDAZA fuerte comun) Estacionamiento privado y cerrado, dentro o contiguo al local (porcentaje por el Nº de habitaciones) Generacion de energia electrica para emergencia Limpieza diaria del hotel y habitaciones Oficio(s) que permita garantizar la limpieza de todas las habitaciones Personal calificado (1) Personal uniformado (las 24 horas) Recepcion y conserjeria (1) Servicio de despacho de correspondencia Servicio de MORDAZA y planchado (3) Servicio de llamadas, mensajes internos, y contratacion de taxis Servicios higienicos publicos, diferenciados por sexos Telefono de Uso Publico Servicio de atencion de primeros auxilios MORDAZA de mantenimiento 5 Estrellas 6 1 1.25 m2 1.5 x 0.7 closet 28 m2 32 m2 46 m2 50 m2 1 con MORDAZA 1 con MORDAZA, 1 medio bano 5.5 m2 altura 2.10 m. obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio a partir de 4 plantas obligatorio en ducha y lavatorio diario obligatorio obligatorio obligatorio 30 % obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio - separados obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio

CONSIDERACIONES GENERALES - Los bienes muebles, acabados, espacios comunes, equipos mecanicos y la calidad de los servicios del apart hotel deben guardar relacion con su categoria. - Las condiciones relativas a: Ventilacion, MORDAZA de seguridad, escaleras, salidas de emergencia, etc., se cumpliran conforme a las disposiciones municipales y del Instituto Naciona de Defensa Civil segun corresponda. - El area minima corresponde al area util y no incluye el area que ocupan los muros. - Los servicios higienicos publicos se ubicaran en el hall de recepcion o en zonas adyacentes al mismo. - La edificacion debera guardar MORDAZA con el entorno en el que se ubique el establecimiento de Hospedaje. - Cuando el Establecimiento de Hospedaje ofrece el servicio de transporte a los huespedes de los terminales al establecimiento o hacia otros lugares, las unidades deberan cumplircon los requisitos tecnicos y de seguridad exigidos en las normas vigentes sobre la materia. - Cuando los Establecimientos de Hospedaje esten obligados a tener estacionamientos privados, en caso de no contar con estos, deberan contratar una Playa de Estacionamiento a su local. (1) Definiciones contenidas en el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje. (2) Se tomara en cuenta la temperatura promedio de la zona. (3) En el mismo local o prestado a traves de terceros. (4) El huesped podra solicitar que no se cambien regularmente de acuerdo a criterios medioambientales y otros.

ANEXO 3 REQUISITOS MINIMOS PARA LA CLASIFICACION Y CATEGORIZACION DE HOSTALES
REQUISITOS MINIMOS Nº de Habitaciones Ingreso suficientemente amplio para el MORDAZA de huespedes y personal de servicio Habitaciones (incluyen en el area un closet o guardarropa) Simples (m2) Dobles (m2) Cantidad de servicios higienicos por habitacion (tipo de bano) (1) Todas las MORDAZA deben estar revestidas con material impermeable de calidad comprobada Servicios Generales Servicio de ascensor de uso publico (excluyendo sotano) Agua fria y caliente las 24 horas (no se aceptan sistemas activados por el huesped) Televisor a color Cambio regular de sabanas y toallas minimo (3) Limpieza diaria del hostal y habitaciones Personal uniformado (las 24 horas) Recepcion (1) Servicios higienicos publicos Telefono de uso publico Botiquin 3 Estrellas 6 obligatorio obligatorio 11 m2 14 m2 1 privado - con ducha 4 m2 altura 1.80 m. obligatorio a partir de 5 plantas obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio diferenciados por sexo obligatorio obligatorio 2 Estrellas 6 obligatorio obligatorio 9 m2 12 m2 1 Estrellas 6 obligatorio obligatorio 8 m2 11 m2

1 cada 2 habitaciones - con ducha 1 cada 4 habitaciones - con ducha 3 m2 3 m2 altura 1.80 m. (2) altura 1.80 m. (2) obligatorio a partir de 5 plantas obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio a partir de 5 plantas obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio obligatorio

CONSIDERACIONES GENERALES - Los bienes muebles, acabados, espacios comunes, equipos mecanicos y la calidad de los servicios del hostal deben guardar relacion con su categoria. - Las condiciones realtivas a: Ventilacion, MORDAZA de seguridad, escaleras, salidas de emergencia, etc., se cumpliran conforme a las disposiciones municipales y del Instituto Nacional de Defensa Civil segun corresponda. - El area minima corresponde al area util y no incluye el area que ocupan los muros. - Los servicios higienicos publicos se ubicaran en el hall de recepcion o en zonas adyacentes al mismo. - Cuando los establecimientos de hospedaje de Una (1) y Dos (2) Estrellas cuenten con servicios higienicos privados, la medida minima exigidsa es de 2.00 m2. - La edificacion debera guardar MORDAZA con el entorno en el que se ubique el establecimiento de Hospedaje. - Cuando el Establecimiento de Hospedaje ofrece el servicio de transporte a los huespedes de los terminales al establecimiento o hacia otros lugares, las unidades deberan cumplir con los requisitos tecnicos y de seguridad exigidos en las normas sobre la materia vigentes - Cuando los Establecimientos de Hospedaje esten obligados a tener estacionamientos privados, en caso de no contar con estos, deberan contratar una Playa de Estacionamiento a su local. (1) Definiciones contenidas en el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje. (2) En el caso de Hostales de 1 y 2 estrellas, el revestimiento de las MORDAZA que no correspondan al area de ducha tendra una medida minima de 1.20 m. (3) El huesped podra solicitar que no se cambien regularmente de acuerdo a criterios medioambientales y otros.

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